Andrés de Poza. El memorial de un polímata (II)
- El Memorial de los servicios de Andrés de Poça
Durante los siglos XVI y XVII, la correspondencia administrativa oficial resultó imprescindible para el funcionamiento del Estado absoluto, “hasta el punto de que éste resultaría inexplicable sin tomar en consideración el ingente volumen de cartas que a diario circulaban por la Corte entre los altos dignatarios y entre éstos y toda clase de entidades y personas de dentro y fuera del Reino”. Todavía en el siglo XVII, la Corte se hallaba repleta de gentes llegadas de todos lados con sus memoriales bajo el brazo, confiando en que, si no eran escuchados, al menos tendrían ocasión de entregarles los documentos a los reyes en mano. Una y otra vez, decretos de los Consejos ordenaban la expulsión de la Corte de los diputados que llegaban en representación de ayuntamientos y otros colectivos, pues su presencia y sus demandas de ser escuchados se consideraban ya un incordio inútil para la tramitación de los asuntos. Sin embargo, y contra lo que pueda imaginarse, hubo casos en los que ciudadanos de a pie llegaron a conseguir entregar personalmente un documento al rey (el Capitán Contreras cuenta un episodio autobiográfico), aunque usualmente, en el mejor de los casos accedían a cortesanos más o menos influyentes que, con suerte, entregaban el memorial en la Cámara con una breve intercessio. El procedimiento legal, entregar las peticiones o memoriales en la Secretaría de Cámara, para que ésta decidiera su remisión a la oficina pertinente, levantó siempre un enorme recelo en todos, pues se sospechaba que ello abría la posibilidad de que el rey jamás fuese informado de lo contenido en el documento, como de hecho sucedía en la mayoría de las ocasiones. Las cartas públicas o privadas empleadas en la tramitación de procedimientos administrativos o judiciales no tenían valor procesal, se empleaban en la comunicación entre el juez instructor y sus superiores jerárquicos mediante los oficios o informes, así como en la recepción de denuncias o diversas informaciones procesales a través de los memoriales. Con la llamada vía de expediente proliferaron estos escritos, denominados cartas o memoriales indistintamente; sin embargo, desde una perspectiva diplomática, es posible distinguirlos por las diferencias “de formulario y de proceso de expedición” y, a la vez, según sus “contenidos y funciones administrativas”. Además, llegaban a la Corte documentos de carácter secreto, algunos de ellos cifrados, y otros simplemente reservados, que “transmitían cuestiones puramente personales” y que no formaban parte de los procedimientos ni se comunicaban a las partes. De todos modos, aunque la vía de expediente tiene su origen en el siglo XV, “todavía a comienzos del XVI no había sido capaz de generar unos usos documentales mínimamente normalizados, recurriéndose unas veces a las prácticas seguidas en la correspondencia epistolar privada y otras, las más, a formularios imitativos de la vía de justicia”. La solicitud para que se iniciara un expediente se podía tramitar por medio de dos documentos diferenciados, la petición, más usual, y el memorial, entendido como cualquier documento peticionario llegado desde fuera de la Administración con una finalidad informativa. Los memoriales presentaban formas muy variadas: peticiones, epístolas y narraciones con métodos expositivos tomados de la literatura, del ensayo “o incluso de la escolástica: tesis, antítesis y síntesis”, aunque la formulación más común se inspiraba en la petición, sustituyendo la cláusula de súplica por un dictamen, por un parecer o por una conclusión. Su esquema básico estaba formado por varios elementos: invocación (cruz); dirección (tratamiento de cortesía); preámbulo (no permanente); exposición; dictamen o parecer (no permanente); cláusula de cortesía; data (no siempre); cláusula de sometimiento (poco usual en el siglo XVII), y suscripción (no siempre).
Ya en 1575, “con el fin de canalizar la documentación que llegaba de Madrid”, se redactó un manual bajo el título Reglas generales para remitir memoriales, destinado a los secretarios de los Consejos. El memorial de Andrés de Poza en el que suplica una plaza de asiento en Perú forma parte de un expediente dirigido al rey Felipe II que se conserva en el Archivo General de Indias. Es un legajo en papel compuesto por una portada con el título: “Memorial de los servicios del licenciado Andrés de Poça. 1984”, y veintidós hojas sin numerar que comienzan con una breve carta autógrafa, o instancia, firmada por Andrés de Poza, que introduce el memorial y adelanta la petición: [cruz] Muy Poderoso Señor: El licenciado Andrés de Poça, natural de la ciudad de Orduña; para que a Vuestra Alteza mejor conste de la calidad de sus servicios, y de su padre, y tío y dos hermanos que fallecieron en su real servicio, y del rizgo de su persona, con que él ha servido a mucha costa de su hazienda. Haze presentación d’este memorial con la información, testimonios, y títulos; sacados y tresladados de los originales de que haze demonstración. A Vuestra Alteza pide y suplica los mande ver y examinar, y le haga merced de le continuar en su Real Servicio conforme a la calidad de su persona, limpieza, letras y servicios. [firma: El licenciado Andrés de Poça] [rúbrica]Con la carta, presenta los siguientes documentos: II) una copia del memorial fechada “en Madrid, a primero de diziembre 1584”, cuando se presentó el escrito; III) una primera “comissión que se dio al licenciado Poza contra los que tenían trato y inteligencia con los rebeldes […]. Sellada con el sello secreto de su magestad en forma de placarte”, firmada en Amberes, el 18 de noviembre de 1575, por don Luis de Requesens, por mandado de su excelencia Berty; IV) una segunda “comissión con inhibitoria general para que el licenciado Poza conozca de los recetadores de los rebeldes y de los que contratan con ellos […], y el sello secreto de su magestad en forma de placarte”, firmada en Amberes, el 4 de noviembre de 1575, por don Luis de Requesens, y publicada en Breda el 7 de diciembre del mismo año; V) otra “comissión para secrestrar los bienes de los ausentados y para enquirir los herejes notorios […]. Sellada con el sello secreto de su magestad en forma de placarte”, firmada el 26 de mayo de 1575 por don Luis de Requesens, por mandado de su excelencia Berty; VI) “la comissión que se ganaron las islas del Finarte para que el licenciado Poza secrestasse los bienes de los rebeldes; y inventariasse los que eran de Su Magestad […]. Sellada con el sello secreto de su magestad en forma de placarte”, firmada en Amberes, el 3 de julio de 1575, por don Luis de Requesens, por mandado de su excelencia Berty; VII) “la inhibitoria de los estados cuando falleció el Comendador Mayor para que el licenciado Poza cessasse y sobreeyesse en sus comissiones”, dada en Bruselas a 19 de marzo de 1576 por mandado del Consejo de Estado de su Majestad; VIII) una “carta de Gerónimo de Roda en que agradece de parte del Comendador Mayor el servicio que iva haziendo el licenciado Poza”, firmada en Amberes el 8 de diciembre de 1575; IX) la “certificación y fe de Gerónimo de Roda en razón de los servicios del licenciado Poza”, sellada en Maastricht, a 25 de abril de 1577; X) “otra fe del proveedor Juan de Yssunça”, sellada en Madrid, a 2 de noviembre de 1578; XI) “Aquí sigue la información tomada por comissión del corregidor de Vizcaya en razón de los servicios del licenciado Poza y de los riezgos con que ha servido”, en la villa de Bilbao, a 4 de noviembre de 1583; XII) el “Interrogatorio”, de 5 y 8 de noviembre de 1583, con el “dicho y deposición de Juan de Olaegui” y el “dicho y deposición de San Pedro de Adaro”; XIII) un resumen del memorial: “Del licenciado Andrés de Poça. Madrid, 1584. Pide una plaça de asiento en Nueva España o Pirú”; y, finalmente, XIV) el memorial propiamente dicho, expedido el 15 de noviembre de 1584, según consta en lo que parece el sobre, con destino “al presidente del Consejo de Indias”. La estructura del memorial se atiene al modelo de los informes peticionarios. Comienza con una invocación a la divinidad por medio del símbolo de la cruz y con el tratamiento de cortesía: “Sacra Católica Real Magestad”, en el que queda implícita la dirección. Sigue el breve preámbulo que introduce la exposición, organizada en varias secuencias en las que se relatan progresivamente los argumentos del asunto hasta llegar a la súplica que antecede a la cláusula de cortesía. La data: “A XV de noviembre, 1584” y el nombre del remitente: “El licenciado Andrés de Poza”, sin suscripción, se registran en la última hoja, en la que se lee también: “Al presidente del Consejo de Indias”. La primera mención a este expediente se encuentra en una investigación que Joaquín Gorrochategui dedicó a Poza en relación con la lengua vasca. En una nota alude a un documento hallado en Sevilla referente al licenciado que haría posible “iluminar algunos puntos de su biografía. Al parecer esta información había llegado a manos de L. Michelena, pero desgraciadamente no tuvo tiempo ni ocasión para valerse de ella ni para comunícanoslo”. Este documento se corresponde con el memorial de Poza que José Garmendia Arruebarrena había descubierto en el Archivo General de Indias repasando otros legajos para completar su investigación sobre la presencia vasca en América entre los siglos XVI y XVII. En 1988, Garlos González Echegaray publicó una reproducción facsímil del memorial y un resumen del contenido. Posteriormente, la Diputación Foral de Vizcaya presentó una edición anotada del expediente completo con el texto actualizado y algunos errores de interpretación gráfica. Para este trabajo he utilizado mi propia edición, basándome en la transcripción del memorial fechado el 15 de noviembre de 1584, por ser anterior al primer traslado del 1 de diciembre y por estar escrito con un tipo de letra muy similar al de la carta autógrafa, sin que se pueda afirmar con absoluta certeza que se trate del original. La copia de diciembre es una reproducción casi exacta, salvo por algunas variaciones gráficas, del documento datado en noviembre.
M.ª Consuelo Villacorta Macho