Menú

SERVICIO NACIONAL DEL TRIGO y ARRASTARIA

SERVICIO NACIONAL DEL TRIGO y ARRASTARIA

El Servicio Nacional del Trigo fue creado por un Decreto-ley de Ordenación triguera del 23-8-1937, en territorio sublevado, en Burgos. En el artículo 5º del citado decreto, se establecía que la financiación del S. N. T. corría a cargo de los agricultores, ya que se les descontaría un porcentaje del importe de sus ventas en favor del Servicio. Sin embargo, lo que se hizo, desde la primera campaña, fue establecer un canon comercial que era pagado por los industriales harineros al realizar sus compras, por lo que no se aplicaron descuentos a los agricultores y la financiación del organismo recayó, de esta forma, sobre los consumidores.

El S. N. T. se financiaba desde un principio, para hacer frente a sus gastos con una serie de recursos propios que, en conjunto, le bastaban para autofinanciarse. Estos recursos, el principal, procedía del beneficio comercial resultante de la diferencia entre los precios de compra y venta de los productos intervenidos, es decir del llamado “canon comercial” del S. N. T.; en los beneficios de las importaciones de trigo, y de forma secundaria en el importe de las sanciones que dicho Servicio imponía a los agricultores.

También se financió el Servicio con financiación externa, ya que al principio carecía de recursos, por el desfase entre ingresos y pagos, ya que el abono de las cosechas a los agricultores se producía antes que la venta de trigo a los industriales harineros.

Por otra parte, las compras las realizaba el Servicio muy concentradas en un período muy próximo a la recogida del grano, debido en especial, a las apremiantes necesidades de dinero de los pequeños agricultores. Las ventas se sucedían de forma más regular a lo largo de todo el año.

El S. N. T. realizaba el 60 % de sus compras en el período junio-septiembre, y sólo el 30 % de las ventas. Tenía como objetivo principal la “regulación del mercado triguero”, manteniendo unos stocks necesarios para garantizar el consumo en la época de empalme de las cosechas y la formación de una reserva nacional para los años de poca producción. Era también una organización de crédito a los agricultores, y en ocasiones a otros organismos oficiales y a los ejércitos.

En especial la falta de recursos para la adquisición mencionada de las cosechas, explica la necesidad por parte del S. N. T., de acudir a financiarse con el crédito bancario.

El S. N.T. tuvo un privilegio en su financiación con fondos públicos, también por lo mismo con la banca privada, un crédito extraordinariamente barato. Parece que estuvo vigente hasta el mes de febrero de 1968 en que pasó a llamarse S. N. C. (Servicio Nacional de Cereales)

 

Actas del ayuntamiento de Arrastaria sobre el SNT

 

