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Don Pedro López de Ayala

Don Pedro López de Ayala

Pedro López de Ayala será una de las personalidades más destacadas de este linaje. Canciller mayor del reino, intervendrá activamente en las guerras y asuntos políticos de los cuatro monarcas castellanos, cuyo reinado vivió, en el siglo XIV.

Inicialmente servidor de don Pedro I, le abandonó en favor de su hermano Enrique de Trastamara. Posteriormente, con Juan, protagonizará misiones diplomáticas, y formará parte del Consejo de Regencia, durante la minoría de edad de Enrique III. Como resultado de estas actividades don Pedro, como muchos otros representantes de las grandes casas de la época, vio aumentar sus posesiones y rentas, y en ocasiones estas situaciones derivarán en un conflicto de intereses, enmarcables en las luchas que caracterizan la sociedad bajo-medieval. El empeño de los “señores” en aumentar sus fuentes de ingresos, en un momento en que estos disminuyen considerablemente, desembocará en una serie de conflictos entre señores y campesinos, entre señores y eclesiásticos, entre señores y mercaderes, surgiendo de todos estos conflictos lo que se llamó “lucha de bandos”.

Uno de ellos fue, la pugna entre don Juan, hijo del rey AlfonsoXI, y el solar de Ayala, por las aldeas de Delika, Artómaña, Aloria y Tertanga, más la entonces aldea, hoy barrio orduñés, Arbieto. D. Fernán Pérez de Ayala, padre del canciller, consideraba que las aldeas le correspondían, alegando que siempre las habían poseído sus mayores.

Por su parte, el concejo de Orduña reclamaba su posesión; cuando el rey d. Alfonso dio la villa al infante d. Juan, el concejo se había apoderado de ellas. La Chancillería de Valladolid, daría la sentencia el 14-6-1380[1], por la cual Orduña debía restituir la posesión de las aldeas a d. Fernán, aunque el concejo de la entonces villa resistió hasta que fue dada una nueva sentencia, el 16-5-1391: definitivamente, las aldeas del valle son posesión del Canciller Pedro López de Ayala y de los que tuvieran después el Señorío de Ayala, aunque los vecinos de Orduña pudieran cortar hierba y monte en dichas aldeas.

Don Pedro López de Ayala tomó posesión de su señorío y jurando mantener  los fueros y libertades del valle, en la iglesia de Santa María de Delika, en 1380. El señorío de Arrastaria no llevaba consigo el patrón de esta iglesia, porque a mediados del siglo XVI los clérigos de Delika manifestaban que en su iglesia “no había otro patrono que los 7 beneficiados“, que presentaban clérigos para cubrir las vacantes y tomando conceder exenciones para erigir capillas y disponer sepulturas.

Con el nuevo representante de la casa de Ayala parecen crecer los intereses en el alto Nervión. Este señorío, limítrofe con el de Orduña, necesitaba de éste como paso obligado para acceder a la meseta. Además, desde 1257,  a obligación de que todas las mercancías circularán por la villa le perjudicaban. Aprovechando la minoría de Enrique III, el canciller se convertirá en un importante punto de apoyo para el rey, lo cual conllevará una serie de contrapartidas.

A pesar de que en 1392 una real cédula confirma los privilegios de Orduña ante el Papa y el rey de Francia, durante el Cisma de Occidente. La promesa, conocida por una cédula del rey católico, alude exactamente a la entrega de la villa de Orduña o de 1.000 doblas castellanas; de no cumplir su palabra en el término de un año, le autorizaba a tomar posesión de la villa como si efectivamente le hubiera sido donada. Pero la muerte del rey, hizo que nada de esto se llevara a cabo, como también dice la cédula, pero este compromiso se utilizará como argumento por parte de los herederos del canciller, para ejercer sus derechos sobre Orduña.

El privilegio otorgado por Juan II, el 6-2-1430, a favor de Hernán Pérez de Ayala, su merino mayor de Gipuzkoa y de su consejo, alude a los “recados” que le fueron presentados, que contenían que el rey Enrique, su padre, concedía a Pedro López de Ayala, la entonces villa de Orduña, para sí y sus herederos. Si bien no se logra la posesión de la villa, Juan II, en esta ocasión, le concede un juro situado sobre las rentas de Orduña y Vitoria, 10.000 mrs. Sobre las alcabalas de de las aldeas de Vitoria, 4.000 mrs. Sobre las escribanías de Vitoria, 10.000 mrs. Sobre el pedido viejo que Orduña paga con la Merindad de allende del Ebro, y en todas las otras alcabalas de Orduña, 16.000 mrs.

Un nuevo privilegio de Juan II, concediendo a este noble otros 40.000 mrs de renta anual, situados sobre las alcabalas de las villas de Tolosa  y Segura (30.000 mrs.) y sobre las rentas de Orduña, 10.000 mrs, en 1431, nos da idea de la importancia de este linaje en la vida regia, así como la insistencia que muestra en la posesión de la villa de Orduña.

A mediados del siglo XV el mariscal d. García López de Ayala, conjugaría ambos factores para, por fin, lograr que Enrique IV le conceda la posesión de Orduña.

  1. García será uno de los acompañantes del rey en su visita a Luis XI de Francia, para solicitarle su intervención en el conflicto entre las coronas de Castilla y Aragón.

Pero pronto revocará el rey, una donación que había realizado, presionado por las circunstancias. En 1467, el concejo orduñés comunicaba su deseo de incorporarse al Señorío de Vizcaya, argumentando motivos económicos. Mientras Orduña formó parte del Condado, contribuía con 10.000 mrs. de pedido forero, mientras que al verse obligados a tributar con la Merindad de Castilla La Vieja, no sólo había de pagar los 45.000 mrs. que le correspondían, sino que se quejaban de que se les exigía más.

El 27-7-1467, un albalá de Enrique IV, deja incorporada Orduña al Señorío de Bizkaia, ordenando que no podía ser donada en señorío; la equipara así a las otras villas vizcaínas, y deberá contribuir con 45.000 mrs. de pedido, los cuales se sumarán a los 10.000 mrs. de pedido viejo. Se exime a la villa del pago de alcabalas (impuesto castellano del que ya había sido eximida, en 1366) y enmienda la donación que hizo de ella al mariscal, apartando también de sus manos las aldeas del valle (Délica, Tertanga, Artomaña, Aloria y Arbieto).

Esta decisión podría estar relacionada con las contribuciones económicas orduñesas, durante los difíciles momentos atravesados por el rey castellano, aunque también debió ser determinante el posicionamiento del mariscal al lado del infante d. Alonso, en la lucha de éste por el trono.

  1. Alfonso, que se arrogaba el título y funciones del rey, premió su apoyo, contraviniendo lo decretado por su hermano, donando Orduña al mariscal. A pesar de que el infante murió en 1468, algunos autores opinan que d. García López de Ayala lograría seguir controlando Orduña, a pesar de la oposición del rey d. Enrique, ya que mantenía sus posiciones en el castillo, desde donde ejercería su poder. Por lo tanto, el albalá mencionado, más que el fin de esta cuestión, no sería sino un episodio a añadir en la larga pugna mantenida por Orduña, para no desvincularse de Bizkaia, frente a la voluntad de quien quería retenerla bajo su señorío y dominio personal.

Fue durante el reinado de los Reyes Católicos cuando se solucionó definitivamente esta situación, no sin antes padecer la población orduñesa una serie de cambios de dominio, fruto de los titubeos de estos reyes. De ahí que en los primeros años de su reinado separaran y volvieran a vincular Orduña al Señorío de Bizkaia en repetidas ocasiones, siendo durante el reinado de estos señores cuando se le concedió a Orduña, el título de ciudad.

Recién iniciado este reinado, el mariscal Ayala consiguió que los Reyes Católicos le confirmasen como señor de Orduña y sus aldeas, aunque debido a las protestas del Señorío, como de la ciudad, la revocación fue casi inmediata.

A este tiempo le sucedieron otros más tumultuosos en los que Orduña pasó malos momentos, y en los que siempre estaba de por medio el señor de Ayala.

Por fin, la sentencia dada el 27-6-1477, en la aldea de Poza, por el tribunal constituido en ella.

En la misma se obligaba a María Sarmiento y a su hijo Fernando, a devolver los bienes robados y a reparar los daños, cuantificados en más de 20 millones de maravedíes, más de 585.000 reales, para los que se establece un plazo de un mes. Varias decenas de persona más fueron condenadas a muerte, junto con los personajes principales, el mariscal y el conde de Treviño,

En 1477  a sentencia pronunciada contra el conjunto de personas (de Orduña, Orozco, Llodio y Valmaseda ) que

“adictas al mariscal García López de Ayala, se había rebelado contra el señor Rey e contra la hermandad “. La pena de muerte que se impuso a los culpables había de ser ejecutada del siguiente modo: a los hidalgos, después de cortar pies y manos, se los había de empozar, ”con sendos cantos en la garganta“ en cualquier río o pozo de agua profunda, donde permanecerían “ fasta que mueran e las ánimas les sean apartadas de las carnes “; a los villanos se les ahorcará “con sendas sogas de las gargantas, e estén ende altos de tierra, fasta que mueran naturalmente“.

Al de un tiempo la Corte de Castilla nombró jueces especiales para dictaminar sobre esta cuestión, y la sentencia de Poza debió quedar sin efecto.

Mientras los jueces evaluaban lo sucedido, los Reyes Católicos impusieron una tregua; para ello fue necesario reducir a las gentes del conde de Treviño, apostadas en el Castillo de Orduña. El Corregidor, Juan de Torres, con 500-600 hombres, mandados por el capitán Juan de Salazar, más la ayuda de gente del entorno, sobre todo de la zona de Losa, desalojó la fortaleza, que le fue entregada a Fernando de Acuña, para que la tuviese en tercera, por voluntad regia.

El rey Fernando, después de dictaminar los jueces, contra los ocupantes de la ciudad y examinar las reclamaciones de la misma, despachó en Toledo, una cédula el 11-21480, tratando varios puntos: por un lado refería los motivos por los cuales se vio obligado a conceder al mariscal el señorío de Orduña, excusándose por ello. Por otro lado afirmaba, tras examinar los privilegios ya concedidos a la ciudad, que quedaba demostrado el carácter vizcaíno de ésta, por lo que la incorporaba de manera definitiva al señorío de Bizkaia. Por último, concedía al mariscal y a su hijo la continuidad en la tenencia de la fortaleza de la ciudad; para mayor seguridad en el futuro se exigía al mariscal su renuncia de los derechos sobre Orduña.

El 9-3-1480, en Quejana, residencia de los señores de Ayala, firmaría el mariscal un documento de renuncia, redactado por mandamiento real; su mujer lo haría al día siguiente, en el castillo de Orduña.

La reparación por los daños causados quedarían muy lejos de lo establecido, en la sentencia de Poza, tres años antes.   La pena fue: 400.000 mrs. y la devolución de los bienes ocupados. El conde de Treviño aportaría dos tercios de la sentencia; el resto, el mariscal y su hijo. Para ello tenían un plazo de 10 días, y en cuanto a los bienes, los vecinos tenían licencia para recuperar lo que les pertenecía, sin necesidad del mandamiento del juez.

El 21-7-1481 los Reyes Católicos confirmaban los privilegios de Orduña, recordando la participación de la ciudad en la “guerra de sucesión“ contra el rey de Portugal “en la defensa de Fuenterrabia“ y “en la armada contra los turcos y contra el rey de Francia”, y en reconocimiento de tales servicios, prometían no darla, enajenarla, ni separarla de la corona real “teniéndola en uno con su condado y señorío de Vizcaya”. Orduña libre del mariscal, aunque este continuaba en su fortaleza de la ciudad. La ciudad de Orduña, compró, después de 1521 , el castillo de los Ayala en Orduña, con su ronda y término, que una vez agregado a la Corona, en 1523, se demolía por orden del rey Carlos, para evitar más alborotos, como los provocados por el mariscal don  García y su hijo el comunero, Pedro López de Ayala.

En el siglo XVI se documenta la celebración de las juntas de Arrastaria “ a campana repicada según uso y costumbre”, junto a la iglesia de “Santa María de Odélica” , a veces se denominaba “en el campo de Arrastaria” o “en el campo de Uriondo”, desde donde los junteros iban a oír misa a la parroquia de Santa María. En una casa adjunta, aneja a la iglesia, se custodiaban las armas (cascos y coseletes, picas y otras armas) que disponía dicha junta para entregar a los soldados que el valle debía tener dispuestas, en casos de levas o llamada de guerra.

 

[1] En 1260 Orduña consigue un privilegio por el que se aplica el fuero local en las heredades propiedad de orduñeses situadas en las aldeas del valle de Arrastaria. Por tanto, se supone, que perteneció a la villa de Orduña y Señorío de Vizcaya. En las ordenanzas de 1373, Arrastaria pertenecía a la jurisdicción de Orduña. En 1380, fray Fernán Pérez de Ayala, dominico, señor de la casa de Ayala, pleiteó contra Orduña, sobre la propiedad de las aldeas del valle, sentenciando a su favor el rey, incorporando dichas aldeas a Álava.

 

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