ARRASTARIA Actas Municipales (1949)
ARRASTARIA Actas Municipales (1949)
- (9 de enero): Por una comunicación del día 3 del actual, el alcalde-presidente de la villa de Amurrio, como presidente de la agrupación de ayuntamientos del Partido Judicial de su nombre, convocando a Junta de Partido, para el día 14 del corriente mes, interesando acuda un representante de este ayuntamiento, para tratar de los presupuestos del año actual; y la Corporación, acuerda, nombrar comisionado al teniente de alcalde, Juan Cruz Arana Larrieta, pagándole las dietas reglamentarias. El presidente da cuenta del requerimiento efectuado por la delegación provincial de Álava, del Instituto Nacional de Previsión, para que se abonen las cuotas pendientes de afiliación del secretario de este ayuntamiento al Montepío Nacional de secretarios, en el plazo de 5 días, y de cómo había contestado que los requerimientos no debieron efectuarse, por cuanto este ayuntamiento recabó el beneficio de liquidación del Consejo Directivo Nacional, para el día 31 del actual, por las razones que en su día fueron expuestas, especialmente, la de efectuar los ingresos de importancia en la época del año, y la de mayor peso en lo que respecta a la presente ocasión, de no haber consignación en el presupuesto de 1948 y anteriores; y la Corporación, acuerda, darse por enterada y que se proceda como se tiene solicitado del Consejo directivo del Montepío. Se aprueba el Apéndice o rectificación anual del Padrón de habitantes de este término municipal, referido al 31-12-1948, que arroja los resultados siguientes: población de derecho, 5625 habitantes; población de hecho, 612 habitantes. El presidente expone que, de conformidad con lo dispuesto en el vigente reglamento de Reclutamiento, e instrucciones recibidas al afecto, debía tener lugar en el día, el acto del Alistamiento de los mozos nacidos en el año de 1928, pertenecientes al reemplazo de 1949, para el que habían sido citadas las autoridades que dispone dicho reglamento, estando sobre la mesa los documentos, padrones y listas de inscripción; la Corporación, formaliza el acta de Alistamiento del reemplazo de1949, disponiendo se remita una copia a la Junta de Clasificación y Revisión de Álava, y que quede otro ejemplar en el expediente general de Quintas del municipio. Facturas: es examinada, aprobada y declarada de abono, la factura de Ramón de la Fuente, de Orduña, por importe de 60 pts., por el arreglo de la estufa del ayuntamiento; y en cuanto a la factura presentada por Amado Uzquiano Ugarte, por los gastos de la visita de arroyos y de los guardias que custodiaban un avión, surgiendo algunas dudas; la Corporación, acuerda, que por el presidente se recaben los datos precisos antes de su aprobación.
- (30 de enero): Se procede a la rectificación del Alistamiento del reemplazo de 1949, con las Inclusiones y Exclusiones solicitadas; las Corporación, acuerda, prestar su aprobación, disponiendo se remita una copia a la Junta de Clasificación y Revisión de Álava, y otro ejemplar quede en el expediente de Quintos de este ayuntamiento. Se ponen sobre la mesa los antecedentes de las cuotas-base para el repartimiento del déficit del presupuesto municipal ordinario del ejercicio de 1949, para su examen, rectificación, renovación y nuevo señalamiento que proceda, teniendo en cuenta la capacidad económica y circunstancias que concurran en cada vecino del municipio; una vez discutido el asunto y examinados, uno por uno, los casos particulares de cada vecino; la Corporación, acuerda, aprobar el señalamiento de cuotas-base de cada vecino, con exclusión de los contribuyentes forasteros, según relación que se confecciona, enviando una copia a cada uno de los 4 pueblos del municipio, a efectos de las reclamaciones procedentes, antes de su aprobación definitiva por este ayuntamiento. Facturas: examinadas convenientemente las facturas de Amado Uzquiano y resueltas las dietas que dieron lugar a su retención, se aprueba su sui abono por la totalidad de 568 pts., igualmente son aprobadas y declaradas de abono las siguiente cuentas y facturas: José Iriarte, de Vitoria, por arreglo de la cartera del Depositario, 3,75 pts.; por unas engalanaduras para el balcón de la Casa Consistorial, 9 pts.; y al Patronato nacional de Antituberculosos, cuota obligatoria del año 1948, 139,78 pts.
- (6 de febrero): Presidente, Félix Villate,; gestores: Juan Cruz Arana, Sixto Ibarra, Carlos Uzquiano y Lorenzo Apodaca. Cese de los gestores y posesión de electos: el presidente expone, que con arreglo a las …….del decreto del 21-1-1949 (B. O. del estado del 25, y de la Provincia del 29) se iba a proceder a la constitución de este ayuntamiento, dando posesión a los proclamados concejales en las elecciones dichas, y cesando los actuales gestores. Estando presentes, previa convocatoria al efecto, son llamados por el orden de los tres grupos de la Ley, a saber: Primer grupo: cabezas de familia: Juan Cruz Arana Larrieta, de Tertanga; Sixto Ibarra Ulíbarri, de Artómaña. Segundo grupo: representación sindical: Julio Uzquiano Viguri, de Aloria; Ángel Ugarte Narbona, de Délica. Tercer grupo: representantes de entidades: Tomás Orive Guinea, de Artómaña; Luis Gabiña Orueta, de Délica. Estas personas fueron recibidas cordial y efusivamente por el alcalde y gestores, e instalados en sus escaños, el alcalde recibió a cada uno de ellos el juramento promisorio que por el artículo 48 del Decreto del 30-9-1948 “de defender los intereses morales y materiales del municipio, mejor servicio de España y de lealtad al Jefe del Estado”, una vez efectuado este acto, tras el examen de las condiciones legales de dichos concejales, en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 48 del meritado decreto, apareciendo todos ellos, sin tacha legal que obste a la posesión definitiva, les dio posesión de sus cargos de concejales, quedando definitivamente constituido el ayuntamiento, con el alcalde y los 6 concejales nombrados, que corresponde a cada municipio, cesando los gestores citados al principio, que abandonaron sus escaños tras cordial despedida, no consintiendo el alcalde, en prueba de deferencia, que abandonen el escaño. Una vez declarado constituido el ayuntamiento, el alcalde, tras de implorar la ayuda de Dios, según tradición de nuestros mayores, y de recabar, también, la ayuda entusiasta de los concejales para una labor dinámica y eficaz, expone que en uso de la facultad que le confiere la base nº-6, de la Ley de Régimen Local, del 17-7-1945, artículo 3 del decreto del 21-1-1949, había tenido a bien designar para la única gerencia de alcaldía que corresponde a este municipio, al concejal, Tomás Orive Guinea, con las atribuciones que dispone la legislación vigente, caballero síndico a Luis Gabiña Orueta. Se forman cuatro comisiones: Instrucción pública (Juan Cruz Arana Larrieta), Beneficencia (Tomás Orive y Ángel Ugarte), Hacienda (Sixto Ibarra y Julio Uzquiano) y Estadística (Luis Gabiña y Ángel Ugarte). Se eligen las Juntas administrativas del municipio: Aloria (entidad local menor). Vocales: Miguel Santamaría Zulueta, Sebastián Apodaca Gómez; Artómaña (Juan Ugarte Sojo y Cirilo Sarachaga Vergara); Délica (Pascual Ugarte Narbona y Manuel Porres Respaldiza), Tertanga (Ildefonso Alonso Pinedo y Blas Díaz Salazar). Teniendo en cuenta que los alcaldes pedáneos de Délica y Tertanga, José Benito Ugarte Arberas y Pascual Ortiz de Luna Mendieta, respectivamente, han manifestado su deseo de ser relevados del cargo, y que se estima conveniente para los propios pueblos, y que el de Aloria, Julio Uzquiano Viguri, ha tomado en este día posesión del cargo de concejal de este ayuntamiento, se acuerda interesar del Gobernador Civil de la provincia, tenga a bien remover a dichas personas, proponiendo en su lugar a los vecinos siguientes: alcalde pedáneo de Aloria, a Andrés Ugarte Santamaría; Délica, a Máximo Ugarte Echaurren; Tertanga, Eugenio Arana Larrieta.
- (13 de febrero): Alcalde, Félix Villate; concejales: Tomás Orive, Luis Gabiña, Juan Cruz Arana, Sixto Ibarra, Ángel Ugarte, Julio Uzquiano. Cierre definitivo del Alistamiento de mozos de 1949.
- (20 de febrero): Clasificación y Declaración de soldados de 1949. Se practican las operaciones de talla y reconocimiento médico, con la clasificación que ha correspondido a cada mozo, y también a las de reemplazos anteriores; y la Corporación acuerda, aprobar las actas de Clasificación y Declaración de soldados del reemplazo de 1949 y de la revisión de Exclusiones y prórrogas de primera clase de los de 1946, únicos a quienes corresponde revisar, haciéndose constar, que en cuanto a los primeros, se concede prórroga de primera clase al mozo, Fortunato Arberas Ugarte, de 1949, y de la segunda, se concede la continuación de prórroga de primera clase a los tres mozos que revisa: José Ortiz de Luna Mendieta, David Pablo Ugarte Porres y Fulgencio Villate Martínez; y que se remitan los originales a las juntas de Clasificación de Álava, quedando archivadas copias en el expediente general de Quintas del ayuntamiento. Se da cuenta de un oficio de la delegación provincial del Frente de Juventudes de Álava, interesando que este ayuntamiento se suscriba al semanario “Juventud”, de Madrid, editado por las organizaciones de F.E.E. y de las JONS, olvidando la cuantía de la suscripción anual a satisfacer. Queda pendiente sobre la mesa para su resolución posterior. Teniendo en cuenta los buenos servicios del “peatón de Correos”, de Orduña a Arrastaria, Mauricio Tellería Rivacoba; la Corporación, acuerda, se le abone una gratificación de los fondos municipales de 35 pts., con cargo al ejercicio de 1948. Facturas: son examinadas, aprobadas y declaradas de abono las siguientes facturas y cuentas: a Amado Uzquiano, por los gastos del ayuntamiento el día 6 de febrero, con motivo de la toma de posesión y cese de los concejales, 163,20 pts.; al Consultor de los Ayuntamientos, por la suscripción del año en curso, 62 pts.; y a la revista Legislación de Abastos, de Madrid, cuota anual del presente año, 24,80 pts.
- (13 de marzo): Se acuerda nombrar compromisario para tomar parte en la elección de Diputados provinciales, con el siguiente resultado, a Juan Cruz Arana Larrieta, 3 votos. El alcalde-presidente era Félix Villate. El alcalde, da cuenta de un escrito de la Inspección provincial de Trabajo de Álava, del 23-2 último, remitiendo actas de liquidación levantadas a instancias de la delegación provincial del Instituto Nacional de Previsión, de Vitoria, por falta de pago del Seguro de Enfermedad de los empleados de este ayuntamiento , que no han sido suscritos en época alguna, y por las del Subsidio de Vejez, cuotas que ya están abonadas por adelantado, según acuerdo del 27-4-1947; examinado detenidamente el asunto de referencia, la Corporación, teniendo en cuenta que el secretario ha sido convocado a Vitoria por la delegación provincial de Abastecimiento para otros asuntos, acuerda que, por el alcalde y secretario se evacúe consulta sobre los extremos de referencia con el letrado del ayuntamiento de la capital, antes de dar contestación y tener acuerdo sobre lo que proceda, pagándoles las dietas correspondientes. Se recibe una nueva comunicación de la delegación provincial del Frente de Juventudes de Álava, anunciando que el importe de la recepción del semanario “Juventud”, de Madrid, se eleva a la cantidad de 52 pts. anuales; la Corporación, teniendo en cuenta la escasez económica de la hacienda local, acuerda, manifestar a dicha delegación provincial, que por lo dicho anteriormente no es posible acceder a la petición. Se da cuenta de una comunicación de la Diputación Foral de Álava, del 5 de marzo actual, dando traslado del acuerdo del día 2 del actual, sobre la deuda de 50.000 pts. de la Mancomunidad Sanitaria Provincial de Álava, cuya cantidad se concedió en 1935, como anticipo de pago a los servicios sanitarios por cuenta de los municipios alaveses, y que estos realmente deberían abonar, cosa que por no ser posible, por las cargas que pesan sobre los mismos, hace conveniente, dado el tiempo transcurrido, su condonación total, como así se acuerda; y la Corporación, acuerda darse por enterada, de conformidad con lo acordado por la Diputación Foral de Álava. Facturas: son examinadas, aprobadas y declaradas de abono las siguientes cuentas y facturas: farmacia de Arrilucea, de Orduña, 22 pts. por suministros de vacunación de quintos del reemplazo de 1949; al mismo, 46,85 pts. de Beneficencia, correspondientes a una persona de Artómaña; a la Papelera “Victoria”, de Vitoria, 129,50 pts., por material de las elecciones municipales; al Consultor de los Ayuntamientos, de Madrid, 9 pts. por material de elecciones provinciales; y al Depositario, 20 pts., del reintegro de la gratificación entregada a los mozos del actual reemplazo, el día de la Clasificación y Declaración de soldados.
- (27 de marzo): El alcalde da cuenta de que el Gobernador Civil, en comunicación del 24 del actual, dice: “Vista la propuesta de ese ayuntamiento, haciendo uso de las atribuciones que me están conferidas, he acordado lo siguientes nombramientos de alcaldes pedáneos para los pueblos de la demarcación: Aloria, Andrés Ugarte Santamarina; Délica, Máximo Ugarte Echaurren; Tertanga, Eugenio Arana Larrieta. La Corporación, acuerda darse por enterada, con satisfacción al haber sido atendidos sus deseos, y delegando en la alcaldía para dictar las instrucciones oportunas, para la toma y cese de posesión de los interesados. Se da cuenta de una carta del alcalde presidente del ayuntamiento de Amurrio, Antonio Ibarrola, participando que en las elecciones de diputados provinciales, celebradas por los compromisarios de los ayuntamientos del Partido judicial de Amurrio, el día 20 del actual, había sido elegido diputado, ofreciéndose al ayuntamiento para defender los intereses del mismo y del Partido; la Corporación, acuerda, darse por enterada, y corresponder al ofrecimiento expresado. Por una comunicación de la Caja de Reclutas de Vitoria, disponiendo y señalando el día 28 del actual, para la incorporación a filas de los mozos correspondientes al reemplazo de 1948, y en virtud de lo que dispone el vigente reglamento provisional para el reclutamiento y reemplazo del ejército; la Corporación, acuerda designar comisionado de este ayuntamiento, al concejal, Luis Gabiña Orueta, con el pago de las dietas correspondientes de 60 pts. El alcalde da cuenta, de que en ejecución de lo acordado en sesión, el día 13 actual, había efectuado un viaje a Vitoria,en unión del secretario, el día 21, entrevistándose con el letrado del ayuntamiento de Vitoria, quien evacuando galantemente la consulta elevada, sobre la pretensión de la delegación provincial del Instituto Nacional de Previsión de Álava, de obligar a este ayuntamiento a incluir en el Seguro Obligatorio de Enfermedad a los empleados públicos (Depositario, y alguacil-guarda rural), había determinado que por tratarse de empleos consignados en el vigente presupuesto municipal ordinario, y con tal carácter, hasta el momento presente no había disposición legal alguna que a ello obligue, por estar exento los ayuntamientos, y como consecuencia, según su criterio, no correspondía su inclusión en dicho Seguro; y la Corporación, acuerda darse por enterada de conformidad y en su virtud rechazar la inclusión en el Seguro, de dichos interesados. Varios vecinos de Délica, elevan un escrito sobre la forma de rendir cuentas del presidente de la Junta vecinal de dicho pueblo, y conceptos que a su juicio, no están debidamente justificados o esclarecidos; la Corporación, teniendo en cuenta lo dispuesto en la ley de Bases del Régimen Local del 17-7-1945, que atribuye a las juntas vecinales, la competencia para entender en tales reclamaciones, acuerda pase dicho escrito a la Junta vecinal de Délica, para la resolución que proceda en Concejo, dando cuenta a este ayuntamiento, con devolución del escrito de referencia. El alcalde participa que se va a dar cuenta de un escrito de la jefatura provincial del Servicio Nacional del Trigo de Álava, del 16 de mayo, asignando a este municipio un cupo forzoso de entrega de maíz, por 15.500 kgs. para antes del día 31 de este mes, por cuyos motivos había sido convocados los presidentes de las Juntas vecinales del municipio, para tratar lo que se estimase más oportuno, concediéndoles voz y voto para este exclusivo asunto, una vez leído, y tras un detenido estudio y madura reflexión, la Corporación y presidentes de las Juntas vecinales, en funciones de Cabildo Sindical o Junta Agrícola, acuerdan, manifestar a dicha Jefatura provincial lo siguiente: 1) Que en escrito de fecha 6-8-1948 de impugnación al cupo de trigo señalado a este municipio en su apartado 5º, se participa a esa Jefatura Provincial, que el cultivo de maíz, de cierta importancia en este municipio, dado que prácticamente no se siembra cereales de piensos “se presenta catastrófico por la inusitada sequía, con pérdida total de la cosecha, caso no conocido desde el año de 1895, en que la producción total del Valle no llegó a 40 fanegas de maíz, raquítico y pequeño. Presunción que desgraciadamente tuvo confirmación en gran parte, obteniéndose una insignificante cosecha. 2) Que en diversas ocasiones, tanto de palabra como por escrito, se ha expuesto a esa Jefatura provincial la situación anómala e insostenible que se daría a los productores de este término, por sus especiales y peculiares condiciones de transición de cultivos, dada su situación topográfica y geográfica, si se les exigiera la entrega del único Pienso que recolectan, de no encontrarse una solución legal de intercambios o canje de maíz por yeros, ricas, alholvas, cebada, avena , etc., en años de cosecha normal de maíz. 3) Que por lo que concierne al año actual, por las razones arriba expuestas de cosecha casi nula, no es posible efectuar entrega alguna de maíz, que ha sido ya consumido, a excepción de pequeñas reservas destinadas para la próxima sementera. Facturas: son examinadas y declaradas de abono, después de aprobadas, las siguientes cuentas-póliza del Seguro de Accidentes del Trabajo, prima correspondiente al segundo semestre de 1948, por 42,77 pts.; y a la Mancomunidad Sanitaria provincial de Álava, por su aportación obligatoria del primer trimestre de 1949, 126,25 pts.
- (3 de abril): Se designa compromisario, para formar parte en la elección de procuradores a Cortes, Se elige a Juan Cruz Arana Larrieta, con 5 votos; y Tomás Orive, Guinea, 2 votos, informándose al Gobernador Civil. El alcalde da cuenta de que, en virtud del acuerdo de este ayuntamiento, en sesión del 27 de marzo actual, se había elevado escrito razonado, tal como cuenta dicha acta, al jefe provincial del Servicio Nacional del Trigo, exponiéndole la imposibilidad de entregar el cupo forzoso de 15.500 kgs. de maíz, asignado al municipio, por las razones aducidas, y cómo se acaba de recibir contestación al mismo, en el sentido de que el día 7 del actual, se presentaría un funcionario de dicho Servicio a recoger el cupo de maíz, que podía ser compensado, caso de no existir maíz, con la entrega de trigo, por lo que, a su juicio, procedía para salvar responsabilidades del ayuntamiento y de la Junta Agrícola, hacer el reparto o distribución entre los productores, aun cuando se estimase improbable su entrega; y la Corporación, tras ponderado estudio de la situación, acuerda, que se proceda a la distribución ordenada, reuniéndose para ello con la Junta Agrícola el día de mañana, 4 de abril. Por el reglamento provisional del Reclutamiento, y habiendo fecha para el juicio de revisiones de los mozos del actual reemplazo y de años anteriores, a quienes corresponde revisar; la Corporación, acuerda, designar comisionado de este ayuntamiento para dicho acto, al secretario José Francisco Elejalde Arroyo, que reúne los requisitos exigidos, abonándole las dietas reglamentarias de 60 pts. Es aprobada y declarada de abono, la cuenta de 9 pts. del “Consultor de los Ayuntamientos”, de Madrid, por la modelación del expediente de compromisario para la elección de procuradores en Cortes, que se ha recibido a reembolso.
- (4 de abril): El objeto exclusivo de esta sesión era el de proceder al reparto o distribución, entre los productores del término, del cupo forzoso de maíz, por 15.000 kgs., a fin de evitar las responsabilidades que pudieran caber a los miembros de las Juntas si no los efectuaran.
- (14 de abril): Se procede al reparto entre los productores del término del cupo forzoso de maíz por 15.500 kgs., a fin de evitar responsabilidades que pudieran caber a los miembros de la Junta si no lo efectuaran, teniendo ya señalado el Servicio Nacional del Trigo, el día 7 del actual para su recogida, y aun cuando se había elevado el razonado escrito del acuerdo del día 27 de marzo último, la contestación recibida era en el sentido de que de no existir maíz, este podría ser compensado con trigo; puesto sobre la mesa los antecedentes del caso, se procede a su estudio y a la distribución más equitativa entre los productores por la cantidad exigida de 15.500 kgs., según lista confeccionada al efecto, que es aprobada, remitiéndose una copia a cadsa uno de los 4 pueblos, al presidente de la Junta vecinal respectiva, para que con urgencia y siempre dentro de un día den a conocer al vecindario en Concejo, aun cuando se estime de muy difícil realización por las causas aducidas en tan repetido acuerdo del 27 de marzo último.
- (29 de abril): El presidente da cuenta de que en virtud de la propuesta elevada al Gobernador Civil de la provincia, de conformidad con el acuerdo de la Corporación del 6 de febrero último, sobre el nombramiento de nuevos alcaldes pedáneos, y que aprobado por la primera autoridad, según se dio cuenta en la sesión del 27 de marzo actual, el designado para el pueblo de Délica, Máximo Ugarte Echaurren, había elevado respetuoso escrito declinando el cargo por motivos de salud, debidamente fundamentado, y que en cuanto a los demás pueblos, se había verificado el cese y toma de posesión correspondiente, por lo que ahora la Corporación debía acordar lo procedente en lo que respecta al pueblo de Délica; y la Corporación, estimando justas las excepciones alegadas por máximo Ugarte Echaurren, acuerda informar favorablemente la renuncia presentada, a fin de que le sea aceptada por el Gobernador Civil, y proponer al mismo, para ocupar la vacante, al vecino de Délica, Nicolás Basarrate Irabien, que reúne los requisitos de aptitud, moralidad y adhesión al régimen que se precisan para el desempeño de dicho cargo. El presidente de la Diputación Foral de Álava, del 25 de abril actual, notifica la constitución en el día anterior, de la nueva Diputación, integrada por los diputados elegidos en las elecciones últimas; la Corporación, acuerda, corresponder a los ofrecimientos de la misma con los mejores votos por el feliz desempeño de su misión y quedar a la recíproca a su disposición, tanto oficial como particularmente, para lo que redunde en beneficio de la provincia, del municipio y de la Nación española. El presidente del Colegio oficial de secretarios, interventores y depositarios de Administración de Álava, autorizando una subvención para atender a sus fines peculiares, que redundan en favor de los municipios alaveses por las ayudas que dicho Colegio presta y a los ayuntamientos en tantos asuntos como les afectan, y recabando que dicha ayuda sea la que normalmente corresponde a este municipio en el reparto efectuado entre todos los ayuntamientos, tanto para este como para años sucesivos, por un total de 4.000 pts., correspondiendo a Arrastaria la cuota de 32,70 pts. al año; la Corporación, estimando las razones alegadas, acuerda, aceptar dicha cuota anual, mientras………la misma. Fiesta del 9 de mayo. Se delegan los festejos en el síndico, Luis Gabiña Orueta. Se entregan licencias de obras para reparación de casas y cabañas a: José Benito Ugarte Arberas y a Manuel Arana Ibarrola, de Délica; y a Ildefonso Alonso Pinedo, de Tertanga, previo pago del impuesto de 6 pts. cada uno. Por una comunicación de la delegación provincial de Álava, de la Subsecretaría de Educación Nacional, interesando contestación sobre si se ha efectuado en el Presupuesto municipal, la consignación obligatoria del 3/1000 del presupuesto de ingresos para la adquisición de libros y formación de la biblioteca municipal, y anunciando que los libros han de adquirirse de la Editora Nacional; la Corporación, acuerda hacer constar que este ayuntamiento viene efectuando regularmente la consignación obligatoria dicha, que por lo que respecta al año actual se eleva a 85 pts., y que la misma ya ha sido aplicada en la adquisición de libros y revistas. Facturas: Seguros Mutuos contra Incendios de Álava, Seguro de la Casa Consistorial, del año en curso, 2 pts.; a la farmacia Arrilucea, de Orduña, por los suministros para la vacuna anti-variólica obligatoria de todos los pueblos del municipio, 48,15 pts. Se desecha y declara nula, la petición presentada por Juan Cruz Acha Usaola, de Délica, por el exterminio de una pareja de zorros, macho y hembra, y cuyo premio se elevaba a 17,50 pts., por haberse comprobado que dicha persona, vendió dichos animales, una vez que los utilizó para cobrar de los vecinos el premio establecido, a otros jóvenes, como si se tratara de otros animales, para solicitar nuevamente por los últimos.
- (22 de mayo): El alcalde expone que, llegada la época que las vigentes ordenanzas municipales, señalan para la limpieza de caminos, por donde han de transitar las mieses de la próxima cosecha, y arreglo de las barreras de los pueblos, con la correspondiente visita de inspección; tras amplio cambio de impresiones, la Corporación acuerda, señalar el día 26 de junio próximo, para que la visita anual de caminos y barreras, haciéndolo saber al vecindario. Por parte del ayuntamiento se había comunicado a la Inspección Provincial de Trabajo de Álava, en escrito del 12 de abril, último, la disconformidad con la liquidaciones formuladas por la delegación provincial del Instituto Nacional de Previsión, sobre Seguros de Enfermedad y Subsidio de Vejez, en los que incluían al depositario y al alguacil guarda-rural de este ayuntamiento, en cuanto a la primera, porque según informe de letrado competente no obliga a las corporaciones locales, y en cuanto a la segunda, por estar liquidada de antemano, en virtud del pago duplicado verificado por error de calado en 22-4-1947, según reclamaciones efectuadas a dicho Instituto, de fecha 23 del citado mes y año, que no había resuelto, supeditándolo al pago del Seguro de Enfermedad, no contratado; la Inspección de trabajo en escrito de fecha 4 de mayo actual, participa que en cuanto al Seguro de Enfermedad por resolución de la dirección general de Previsión del 26 de junio y 14-10-1944, y la del 5-4-1945, sostienen la doctrina de que dicho seguro es de aplicación a los empleados municipales que no tengan la condición de funcionarios, y que de acuerdo con la última resolución, estaban obligados a incluir en el Seguro de Enfermedad a los alguaciles, guardas rurales , sepultureros, alhondigueros y demás empleados no pertenecientes al Cuerpo administrativo del municipio; y en consecuencia, procede rectificar la liquidación expresada, excluyendo de la misma al depositario, e incluyendo solamente al alguacil y guarda rural, a cuyo objeto solicita se le indique la retribución que tiene asignada; en cuanto a la liquidación del Subsidio de Vejez, quede pendiente en virtud de la reclamación formulada, hasta recibir instrucciones del Instituto Nacional de Previsión; la Corporación, examina detenidamente el asunto, acuerda darse por enterada y practicar seguidamente las oportunas consultas sobre la obligatoriedad de la inclusión del alguacil -guarda rural en el Seguro de Enfermedad, para la resolución definitiva que proceda en su día. La “Peña taurina” de Vitoria interesa una subvención en favor del Hospicio de Vitoria, a cuyo fin ha organizado una rifa en combinación con una novillada, y remitido 25 boletos de una peseta, por importe total de 25 pts., para repartir entre el vecindario, teniendo en cuenta que los boletos llegaron el día anterior del término de su validez, sin posibilidad alguna de distribución; la Corporación, acuerda, desestimar la petición. Se da noticia de los gastos de locomoción de los compromisarios de la comarca, en las elecciones últimas para diputados provinciales y procuradores en Cortes, formulada por el alcalde de Amurrio, indicando que en el reparto verificado, ha correspondido a este ayuntamiento las cuotas siguientes: primer viaje, 132 pts.; segundo viaje, 116 pts.; en total, , 248 pts., como quiera que este ayuntamiento no se comprometió más que para el primero de los viajes citados, y que en cuanto al segundo, por oficio del 7 de abril, se comunicó la disconformidad, la Corporación, acuerda, aceptar la cuota del primero de los viajes indicados y desechar la del segundo. El alcalde dio cuenta de un oficio del secretario general del Gobierno Civil de la provincia, del 18 actual, a requerimiento de la de la delegación provincial del Instituto Nacional de Previsión, apercibiendo para que a la mayor brevedad se hagan efectivas notas de ingresos al Montepío Nacional de secretarios-interventores y depositarios de la Administración Local, con el recargo de demora correspondiente, como quiera que en marzo último este ayuntamiento se personó en dicha delegación para hacer efectiva las expresadas cuotas, pero sin recargo, por entender que así lo había dispuesto el consejo directivo, en tiempo de suscribir la correspondiente póliza, negándose dicha delegación a efectuar la liquidación; la Corporación, acuerda, que antes de proceder al abono de las cuotas dichas, se lleve escrito al Consejo directivo del Montepío, y obrar en consecuencia con la contestación que se reciba, manifestándolo así al Gobernador Civil. El alcalde pedáneo de Tertanga, eleva un escrito, manifestando que la vecina del pueblo, Eusebia Larrieta Aguirre, ha cerrado con estacas un paso obligado para peatones en una heredad próxima a su casa, y ha quitado, también, un paso sobre un arroyo que existía para el tránsito de carros, todo ello desde tiempo inmemorial, solicitando se obligue a la interesada vuelva a poner dichos pasos en prístino estado; la Corporación, acuerda, requerir a dicha persona como se interesa a que en su caso exponga la razón y derecho en que se apoya, para proceder en consecuencia. El alcalde expone que, el representante de la casa “Hispano-Olivetti” de máquinas de escribir, se había dirigido a este ayuntamiento, ofreciéndole los diversos tipos de máquinas de escribir de la citada empresa; siendo una necesidad hace tiempo sentida, de dotar a la secretaría municipal de la correspondiente máquina de escribir, de la que carece, sirviéndose hasta la fecha de una alquilada, con el consiguiente recargo para el erario municipal; la Corporación, acuerda, estimar la oferta y que se practiquen las oportunas diligencias para en su día acordar lo que proceda. Facturas: el Frente de Juventudes, de Madrid, por el reembolso de “Héroes de mar” y “almanaque de 1949”, para premiar a los niños de la escuela, 11,65 pts.; al Instituto de Estudios de Administración Local, por medio de la Diputación Foral de Álava, cuota obligatoria de 1948, la suma de 50 pts. Cuentas municipales de 1948. La Corporación acuerda, aceptarlas y fijarlas: cargo, 52.360,60 pts.; data, 38.113,25 pts., dejando un sobrante de 14.247,35 pts., que se detalla por capítulos. Ingresos: impuestos, 15.440,68 pts.; instrucción pública, 15.,30 pts.; resueltas, 11.437,07 pts.; recursos para el déficit, 25.926,25 pts. Total, 52.360,60 pts. Gastos: gastos ayuntamiento, 10.889,55 pts.; policía de seguridad, 670 pts.; policía urbana-rural, 3.155,80 pts.; instrucción pública, 1.966,11 pts.; beneficencia, 1.312,68 pts.; corrección pública, 534 pts.; cargas, 18.278,82 pts.; imprevistos, 747,05 pts.; Instituto de Higiene, 558,94 pts. Total, 28.113,25 pts. Resumen: ingresos, 52.360,60 pts.; gastos, 38.113,25 pts. sobrante, 14.247,35 pts.
- (19 de junio): Concejales: Tomás Orive, Luis Gabiña, Juan Cruz Arana, Julio Uzquiano, Ángel Ugarte, Sixto Ibarra. Alcalde, Félix Villate. El alcalde expone que, en función del acuerdo del ayuntamiento del 27 de marzo último, se había comisionado a la Inspección provincial de Trabajo de Álava, en escrito del 12 de abril último, la disconformidad con las liquidaciones hechas por la delegación del Instituto Nacional de Previsión, sobre el Seguro de Enfermedad y Subsidio de Vejez, en que se incluye al Depositario y al alguacil guarda-rural de este ayuntamiento, en cuanto a la primera, porque según informe de letrado competente no obliga a las Corporaciones locales, y en cuanto a la segunda, por estar liquidado de antemano, en virtud del pago duplicado verificado por error de cálculo el 22-4-1947, según reclamación formulada a dicho Instituto, en escrito del 23 del indicado mes y año, que no había resuelto, supeditándolo al pago del Seguro de Enfermedad, no contratado, la Inspección de Trabajo, en escrito del 4 de mayo actual, participa que en cuanto al Seguro de Enfermedad por resolución de la dirección general de Previsión del 26 de junio y 14-10-1944 y la del 5-4-1945, sienta la doctrina que dicho seguro es de aplicación a los empleados municipales que no tengan la condición de funcionarios, y que de acuerdo con la última resolución, estaban obligados a incluir en el Seguro de Enfermedad a los alguaciles guardas-rurales, sepultureros, alhondigueros y demás empleados no pertenecientes al Cuerpo administrativo del municipio, y en consecuencia, procede rectificar la liquidación citada, excluyendo de la misma al Depositario, e incluyendo solamente al alguacil guarda-rural, a cuyo objeto solicita se le indique la retribución que tiene asignada; en cuanto a la liquidación del Subsidio de Vejez, queda pendiente en función de la reclamación formulada, hasta recibir instrucciones del Instituto Nacional de Previsión; la Corporación, examinado detenidamente el acuerdo, acuerda darse por enterada y practicar las oportunas consultas sobre la obligatoriedad de la inclusión del alguacil guarda-rural en el Seguro de Enfermedad, para la resolución definitiva que proceda en su día. En cuanto a la contestación a la Peña Taurina, de Vitoria, la Corporación acuerda, por los motivos aducidos en su día, desestimar la petición. Se da cuenta de los gastos de locomoción de los compromisarios de la Comarca en las elecciones últimas para Diputados provinciales y procuradores en Cortes, formulada por la alcaldía de Amurrio, indicando que a este ayuntamiento, en el reparto efectuado, le ha correspondido las cuentas siguientes: primer viaje, 132 pts.; segundo viaje, 116 pts.; en total, 248 pts., como quiera que este ayuntamiento no se comprometió más que para el primero de los viajes citados, y que en cuanto al segundo, por oficio del 7 de abril, se comunicó la disconformidad; la Corporación, acuerda, aceptar la cuenta del primer viaje indicado, y desechar la del segundo. Por medio de un oficio del secretario comarcal del Gobernador Civil de la provincia, del 18 de octubre último, a requerimiento de la delegación provincial del Instituto Nacional de Previsión, apercibiendo que a la mayor brevedad, se hagan efectivas las cuotas de Ingresos al Montepío Nacional de secretarios, interventores y depositarios de la Administración Local, con el recargo de demora correspondiente, como quiera que en el mes de marzo último, este ayuntamiento se personó en dicha delegación para hacer efectivas las cuotas citadas, pero sin recargo, por entender que así lo había dispuesto el Consejo directivo, al tiempo de suscribir la correspondiente póliza, negándose dicha delegación a efectuar la liquidación; la Corporación acuerda, que antes de proceder al abono de las citadas cuotas, se eleve escrito al Consejo directivo del Montepío, y obrar en consecuencia con la contestación que se reciba, manifestándolo así al Gobernador Civil. El alcalde pedáneo de Tertanga, en escrito presentado, en el que manifiesta que una vecina de dicho pueblo, Eusebia Larrieta Aguirre, ha cerrado con estacas un paso obligado para peatones, en una heredad próxima a su casa, y quitado, también, un paso sobre un arroyo que existía para el tránsito de carros, todo ello desde tiempo inmemorial, solicitando se obligue a los interesados vuelva a poner dicho paso en su prístino estado; las Corporación, acuerda, requerir a dicha persona como se interesa, o que en su caso exponga las razones y derechos en que se apoya, para proceder en consecuencia.
- (19 de junio): Visto el escrito presentado por la vecina de Tertanga, Eusebia Larrieta Aguirre, como consecuencia al acuerdo adoptado en sesión del 22 de mayo último, sobre supuesto cierre de paso de peatones y de carros por heredad contigua a la casa que habita, manifestando que está conforme en que tales pasos subsistan por los sitios en que antiguamente lo estaban, y no por los que se pretende, afirmando que los antiguos fueron cerrados por alud de piedras, provenientes de tormentas de aguas; la Corporación, acuerda, dirigirse en tal sentido al alcalde pedáneo de Tertanga, para que proceda como se indica. El presidente expone que, el gobernador Civil de la provincia, el 23 de mayo último, comunica haber admitido la renuncia al cargo de alcalde-presidente de Délica, a Máximo Ugarte Echaurren, por enfermedad, acordando el nombramiento en su lugar a favor de Nicolás Basarrate Irabien, y que dicho vecino había tomado posesión del cargo el día 11 del actual, cesando José Benito Ugarte Arberas; y la Corporación, acuerda darse por enterada. Visto el atento saludo y ofrecimiento del alcalde-presidente del ayuntamiento de Elciego, Eduardo Larrea Sáenz de Navarrete, elegido Procurador en Cortes, en representación de los ayuntamientos alaveses; la Corporación, acuerda, agradecer tan fina atención, a la par que ofrecerse a la recíproca para cuanto pueda redundar en beneficio de la provincia y de España. Se da cuenta del acuerdo de la Comisión provincial de Álava, del 17 de mayo próximo pasado, sobre la obligación de pago con arreglo a lo que dispone la tarifa 2º de contribución, en su epígrafe 4º, párrafo 4º, en materia de contratos de Obras Públicas, tanto de las ejecutadas por el ayuntamiento como por las Juntas vecinales de las entidades locales menores, consistente en el pago del 1,50 % del importe de los contratos a abonar por los rematantes; la Corporación, acuerda, darse por enterada. Celebrando el día 26 del actual, la visita de caminos, procede tratar sobre la forma de girar la misma, y gastos a efectuar, teniendo en cuenta la asistencia de los presidentes de las Juntas vecinales, con arreglo a la tradición y costumbres, discutido el asunto, la Corporación acuerda: 1) Que la visita se gire por los presidentes de las Juntas vecinales y concejales, cada cual en su respectivo pueblo. 2) Que el alcalde disponga lo conveniente al gasto a efectuar en obsequio de dichos señores, dentro de la austeridad a que obligan las circunstancias presentes, y también, que se oficie al alcalde pedáneo de Délica, para que disponga lo procedente sobre las “barreras” que en un tiempo existen en el barrio de Berracarán y en el de Zamarro, esta última, junto a la casa del vecino, Marcos Arberas. Facturas: se declaran de abono en la Caja de Ahorros de Álava, por los interese adelantados del 14-6 al 14-12 del año en curso, sobre 21.000 pts. al 5% de interés, importando 525 pts. más 0,50 pts. de gastos de correo, en total, 525,50 pts. Asimismo, teniendo en cuenta lo dispuesto por el obispado de la diócesis, en materia de estipendio de misa, la Corporación, acuerda que se abone por la misa cantada del 9 de mayo en el Santuario de Nuestra Señora , Patrona, la Virgen de la Antigua, de Orduña, al cura celebrante, tanto por lo que respecta a este año como en lo sucesivo hasta nuevo acuerdo, 25 pts. Presupuesto ordinario de 1949. Ingresos: imprevistos, 16.270,27 pts; instrucción pública, 450 pts.; recursos para el déficit, 27.694, 41 pts.; reintegros, 801,73 pts.; Total, 145.216,41 pts. Gastos: gastos ayuntamiento, 10.982,80 pts.; policía seguridad, 702 pts.; policía urbana rural, 32.889 pts.; instrucción pública, 2.190,81 pts.; Beneficencia, 17.764,61 pts.; corrección pública, 1.224 pts.; cargas, 23.395,48 pts., imprevistos, 700 pts.; Instituto de Higiene, 668,86 pts.; Total, 45.216,41 pts. Resumen: ingresos, 45.216,41 pts.; Gastos, 45.216,41 pts. Déficit, 0. En sesión del 22 de mayo último, fueron examinados los repartos contributivos para el año de 1949, con los aumentos establecidos por el ayuntamiento para la cancelación del préstamo concertado en 1944 con la Caja Provincial de Ahorros y Préstamos de Álava; y la Corporación acuerda, aprobar los repartos contributivos, expresados, a saber: Inmuebles, Cultivos y Ganadería, Matrícula industrial y de Recursos, cedidos por la Diputación Foral de Álava, en 5 relaciones: 1) Especial, especial de ganado cabrío. 2) Impuesto sobre montes públicos. 3) Patente de carricoches. 4) Patentes de bicicletas, 5) Patente de caballerías de lomo; y asimismo el Impuesto sobre los perros, y el reparto de guardería rural.
- (26 de junio): En esta sesión, aparte de la Corporación, acuden invitados los alcaldes pedáneos de los 4 pueblos: Andrés Ugarte Santamarina, Moisés Larrieta Uriarte, Nicolás Basarrate Irabien y Eugenio Arana Larrieta. Se da cuenta por la Corporación y las Juntas administrativas, de la visita oficial efectuada a los caminos, informando de las infracciones de las faltas, haciendo una relación de las mismas, procediéndose al cobro de las multas impuestas, en la forma reglamentaria. El ayuntamiento de Amurrio, contesta en el tema de la liquidación de gastos de locomoción de los compromisarios del distrito, en las elecciones celebradas en Vitoria, para Diputados provinciales y Procuradores en Cortes, que si bien se les participó que el comisionado de Arrastaria no hacia uso del coche particular, lo cierto fue que dicha persona efectuó el viaje, y que lo mismo les daba que los gastos fueran abonados por el interesado o por el ayuntamiento; en tal estado, oídas las razones del comisionado, Arana, que indica que el expresado coche de línea, pasó el de los comisionados y se le invitó una y otra vez, para que hiciera uso del mismo, y que en cuanto al primer viaje, no efectuó el de ida, por hallarse ya en Vitoria, por un suceso familiar, y que así aún no, a él se le ordenó salir a Orduña, cuando a los demás comisionados se les recogió en sus respectivas localidades; la Corporación, acuerda, dirigirse en tal sentido al ayuntamiento de Amurrio, y de sostener éste la cuenta presentada por los dos viajes, se abonen estos sin más discusión. Por una petición del reverendo padre superior de los Misioneros Hijos del Sagrado Corazón de María, de Valencia, interesando se recojan y acepten 5 boletos, de 5 pts. cada uno, con destino a la reconstrucción de la antigua Roqueta de San Vicente Mártir, gloria de España, teniendo en cuenta que los presidentes de las Juntas vecinales, aquí presentes, aceptan para sus respectivos pueblos un boleto, la Corporación, aun cuando no es partidaria de hacerse cargo de tales peticiones, por lo mucho que se prodigan en estos tiempos, acuerda, hacer una excepción y en consecuencia ha de admitir el boleto de referencia, del sorteo del 23 de julio próximo, abonando las 5 pts. Se suspenden las sesiones ordinarias, durante la época de recolección, desde el próximo mes de julio hasta la 2ª quincena de agosto. Facturas: son examinadas, aprobadas y declaradas de abono las siguientes cuentas y facturas, Mancomunidad Sanitaria provincial de Álava, cuotas de farmacia del 2º trimestre, 126,25 pts.; maestra de Tertanga, indemnización de casa-habitación, desde el 1-9-1948 al 1-9-1949, 300 pts.; al Depositario, gastos menores del 9 de mayo, a saber: tamborilero, 10pts.; sacristán, 5 pts.; estipendio misa, 25 pts., en total 40 pts. También, se declaran de abono los sueldos y haberes de los empleados municipales del 2º trimestre, con arreglo a presupuesto. Julio Uzquiano, de Aloria, solicita que del remanente en Caja al cerrarse el ejercicio del año último, se liquide con la Caja Provincial de Álava algún plazo, además del obligado anual; discutido el asunto, ampliamente, se acuerda quede pendiente hasta diciembre, para que a la vista de las disponibilidades del erario municipal, se acuerde entonces lo procedente.
- (7 de agosto): Examinado detenidamente el hecho grave de que la mayoría de los vecinos ganaderos del municipio, adelantándose al previsible permiso y autorización, tanto del ayuntamiento como de la Organización Sindical respectiva, en funciones de Junta de Fomento Pecuario, había procedido al aprovechamiento de las rastrojeras, hallándose sin levantar aún en parte las mieses, causando daños en las mismas y en los cultivos de maíz, que se hallan intercalados, y aún más, insubordinándose colectivamente contra el guarda rural del municipio, negándose a satisfacer las sanciones de las ordenanzas, y confiando en muchos casos la custodia del ganado a niños menores de 14 años; aconseja tomar medidas urgentes y enérgicas, que corten de raíz este estado latente de indisciplina grave, y sin perjuicio de adoptar otras más severas, si a ello dieran lugar los ganaderos, cual ponerlo en conocimiento de la Fiscalía provincial de Tasas, que persigue expresamente por ministerio de la Ley estos daños; la Corporación, acuerda, lo siguiente: 1) No autorizar la apertura de las rastrojeras hasta que el ayuntamiento lo determine, cuando hayan desaparecido las causas que motivan estas medidas. 2) Conceder un plazo improrrogable de 8 días para que los ganaderos multados por el guarda rural hagan efectivas las cuotas ordinarias, transcurridos los cuales quedan elevados sin más trámites, en uso de las facultades que por la ley están conferidas, a la cantidad de 15 pts. por cabeza multada, procediéndose por la vía de apremio contra los morosos. 3) Que en el caso de que los ganaderos no se sometieran a estas medidas, se eleve relación detallada de los infractores al Fiscal de Tasas de la provincia, a efectos de la ley, y al Gobernador Civil de la provincia en caso de insubordinación, a los efectos oportunos. 4) Que hasta tanto no llegue el momento que se indica en el apartado 1º de este acuerdo, cada ganadero podrá hacer uso de sus propias rastrojeras, siempre bajo vara de pastor mayor de 14 años, y sin que se reconozca a estos efectos el socorrido remedio fraudulento de manifestar que se cuenta con permiso del dueño de otras rastrojeras. 5) Que se haga saber, inmediatamente, al vecindario este acuerdo, en plazo no superior a 48 horas, enviándose copia del mismo a los alcaldes pedáneos de los 4 pueblos, para que lo den a conocer, ya que serán responsables de las sanciones a imponer si para el miércoles 10 de agosto del actual no lo hubieran efectuado. Se da cuenta del ingreso en Caja de los mozos del reemplazo de 1949, acudiendo como comisionado del ayuntamiento, el secretario del mismo, aprovechando el viaje para solventar otros asuntos oficiales. Se acuerda abonar las dietas reglamentarias. Se informa que por la Tesorería municipal se había efectuado el pago al Instituto Nacional de Previsión, agencia de Amurrio, en fecha 22 de julio último, para el ingreso en el Montepío Nacional de Administración Local , con carácter obligatorio, del secretario del ayuntamiento, José Francisco Elejalde, abonándole las cuotas desde el 1-10-1946 al 31-7 del año en curso, con el recargo legal del 3,5 % , importando en total, cuotas y recargos, 4.375,85 ; y la Corporación, acuerda darse por enterada, reintegrándose a Tesorería, las cantidades liquidadas, y que en cuanto a la participación pasiva que corresponde al secretario en el pago, o sea el 5 % de los sueldos y quinquenios correspondientes, teniendo en cuenta los relevantes servicios que presta a la Corporación, sin percibir gratificación, sea de cuenta del ayuntamiento por lo que concierne a los atrasos de años anteriores, ingresando en su día tan solo lo correspondiente al año en curso, según consta en el vigente presupuesto ordinario; y por último, que al Depositario se le abonen las ditas reglamentarias de 15 pts. por el viaje efectuado a Amurrio para la verificación de los pagos. Se da cuenta por la revista “El consultor de los ayuntamientos”, de Madrid, que se había enviado contra reembolso el libro titulado “Manual de recaudación y Apremios”, por 52 pts., siendo considerada su adquisición, por ser una obra imprescindible a este ayuntamiento; y la Corporación, acuerda, aprobar la liquidación de dicha obra y que se reintegre a Tesorería el pago del reembolso efectuado. El jefe provincial del Movimiento de Álava, interesando que por el ayuntamiento y los concejales se adquiera la obra titulado “ El libro del concejal”, por un valor de unas 40 pts. cada ejemplar, teniendo en cuenta el carácter eminentemente rural de este municipio y de que existen ya obras parecidas para la orientación de los concejales, la Corporación, acuerda, de que por el momento no se considere de aplicación a este ayuntamiento la adquisición de esta obra. Facturas: son examinadas, aprobadas y declaradas de abono las siguientes cuentas y facturas: a la Imprenta Provincial, por suministros hasta el 31 de mayo del año en curso, 611,60 pts.; al Boletín Oficial de la Provincia, por la suscripción de los años 1948 y 1949, 80 pts., 40 pts. /año.
- (21 de agosto): Por un escrito del 11 de agosto actual, la Jefatura provincial de Álava del Servicio Nacional del Trigo, por el que se asigna a este municipio un cupo mínimo de entrega forzosa de 100.000 kgs. de trigo, ordenando su distribución entre los productores del término para el día 31 del actual mes de agosto, y que en su virtud, la Junta o Cabildo Sindical debía acordar lo procedente, a cuyo fin estaban sobre la mesa todos los antecedentes, documentos de distribución de superficie obligatoria de siembra, informes y estudios sobre la actual cosecha; examinado detenidamente tales documentos y una vez discutidos, se acuerda: 1) Que considerando la Junta o Cabildo que existe un fuerte error de cálculo, por parte de la Junta provincial, para la asignación de tal cupo, que rebasa con mucho los promedios arrojados por la actual cosecha, que se cifran en 1.000 kgs./hectárea, se haga constar así, interesando la verificación que proceda, y 2) Que a fin de conseguir lo que se pretende, se desplace a Vitoria una comisión integrada por el alcalde del ayuntamiento, presidente de la Hermandad , alcaldes pedáneos de cada pueblo y el secretario del ayuntamiento, que entrevistándose con el Jefe provincial, le den a conocer el punto de vista de este municipio.
- (28 de agosto): El alcalde dio cuenta, de que en virtud del acuerdo conjunto del ayuntamiento y Cabildo Sindical Local, el día 23 se había desplazado a Vitoria la comisión fijada, entrevistándose con los inspectores del Servicio Nacional del Trigo, en consecución de una rebaja del cupo impuesto para el presente año, interesando diversos puntos de vista y observándose que con este ayuntamiento no guarda la equidad entre el cálculo previsto y el cupo asignado, manifestándoles elevara el municipio una protesta por escrito, como así se había efectuado, el 26 de agosto actual; la Corporación se da por enterada y acuerda, aprobar expresamente el escrito protesta dirigido a la Junta provincial del Servicio Nacional del Trigo de Álava. El alcalde da cuenta de que había sido aprobado por el organismo Jurídico-administrativo de Álava, y la Diputación Foral de Álava, el día 10 de agosto y el 16 del mismo mes, respectivamente, el presupuesto municipal ordinario y los diversos Repartos contributivos del año actual, que en su día fueron aprobados por este ayuntamiento, dándose la Corporación por enterada. Facturas: se abonan al Depositario el pago efectuado en la agencia de Amurrio, del Instituto Nacional de Previsión, el día 18 del actual, de la cuota obligatoria al Montepío Nacional del secretario de este ayuntamiento, correspondiente al mes de agosto, por 133,98 pts., y que asimismo se abonen a dicho Depositario las dietas reglamentarias de 15 pts.
- (18 de septiembre): El alcalde da cuenta de que en fecha reciente había sido requerido por el Juzgado de Paz de este término, en virtud de carta-orden del de Instrucción de Amurrio, efectuándole el ofrecimiento de acciones que determina un artículo de la ley de Enjuiciamiento Criminal, para tomar parte en un sumario del 25 de 1949, que en dicho Juzgado se sigue, por falsedad en dos publicaciones contra dos guardas forestales de la Diputación de Álava, y que por la premura de tiempo había contestado que a reserva de lo que acordara la Corporación, el ayuntamiento no tomaba parte en dicha causa; y la Corporación, acuerda, aprobar expresamente lo efectuado por la alcaldía, no mostrando parte en dicha causa. La Corporación acuerda que la visita anual de arroyos y cerraduras, se practique el cuarto domingo del próximo mes de octubre, anunciándolo así al vecindario, y que con carácter general se ordene un especial ahondamiento de los cauces y arroyos cegados por las recientes tormentas, y que en cuanto al gasto a efectuar, quede facultado el alcalde para que disponga. Se da cuenta de un escrito dirigido a la secretaría por el Colegio Oficial de secretarios, interventores y depositarios de Álava, interesando que el ayuntamiento se dirija a la Junta del Colegio Nacional de secretarios, en Madrid, suscribiéndose al Boletín Oficial de dicho Colegio, que importa unas 60 pts./año; y la Corporación, acuerda, que por el momento no es posible acceder a lo solicitado, teniendo en cuenta la escasa potencialidad del municipio. Se da cuenta de las solicitudes de licencias de construcción para obras, a: Nicolás Orueta Solachi, Félix Ramírez Tobalina, José Ugarte Pinedo, Manuel Sarachaga Lartundo y Roque Salabarría Gorbea, de Tertanga. La Corporación, acuerda, concederles la oportuna licencia de construcción, mediante el pago del impuesto municipal de 6 pts. por cada licencia. El alcalde da cuenta de que, con arreglo al decreto del Ministerio de Agricultura, del 7-6-1949, y una circular de la Comisaría General de Abastecimientos y Transportes, dando normas para el decreto-ley de ordenación triguera, en su desarrollo, “aquellas reclamaciones sobre las que recaiga resolución desfavorable, quede sin contestar”, debía interpretarse como que el escrito impugnación elevado, con fecha 25 de agosto último, contra la asignación del cupo e 100.000 kgs. de trigo, había quedado desestimado, aplicándosele la teoría del “silencio administrativo”, y en consecuencia se debía proveer lo oportuno, a fin de salvar la responsabilidad del ayuntamiento; y la Corporación, acuerda, que se cumpla lo ordenado, haciéndose el reparto del cupo indicado, convocándose a la Junta Agrícola o Cabildo Sindical para el próximo domingo, 25 de septiembre. Se da cuenta de la circular de la Subdirección general de Justicia Municipal, de los municipios para con los Juzgados municipales, comarcales y de paz, y especialmente sobre el destino de la subvención de los ayuntamientos, que por lo que respecta a este municipio, según la ley, es de 750 pts./año, según consta en el vigente presupuesto municipal ordinario y figura en los de años anteriores, a partir de 1946, disponiéndose taxativamente en la circular de referencia, de fecha 25 de junio actual “que dicha subvención se considera destinada al personal que realiza los trabajos propios del juzgado de Paz, con exclusión del Juez y el Fiscal, que son cargos honoríficos, por lo que la secretaría de los mismos debe percibir dichas cantidades y destinarlas a los fines que se indican, con objeto de lograr la más perfecta organización y desarrollo de la tarea encomendada a los Juzgados de referencia”, y que por lo tanto, y teniendo en cuenta que la secretaría del Juzgado de Paz de este Valle, no había percibido en ningún año, desde su implantación, dicha subvención, debía acordarse lo procedente; y la Corporación, acuerda, que con el fin de resolver con entera justicia en dicho asunto, quede sobre la mesa para consulta y estudio, y que en su día se tratará lo que proceda. Facturas: son examinadas, aprobadas y declaradas de abono: al Instituto Nacional de Previsión, por la cuenta del Seguro obligatorio de accidentes de trabajo, correspondiente al primer semestre de 1949, 36,76 pts.; al mismo Instituto, por la cuota obligatoria de afiliación al Montepío Nacional de Administración Local, del secretario del ayuntamiento, correspondiente al mes de septiembre, 133,98 pts.; al Colegio Oficial de secretarios de Álava, por la subvención anual del año en curso, según acuerdo del 29 de abril último, 32,70 pts.; al depositario, reintegro de gastos de los 3 giros anteriores, 2,40 pts. A Gregorio Loyo Salazar, gastos de los guardias civiles, el 12 de junio, con motivo de la batida de Zamarro, 30 pts.; y por los gastos de la visita de caminos, 212 pts., en total, 242 ptas.; a Florencio Abásolo, de Orduña, por los gastos del 9 de mayo, con motivo de las fiestas patronales, con inclusión de los gastos de los músicos, 1.055 pts., sin perjuicio de que estimándose importante y abusivo lo realizado por los músicos, para el año próximo se les deniegue autorización de gasto alguno, otorgándoles únicamente la gratificación en metálico que proceda; a la Junta Carcelaria de Amurrio, por el dividendo obligatorio del año en curso, 300,85 pts.; y al Juzgado Comarcal, por el mismo concepto, 249,01 pts., en conjunto 549,86 pts.; acordándose asimismo el pago de sueldos del trimestre y que se liquide la cuenta de gastos de locomoción del compromisario de este ayuntamiento con el de Amurrio, que ya consta en acta. El concejal de Artómaña, Tomás Orive Guinea, presenta una moción sobre el abuso de pastoreo de los ganaderos de Orduña, que no respetan lo establecido sobre los rastrojos, con quebranto para los ganaderos del Valle, estado de cosas que debiera haber evitado el guarda rural, recorriendo los pueblos con más frecuencia y cumpliendo más diligentemente con su deber, llamándole la atención para lo sucesivo; y la Corporación, haciendo suya dicha moción, acuerda, que mientras no se autorice el uso de las rastrojeras, en tanto no sea recogido el maíz, el guarda rural recorrerá diariamente la ería, con obligación de recoger 3 días a la semana la firma de presentación de cada alcalde pedáneo, e instándole a que cumpla con su cargo, con más diligencia.
- (25 de septiembre): El presidente da cuenta de que habiendo transcurrido con exceso el plazo que señala una circular de la Comisión general de Abastecimientos y Transportes, en un artículo, para que el escrito de impugnación contra el señalamiento por la Jefatura provincial de Álava del Servicio Nacional del Trigo, hubiere sido contestado, debe entenderse que ha quedado desestimado, y en consecuencia, para evitar toda responsabilidad, la Junta Agrícola Local o Cabildo sindical local, debía proceder a la distribución y señalamiento individual entre los productores, entablando un debate una mayoría de integrantes de la Junta Agrícola o Cabildo sindical, estimando excesivo el cupo impuesto. Esta se pronuncia porque la distribución se efectúe solamente por la cantidad que se ofreció como cupo base, teniendo en cuenta la media de producción de 10 quintales métricos por hectárea; advertidos por el secretario y el alcalde, y el presidente de la Hermandad de la responsabilidad de tal acuerdo, si llegase a adoptarse, y que la obligación, se pueda o no consienta la cosecha, es de repartir el cupo adecuado; La Junta de Agricultura y el ayuntamiento acuerdan, reunirse otro día, el 28 del actual, para llevar a cabo la distribución ordenada. El alcalde da cuenta que el secretario del Montepío provincial de secretarios, al que pertenece desde su fundación este ayuntamiento, había comunicado, que reorganizado el servicio, se hallaban al cobro las cuotas del año 1948 y 1949, por 282,07 pts. cada uno; y la Corporación, acuerda, declarar dichas cuotas de abono, procediéndose a su pago.
- (26 de septiembre): Esta sesión tenía como único punto a tratar, el ver la forma de actuar sobre la manera de verificar el reparto del cupo impuesto de 100.000 kgs. de trigo, como ya se tiene advertido y tratado. Tras maduro examen y considerando detenidamente el asunto y las dificultades conocidas para su distribución, dado que se considera excesivo su cuantía; la Corporación y Junta Agrícola local, acuerdan que por secretaría se verifique el reparto numéricamente, proporcionalmente, a la superficie sembrada, con deducción de las reservas legales.
- (9 de octubre): Por un escrito de la Jefatura provincial de Álava del Servicio Nacional del Trigo, del día 5 del actual, se anuncia que en vista de la reclamación formulada por el Cabildo sindical local y alcaldía, que se había considerado desestimada, según se hizo constar en la sesión del 18 de septiembre próximo pasado, se rebajaba el cupo de 100.000 kgs. de trigo a 90.000 kgs., o sea un vagón, y que por lo tanto procedía acordar lo procedente sobre su distribución; y la Corporación, teniendo en cuenta lo ya aprobado y discutido por la Junta Agrícola en reuniones anteriores y dado lo perentorio del plazo, acuerda, que se siga la misma pauta, es decir que se distribuya por secretaría conforme se había quedado, exponiéndose las listas al público a efectos de reclamaciones y demás que procedan. Visto el estado de los rastrojos de los cereales del año actual, con abundantes pastos, y teniendo en cuenta que la casi totalidad de maíz ha sido ya levantado por los agricultores, la Corporación, acuerda, la apertura de los rastrojeras para la libre pasturación del ganado del término, en las condiciones ordinarias de ordenanza, es decir, que el ganado vaya custodiado bajo vara de pastor mayor de 14 años y prohibición absoluta de pasturar en los días de lluvia, todo ello hasta que el ayuntamiento ordene el cierre, cuando el estado del campo así lo aconseje para salvaguardar los futuros sembrados. Para el mejor desempeño de la visita anual de inspección de arroyos y cerraduras del término, a girar el próximo día 23 de octubre, la Corporación, acuerda, que se aclaren entre sí los concejales de los 4 pueblos, en la siguiente forma: el de Aloria, Julio Uzquiano con el de Artómaña, Sixto Ibarra; y los de Délica y Tertanga, Ángel Narbona y Juan Cruz Arana, respectivamente entre sí, anunciándolo a los presidentes de las Juntas vecinales. El alcalde dio cuenta de un oficio, del 27-9 último, del fiscal provincial de la Vivienda de Álava, ordenando que el día 3 de octubre se personara el alcalde o el secretario a recibir instrucciones con arreglo a la circular de la Fiscalía superior de la Vivienda, inserta en el Boletín Oficial del Estado, del 17 de septiembre próximo pasado, y de cómo en cumplimiento de dicha orden había efectuado viaje a Vitoria, en dicho día, el secretario de la Corporación; y ésta acuerda darse por enterada y que se abonen las dietas reglamentarias de 60 pts. al secretario por dicho viaje. El alcalde informó de una comunicación de la jefatura Agronómica de Álava, del 30 de septiembre último, por la que se señala a este municipio , en virtud de la orden del Ministerio de Agricultura, de fecha 22 del actual mes, una superficie obligatoria de siembra de trigo para el año próximo, de 215 hectáreas, y su distribución entre los productores para antes del 31 del corriente mes; y la Corporación, acuerda, darse por enterada, y que para la distribución ordenada, se reúna la Junta Agrícola local, el día 23 del actual. Facturas: son examinadas, aprobadas y declaradas de abono las siguientes cuentas y facturas: a Amado Uzquiano, por los gastos del ayuntamiento, el 22 de mayo último, con motivo de la rendición de cuentas municipales, 107 pts.; y al Montepío Nacional de Administración Local, por la cuota obligatoria del mes de octubre, 133,968 pts.
- (23 de octubre): A esta sesión también se convoca a los presidentes de las Juntas vecinales de los 4 pueblos: Andrés Ugarte Santamarina, Moisés Larrieta Uriarte, Nicolás Basarrate Irabien y Eugenio Arana Larrieta, que son recibidos por la Corporación. El secretario era el que redactaba los cupos y deducciones de las cosechas. Se procede al examen de la visita de inspección de arroyos y cerraduras del término, y en consecuencia invitaba a dichas personas y a los concejales que han efectuado, conjuntamente, dicha visita, para que por orden de pueblos e individualmente dieran cuenta del estado en que se encuentran los mismos, así como las sanciones a imponer a los infractores. Seguidamente se forma relación de cuantas faltas se han observado y estado actual en que se encuentran, juntamente con las sanciones que merecen; y la Corporación, una vez examinada la relación duplicada confeccionada, acuerda, prestarle su entera aprobación, con notificación a los interesados y con la obligación de subsanar las faltas sancionadas en plazo prudencial, acordándose en su día la conveniencia de efectuar nueva visita apara su comprobación. Con voz y voto de los presidentes de las Juntas vecinales del Valle, en funciones de Junta Agrícola, se procede a dar cumplimiento a la vista de la Jefatura Agronómica de Álava, dada a conocer al vecindario en bando del 7 del actual, para la distribución, según orden ministerial, de las 215 hectáreas de superficie que, obligatoriamente han de sembrar de trigo los productores de este término, para el año agrícola de 1950, a cuyo fin son puestos sobre la mesa los documentos, e instrucciones pertinentes, juntamente con la relación de productores en posesión del modelo obligatorio C-1; seguidamente, es practicado con el mayor detenimiento y rectitud la distribución ordenada, confeccionándose al efecto la oportuna lista de Aloria y Délica, como también la de Artómaña y Tertanga, que leída y examinada, es aprobada, por lo que se refiere a los dos primeros pueblos, quedando los otros dos pendientes de algún retoque, para días próximos, con autorización plena para ultimarla por los que asistan, acordándose que una vez efectuada, se haga pública por los medios de costumbre, con envío a cada pueblo del oportuno ejemplar, a los efectos de las reclamaciones que procedan, dentro de los plazos que señala la orden ministerial. Facturas: son examinadas, aprobadas y declaradas de abono, los siguientes recibos, presentados por el depositario: Mancomunidad Sanitaria de Álava, por el recibo del tercer trimestre del año en curso, por farmacia, 126,25 pts.; a la misma, por la cuota obligatoria para el Patronato Nacional Antituberculoso del año en curso, 167,21 pts.; y al Instituto Provincial de Higiene, por la aportación obligatoria del presente año, 668,86 pts.
- (18 de noviembre): Se acuerda sacar a pública subasta el arriendo del impuesto a los vinos y licores, quedando fijado el tipo en 6.000 pts., dejando subsistentes todas las partes del Pliego de condiciones del año último, que por lo tanto no se eleve la cuantía del impuesto que está autorizado, por acuerdo de la Diputación Foral del mes de enero de 1948. Por un escrito de la Junta Diocesana de Homenaje a Su Santidad Pio XII, felizmente reinante, con ocasión del año Santo de 1950 y Bodas de Oro sacerdotales de Su Santidad, se pretende dotar a Radio Vaticano de una potentísima emisora, por suscripción de toda España, e interesando de este ayuntamiento su aportación para tal fin; y la Corporación, como modesto homenaje del municipio al Padrón común de todos los católicos, acuerda contribuir con 50 pts., lamentando que el erario municipal no consienta mayor asignación. El alcalde, da cuenta de los gastos que se han originado a la Junta Agrícola local en materia de cupo de trigo, gestiones y trabajos, especialmente el viaje de siete comisionados a Vitoria y demás que constan en la relación presentada y que asciende a 1.259 pts., todo ello a cargo de los productores, en cuyo favor se efectuaron las gestiones, según acuerdo del 21 de agosto último; y la Corporación, acuerda, aprobar dicha nota de gastos, y en consecuencia, se descuenta céntimo y medio por cada kg. de trigo entregado, que es el descuento exacto para alcanzar la cifra de gastos dicha, y que en cuanto al productor de Artómaña, Faustino Tellaeche Cuadra, que tiene contrato aparte y que se benefició de las gestiones de la Junta, sea requerido para el pago oportuno. En vista de que en esta sesión han faltado algunos concejales, el alcalde traslada para fecha próxima el tratar en “sesión secreta” los extremos relacionados con las denuncias formuladas por la actuación del concejal y recaudador de contribuciones de este ayuntamiento, Juan Cruz Arana Larrieta, para cuyo caso se pasará estación en forma reglamentaria.
- (21 de noviembre): Esta sesión tenía el único y exclusivo motivo el tratar sobre las denuncias formuladas contra el concejal y recaudador de contribuciones de este ayuntamiento, Juan Cruz Arana Larrieta, por cuyos motivos y por afectar a la honorabilidad de un miembro de la Corporación, la convocatoria y sesión tenían el carácter de secreta y reservada. Efectuando esta manifestación, el alcalde invita al citado concejal, Arana, a abandonar el salón, como así lo hace seguidamente. La alcaldía da cuenta del expediente iniciado a Juan Cruz Arana Larrieta, en virtud de las denuncias formuladas por Jesús Ortiz Gurbista, de Tertanga, Gregorio Villate Hierro y la viuda de Tomás Gobantes, de Délica, y Manuel Mendívil Lartundo, de Tertanga, los tres primeros, por supuestas partidas ficticias o fraudulentas en cuotas de guardería rural, y el último, por haber cobrado el impuesto municipal de 2 pts., por un perro más que el declarado, habiéndolo aumentado en el recibo, mediante enmienda del mismo. El secretario da lectura del expediente incoado, en una fase preliminar, con el decreto de apertura de fecha del día 15 de octubre último, y diligencias de ratificación de las denuncias, con comparecencia y declaración probatoria de las mismas por los denunciantes interesados, tal como consta en el expediente. Una vez hecha la lectura, de los tres primeros denunciantes, aparece claramente, que las cuotas que suponen ficticias, son desglose de guardería rural, que los propietarios han de acumular a sus aumentariados; en el caso concreto de estas denuncias, con arreglo al desglose efectuado de su puño y letra, por el administrador, Néstor Almarza Aranguren, habiéndose limitado el recaudador, Juan Cruz Arana Larrieta, a poner al margen del recibo ordinario de cada uno, la cuota que por tal concepto les correspondía y que a mayor abundamiento, los dos primeros denunciantes habían abonado en años anteriores, y por la tercera lo había hecho, José Ugarte Pinedo, de Délica; en cuanto al cuarto, todo gira a si tenía o no el perro seguro que le cobró, aun cuando el recaudador no pudo hacerlo por sí, sino que en su caso, hubo de dar cuenta al ayuntamiento para el esclarecimiento de tal supuesta ocultación; en su virtud, la Corporación, acuerda, que con el fin de que resplandezca la verdad en todos sus pormenores, y la honorabilidad de Arana quede a salvo, se continue este expediente por los medios legales hasta su resolución definitiva, nombrando como juez instructor del mismo al concejal síndico, Luis Gabiña Orueta.
- (4 de diciembre): La subasta del impuesto municipal de vinos y licores, para el año 1950, había quedado desierta, y por lo tanto había que celebrar una nueva subasta (segunda y última), con rebaja de 500 pts., teniendo lugar la misma el día 18 del actual, dejando subsistente en todo lo demás el Pliego de Condiciones que ha de servir de base a dicha subasta, todo ello de conformidad con la vigente Instrucción de Impuestos. Con voz y voto de los presidentes de las Juntas vecinales del Valle, se procede a la confección del reparto o distribución del cupo obligatorio de entrega de patatas asignado a este municipio, en cantidad de 10.000 kgs., según relación aparte, que la Corporación aprueba, ordenando se envíe copia a cada pueblo a los efectos oportunos. La alcaldía dio cuenta de que el 29 de noviembre último, había efectuado viaje a Vitoria el secretario del ayuntamiento para solventar diversos asuntos oficiales en la delegación de Abastos, con recogida de las cartillas, para el primer semestre del año próximo, Zona de Reclutamiento, Gobierno Civil y Junta provincial de Beneficencia; y la Corporación, acuerda, darse por enterada y que se abonen al secretario las dietas reglamentarias de 60 pts. por viaje efectuado. El alcalde informa que por la “casa Linacero”, de Vitoria, se ofrece a este ayuntamiento una máquina de escribir, marca “Iberia”, carro grande, seminueva, y en magníficas condiciones de funcionamiento, por 5.600 pts.; y la Corporación, acuerda, que siendo conveniente y necesaria la adquisición de una máquina de escribir, antes de formalizar compromiso alguno, por un perito se reconozca dicha máquina, y a la vista del informe que emita, resolver en su día en consecuencia. El Servicio Especial del Magisterio de Álava, interesando el desplazamiento de un maestro-a del Valle al cursillo onomatopéyico que ha de celebrarse en Vitoria, los días 1,2,3,de diciembre, y siendo de cuenta del ayuntamiento los gastos de desplazamiento y estancia en la capital, la Corporación, acuerda, que no existiendo consignación en el presupuesto pata tal fin y no consintiéndolo en modo alguno la situación del erario municipal, lamentándolo mucho no es posible acceder a lo mismo. Por un escrito de la Comisión “Pro día del Seminario”, de Vitoria, interesando un donativo con motivo de la implantación de tal día, el 8 de diciembre de cada año; la Corporación, acuerda, se abone la consignación de 25 pts., en concepto de subvención y que con tal fin, figura en el presupuesto. Por medio de una moción de varios concejales, teniendo en cuenta lo avanzado de la estación y el estado naciente de los sembrados, tan intercalados en las rastrojeras, la Corporación, acuerda, que a partir del próximo día 11 de diciembre, queden vedadas a la pasturación las rastrojeras del término, conforme a ordenanza. Facturas: son examinadas, aprobadas y declaradas de abono las siguientes facturas: J. Linacero, de Vitoria, suministros varios, 522,15 pts.; a la Zona de Reclutamiento, por los impresos del Censo de requisición Militar, 14,75 pts.; a la delegación de Abastos, por impreso obligatorio parta formación de Censos de racionamiento, 11,45 pts.; al Montepío Nacional de Administración Local, por la cuota de diciembre, 133,98 pts.
- (18 de diciembre): Este día tuvo lugar la segunda subasta pública, el remate del impuesto de vinos y licores para el año de 1950, siendo adjudicado, provisionalmente, hasta la aprobación del ayuntamiento, al último postor, Sebastián Apodaca Gómez, de Aloria, en 5.500 pts., siendo su fiador, Lorenzo Apodaca Gómez, de Aloria, elevándola a definitiva a favor de Sebastián Apodaca Gómez, en la citada cifra, admitiendo al fiador propuesto, otorgándole la correspondiente escritura el día 28 del actual, con arreglo al Pliego de condiciones. Visto el escrito que eleva al Gobernador Civil de Álava, el alcalde pedáneo de Aloria, Andrés Ugarte Santamarina, en súplica de que se admita la renuncia al cargo que ostenta, por pasar de 60 años de edad, y no creerse con fuerzas para su desempeño normal; la Corporación, acuerda, informar favorablemente dicho escrito, y proponer al Gobernador Civil, a Lorenzo Apodaca Gómez, de Aloria, para que le sustituya. Se informa que el proyecto de presupuesto municipal ordinario del año 1950, debe ser examinado por la Corporación en tiempo hábil; y ésta acuerda, reunirse para el examen y aprobación del presupuesto ordinario de 1950, sin ulterior aviso. Por un escrito del alcalde de Santa María de la Alameda, de Madrid, sobre varios importantísimos extremos sobre la legislación actual de Montes, en sus aprovechamientos madereros, y forma de conseguir de los poderes públicos algunas modificaciones en aquellos puntos desfavorables a los intereses de los municipios; la Corporación, acuerda, darse por enterada y que se esté a lo que la mayoría de los ayuntamientos alaveses puedan en sui día acordar sobre tal asunto. Examinadas las peticiones de premio por la destrucción de animales dañinos, la Corporación, acuerda lo siguiente: manifestar a Julián Apodaca Ortiz de Guinea, de Aloria, que el animal destruido el día 14 del actual y que debe ser un garduño, se ha comprobado que es un gato montés, sin opción al premio de 10 pts., por la destrucción de un ave grande de rapiña, considerada como águila. Facturas: son examinadas, aprobadas y declaradas de abono las cuentas y facturas: a la Caja Provincial de Ahorros de Álava, por el 5º plazo de amortización del préstamo e intereses adelantados del sexto, hasta el 14 de junio de 1950, 4.025,55 pts.; a la viuda de Iturrino, de Orduña, por suministros de materia de oficina, 69,95 pts.
(28 de diciembre): Proyecto de presupuesto del año 1950. Se reconoce un quinquenio de 270 pts./año, a partir del 1 de abril de 1950 a favor del alguacil guarda-rural, Francisco Pérez Alonso; aumento de 250 pts. en la consignación del personal temporero, para la formación del Censo general de habitantes de 1950; consignación de 3.000 pts. a cuenta de la posible adquisición de una máquina de escribir; aumento de las dietas de viaje, a saber: a Vitoria, de las 60 pts. actuales a 70 pts.; y a Amurrio, viaje ordinario, 20 pts., y extra, 35 pts.; elevar la cifra del Seguro de Incendios de la casa Consistorial hasta 10.000 pts., en lugar de las 2.000 actuales; abonar, de acuerdo con la disposición ministerial del 25-6-1949, la subida anual de 750 pts. al Juzgado de Paz, al personal que lleva el servicio , concretamente al secretario, abonándole, también, la cuota correspondiente al año 1948, ya que los anteriores, no reclamados, quedan como compensación de la parte que le correspondía entregar personalmente en las cuotas del Montepío Nacional de Administración Local, hasta el 31-12-1949; y elevar en el capítulo 9º, la consignación de gastos de la “fiesta patronal” hasta 1.000 pts. La Corporación, acuerda, aprobar la tarifa de Consumos y la ordenanza para el Repartimiento del déficit del presupuesto municipal ordinario del año en curso, ambas para la del ejercicio de 1950, sin alteración de clase alguna, dándose a conocer al público. Subsistiendo las mismas causas de carestía de vida que en años anteriores y siguiendo las normas del Gobierno de la Nación para los empleados y funcionarios públicos; la Corporación, acuerda, la concesión de una paga extra al secretario, depositario y alguacil guarda rural, consistente en los 2/3 de un mes, al igual que el año último; y asimismo, al alguacil,u na gratificación de 250 pts. por los servicios prestados en el año actual en el peso y control de carnes, que se retrotraerán del respectivo cargumen de Ingresos, con minoración del mismo, al formularse el cargo correspondiente; y a Dionisio Arana Alonso, una gratificación de 500 pts., por los servicios prestados como auxiliar temporero de secretaría; y al peatón de Correos, Mauricio Tellería, 35 pts.