  • 16-8-1920: por orden gubernativa se obliga a los agricultores de Orduña y en general, valle de Arrastaria incluido, así como otros territorios, a presentar una declaración jurada de la recolección del trigo y que se informe del terreno a sembrar del mismo, el próximo año. También se pide información sobre el trigo necesario en Orduña hasta la próxima cosecha.
  • 14-11-1937. Se solicitan de la Diputación de Álava, el suministro de las siguientes semillas: Aloria, 100 fanegas de trigo y 30 de cebada; Artómaña, 97 fanegas de trigo y 16 de cebada; Délica, 275 fanegas de trigo y 62 de cebada; Tertanga, 8 fanegas de trigo y 3 de cebada. Estas semillas habían llegado ya en su mayor parte, gracias a la Diputación. La Corporación, da las gracias al citado organismo, por las citadas semillas, que vienen a paliar la desesperada situación económica del vecindario.
  • 12-12-1937. El presidente informa del total de semillas recibidas de la Diputación y que se han repartido entre el vecindario las cantidades siguientes: 20.164 kg. de trigo a 0,48 pts., 9.678,72 pts.; 265 sacos de trigo, a 1,50 pts., 397,50 pts.; 3.960 kg. de cebada, a 0,3636 pts., 1.440 pts.; 60 sacos, a 1,50 pts., 90 pts. Total, 11.606,22 pts. a reintegrar en la próxima recolección en dinero metálico, y siendo de abono la saquería, si se devuelve a tiempo.
  • 25-2-1945. Se da cuenta que la Caja Provincial de Ahorros de Álava, entidad concesionaria de las patatas de siembra, había participado la imposibilidad de servir a este municipio las patatas tempranas solicitadas y que tan solo podría servirse en una cantidad del 50 %, sustituyendo por otra variedad el 50 % restante.
  • 11-3-1945. Por una comunicación de la Comisaría de Recursos de la zona Norte, interesando la entrega del cupo de patatas, en lo que faltan de cumplimentar. Se pone en conocimiento de la Junta Agrícola Local, a quien compete.
  • 29-6-1945. Se informa de una comunicación de la Comisión de Recursos de la zona Norte, Palencia, acordando confirmar, independientemente del resultado a obtener en la próxima cosecha del año actual, el cupo inicial de 4.000 kg. de alubias, ya que después, con arreglo a un módulo especial, se rebajará o aumentará el cupo. Se informa al vecindario.
  • 5-8-1945. Se da cuenta, sobre el cupo forzoso de trigo asignado a este municipio por la cosecha del año actual, en cuantía de 60.000 kg., estimada por todos excesiva, a todas luces para la cosecha que se presenta, y ver la manera de obtener de la Superioridad una rectificación, acorde con la realidad y posibilidades de los productores del municipio. La Corporación acuerda, que se eleve al S.N.T., respetuoso escrito de rechazo contra dicho cupo de 60.000 kg. de trigo, asignado a este municipio para el año actual, basado en la superficie realmente sembrada de dicho cereal y en la producción probable.
  • 19-8-1945. Se procede, con las Juntas administrativas, a la asignación individual entre los productores del término, del cupo forzoso de trigo, de 60.000 kg., que son una y otra vez examinados, hasta llegar a una plena conformidad. Se aprueba y que se haga público.
  • 30-9-1945. Por una orden de la Junta de Agricultura de Álava, asignando a este municipio, en función de la orden Ministerial, la superficie obligatoria de siembre de trigo en la siembra del otoño actual, por 215 hectáreas, para su distribución individual entre los productores del término; y la Corporación acuerda, que a fin de evitar los inconvenientes de años anteriores, se distribuya por pueblos, y estos a su vez, reunidos en Concejo, hagan la asignación individual, con la que podrá llegarse a efectuarlo con más equidad y conocimiento de causa.
  • 26-5-1945. El presidente informa que, hace breves días, había girado una visita a este ayuntamiento un funcionario del Servicio Nacional del Trigo de Álava, quien, interesaba que, los productores del municipio entregaran una parte de sus reservas legales de harina, para paliar de algún modo las apremiantes necesidades de la población civil, a lo que la alcaldía repuso, que ya el ayuntamiento había entregado 2 vagones como cupo excedente, cuando la cosecha no lo consentía, pero que se hizo tal esfuerzo quedándose con unas insuficientes reservas, y algunas familias están tocando las consecuencias, pues se hallan sin existencias a día de hoy, por lo que no era posible acceder a lo solicitado.
  • 29-6-1945. Se informa de una comunicación de la Comisión de Recursos de la zona Norte, Palencia, acordando confirmar, independiente-mente del resultado a obtener en la próxima cosecha del año actual, el cupo inicial de 4.000 kg. de alubias, ya que después, con arreglo a un módulo especial, se rebajará o aumentará el cupo, según que la cosecha llegue o no al tipo previamente establecido; la Corporación acuerda, darse por enterada y que se informe al vecindario.
  • 30-6-1946. Por una circular de la delegación provincial de Abastecimientos y Transportes de Álava, sección de Avituallamientos, se dispone que, en virtud de órdenes superiores, se constituye en el municipio la Junta Local Asesora de ganado de Abastos, para actuar en posibles derramas o requisas, si las circunstancias impusieran este sistema.
  • 25-8-1946. Por un escrito de la jefatura Agronómica de Álava, del 22 del actual, asignando a este municipio para la actual siembra de otoño, una superficie obligatoria de trigo, de 215 hectáreas, ordenando distribuirlas individualmente entre los productores del término.
  • 22-9-1946. La jefatura provincial del Servicio Nacional del Trigo, interesa que el ayuntamiento y la Junta Agrícola procedan a la distribución entre los productores, del cupo forzoso de trigo de la cosecha del año actual, en una cuantía de 85.000 kg., y que es posible se exija un cupo de maíz. Sobre la distribución de la superficie obligatoria de siembra de trigo, se da cuenta de la reclamación hecha por algunos vecinos de Tertanga.
  • 13-10-1946. El presidente da cuenta de un escrito de la Inspección provincial de Álava, de la comisaría de Recursos de la zona Norte, del 12 del actual, ordenando que en principio se distribuyan entre los productores del término, 2.000 kilos de alubias, como entrega obligatoria a cuenta del cupo forzoso, que en definitiva señale el ayuntamiento, al que había dado contestación, recogiendo el sentir unánime del vecindario, que era de todo punto imposible, por cuanto la cosecha del año actual, por la sequía que asoló la comarca, era de todo punto mala, no existiendo reservas ni siquiera para una parte del año.
  • 27-10-1946. El presidente dio cuenta a las Juntas administrativas y Corporación de que, los diversos cupos forzosos del año actual estaban sin distribuir, y que la Superioridad apremiaba en tal sentido. La Corporación, tras examinar y oír a las Juntas administrativas, acuerda que, en lo que afecta al cupo de trigo, se distribuyan 70.000 kg., en cuanto al cupo de alubias, se haga la contrapropuesta de 500 kg., y de patatas, 15.000 kg.
  • 9-11-1947. El presidente da cuenta del oficio del jefe del almacén volante del Servicio Nacional del Trigo de Álava, fechado en Bilbao, el día 4 del actual, en que se participa que no ha sido posible comparecer durante los días señalados para la recogida del cupo forzoso de trigo, los días 4 y 5 de noviembre, por falta de gasolina.
  • 14-3-1948. Por una comunicación de la Jefatura provincial del Servicio Nacional del Trigo de Álava, del día 1 del actual, por la que se concede un cupo de 4.820 kg. de “nitrato de Chile” para los productores de trigo de este municipio.
  • 27-3-1949. El alcalde participa que el Servicio Nacional del Trigo de Álava, asigna a este municipio un cupo forzoso de entrega de maíz, por 15.500 kg. para antes del día 31 de este mes.
  • 4-4-1949. El objeto exclusivo de esta sesión era el de proceder al reparto o distribución, entre los productores del término, del cupo forzoso de maíz, por 15.000 kg., a fin de evitar las responsabilidades que pudieran caber a los miembros de las Juntas si no los efectuaran.
  • 14-4-1949. Se procede al reparto entre los productores del término del cupo forzoso de maíz por 15.500 kg., a fin de evitar responsabilidades que pudieran caber a los miembros de la Junta si no lo efectuaran, teniendo ya señalado el Servicio Nacional del Trigo, el día 7 del actual para su recogida.
  • 21-8-1949. Por un escrito del 11 de agosto actual, la Jefatura provincial de Álava del Servicio Nacional del Trigo, por el que se asigna a este municipio un cupo mínimo de entrega forzosa de 100.000 kg. de trigo, ordenando su distribución entre los productores del término para el día 31 del actual mes de agosto.
  • 9-10-1949. Por un escrito de la Jefatura provincial de Álava del Servicio Nacional del Trigo, del día 5 del actual, se anuncia que en vista de la reclamación formulada por el Cabildo sindical local y alcaldía que, se había considerado desestimada, según se hizo constar en la sesión del 18 de septiembre próximo pasado, se rebajaba el cupo de 100.000 kg. de trigo a 90.000 kg., o sea un vagón, y que por lo tanto procedía acordar lo procedente sobre su distribución; y la Corporación, teniendo en cuenta lo ya aprobado y discutido por la Junta Agrícola en reuniones anteriores y dado lo perentorio del plazo, acuerda, que se siga la misma pauta, es decir que se distribuya por secretaría conforme se había quedado, exponiéndose las listas al público a efectos de reclamaciones y demás que procedan.
  • 3-8-1950. El alcalde presidente da cuenta de un escrito, del 11-7-1950, de la jefatura provincial de Álava, del Servicio Nacional del Trigo, por el que se asignan a este municipio los siguientes cupos: cupo forzoso de trigo, 70.000 kg., cupo excedente de trigo, 30.000 kg. cupo excedente de cebada, 3.000 kg., y cupo forzoso de avena, 1.104 kg., ordenando su distribución entre los productores del término antes del día 31 de agosto.
  • 28-10-1951. Se da cuenta de un escrito del Servicio Nacional del Trigo, por el que se autoriza la molturación de 100 kg. de trigo; y la Corporación, acuerda, que se dé a conocer al vecindario, mediante los oportunos bandos, para que se acojan a los beneficios.

 

J.L.O.O. (Edición de Mitxel Olabuenaga)

 

 

Comentar

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *