<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>Ezagutu Urduna</title>
	<atom:link href="http://www.ezagutuurduna.net/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>http://www.ezagutuurduna.net</link>
	<description>P&#225;gina sobre Ordu&#241;a</description>
	<lastBuildDate>Mon, 10 Aug 2026 17:22:03 +0000</lastBuildDate>
	<language>es</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=6.9.4</generator>
<site xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">141810255</site>	<item>
		<title>Documento de 1496</title>
		<link>http://www.ezagutuurduna.net/documento-de-1496/</link>
					<comments>http://www.ezagutuurduna.net/documento-de-1496/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[mitxel]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Nov 2026 06:57:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Documentación]]></category>
		<category><![CDATA[Historia]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.ezagutuurduna.net/?p=5471</guid>

					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" fetchpriority="high" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?w=720 720w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?resize=300%2C225 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="4361" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/?attachment_id=4361" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=720%2C540" data-orig-size="720,540" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="aaa" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=720%2C540" /></div>ORDUÑA (Documento de 1496) 1496, febrero, 27. Tortosa. Mandamiento para que en Bizkaia se haga un repartimiento de 500 hombres de mar para ir con la archiduquesa a Flandes. // (Fol. 1 rº) Rey y reyna. Para que en Vizcaya se repartan quinientos peones para yr con la archyduquesa. Don Fernando e doña Ysabel, etçétera. [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?w=720 720w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?resize=300%2C225 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="4361" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/?attachment_id=4361" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=720%2C540" data-orig-size="720,540" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="aaa" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=720%2C540" /></div><p>ORDUÑA (Documento de 1496)</p>
<p>1496, febrero, 27. Tortosa.</p>
<p>Mandamiento para que en Bizkaia se haga un repartimiento de 500 hombres de mar para ir con la archiduquesa a Flandes. // (Fol. 1 rº) Rey y reyna.</p>
<p>Para que en Vizcaya se repartan quinientos peones para yr con la archyduquesa.</p>
<p>Don Fernando e doña Ysabel, etçétera. A vos, los conçejos, corregidor, alcaldes, prestamero, merynos, prebostes, cavalleros escuderos, ofiçiales e omes buenos de las villas y lugares del nuestro señorío y condado de Viscaya con Las Encartaçiones e con la çibdad de Orduña, e a vos, Garçia de Cotes, nuestro corregidor de la çibdad de Burgos, e a cada vno de vos a quien esta nuestra carta fuere mostrada, o su traslado sygnado de</p>
<p>escribano público, salud e graçia.</p>
<p>Sepades que nos mandamos repartir en esas partes çierta gente para que vaya en la armada en que en buena ora ha de yr la archyduquesa, nuestra muy cara e muy amada hija, de la qual dicha gente cabe a esa dicha çibdad de Orduña e villas e lugares dese dicho nuestro condado e señorío de Viscaya e con Las Encartaçiones quinientos peones, onbres de la mar, cada vno dellos con sus coraças e casquetes e vallesta con dos dozenas de saetas en su aljava.</p>
<p>Porque vos mandamos que luego que con esta nuestra carta fuerdes requeridos vos, el dicho Garçia de Cotes, e el dicho nuestro corregidor, o vos, el dicho nuestro corregidor sy el dicho Garçia de Cotes no estouyese ay, junto con los procuradores de los dichos conçejos, fagades luego el dicho requerymiento de los dichos quinientos peones, onbres de la mar, cada vno con sus armas e casquete e vallesta, con dos dosenas de saetas en su aljava, segund dicho es, por esa dicha // (Fol. 1 vº) çibdad de Orduña e villas e lugares dese dicho nuestro señorío y condado de Viscaya, con las dichas Encartaçiones. Que todos sean onbres de la mar, e que sean prestos y aperçibidos a punto de guerra, cada vno con las dichas sus coraças, e casquete, e ballesta y aljaba, con las dichas dos dozenas de saetas, para treynta días del mes de março dete presente año, para partyr en la dicha armada cada e quando que nos les mandaremos.</p>
<p>A los quales dichos quinientos peones mandaremos dar todo el mantenymiento que ouyere menester desde el día que partyere la dicha armada con la yda y estada e tornada a sus casas. E mandamos a los dichos conçejos e personas en quyen asy fizierdes el dicho repartymiento, que cunplan el dicho repartymiento que asy por vos fue fecho, e sean adiestrados e prestos para el dicho término so las penas que vos, de nuestra parte, les pusyerdes. Las quales, nos, por la presente, les ponemos e avemos por puestas e vos damos poder cunplido para las executar en las personas e bienes de los remysos e ynobedientes, con todas sus ynçidençias e dependençias, anexidades e conexidades. E no fagades endeal.</p>
<p>Dada en la cibdad de Tortosa, a XXVII del mes de febrero, año del nasçimiento de IUIIIIXCVI años. Yo el rey, yo la reyna. Yo Fernandes de Çafra, escribano del rey e de la reyna nuestros señores la fize escribir por su mandado.</p>
<p><a href="https://www.enkarterrimuseoa.eus">https://www.enkarterrimuseoa.eus</a></p>
<p>ENCARTACIONES</p>
<p>Goio Bañales García</p>
<p>DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA (Y DE LAS CASAS SOLARES DE AIARA, VELASCO, SALAZAR Y BAÑALES) 1297-1821</p>
<p>Archivo General de Simancas.</p>
<p>RGS,LEG, 1496-02-27</p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>http://www.ezagutuurduna.net/documento-de-1496/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">5471</post-id>	</item>
		<item>
		<title>GARVIRAS MONROY, Víctor</title>
		<link>http://www.ezagutuurduna.net/garviras-monroy-victor/</link>
					<comments>http://www.ezagutuurduna.net/garviras-monroy-victor/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[mitxel]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Nov 2026 06:43:22 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Celebridades]]></category>
		<category><![CDATA[Popular]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.ezagutuurduna.net/?p=5449</guid>

					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="169" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?fit=300%2C169" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?w=1200 1200w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?resize=300%2C169 300w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?resize=1024%2C576 1024w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?resize=768%2C432 768w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?resize=1080%2C608 1080w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="4347" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0/" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?fit=1200%2C675" data-orig-size="1200,675" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;1&quot;}" data-image-title="f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?fit=1024%2C576" /></div>GARVIRAS MONROY, Víctor Nació en Orduña, el 27 de Julio de 1793. Ingresó en el ejército como soldado voluntario en el regimiento de Húsares de Iberia el 20 de Junio de 1808, ascendiendo durante la guerra de la Independen­cia a cabo 2&#8242; el 20 de Diciembre de 1809; a cabo 1° el 20 de Abril [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="169" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?fit=300%2C169" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?w=1200 1200w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?resize=300%2C169 300w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?resize=1024%2C576 1024w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?resize=768%2C432 768w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?resize=1080%2C608 1080w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="4347" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0/" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?fit=1200%2C675" data-orig-size="1200,675" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;1&quot;}" data-image-title="f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/04/f8566598-2d67-4613-a639-efdc8da04f26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg?fit=1024%2C576" /></div><p>GARVIRAS MONROY, Víctor</p>
<p>Nació en Orduña, el 27 de Julio de 1793. Ingresó en el ejército como soldado voluntario en el regimiento de Húsares de Iberia el 20 de Junio de 1808, ascendiendo durante la guerra de la Independen­cia a cabo 2&#8242; el 20 de Diciembre de 1809; a cabo 1° el 20 de Abril de 1810; a sargento 2&#8242; el 10 de Agosto de 1810 y a sargento 1&#8242; el 8 de Febrero de 1811. Pasó con fecha de 14 de Mayo de 1814, a for­mar parte del Resguardo Montado de Cantabria. Tras la llegada del régimen constitucional reclutó una partida de caballería que, con el nombre de Cazadores de Vizcaya, mandó como comandante desde el 27 de Abril de 1812 hasta que, en Mayo de 1823, quedó incor­porado al escuadrón de la Reina Amalia que comandaba Cuevillas. Finalizada la Campaña Realista fue clasificado, con fecha de 24 de Mayo de 1824 como teniente de caballería con grado de capitán. En la fecha del levantamiento carlista se encontraba con licencia ilimi­tada con residencia en Bilbao, pasando a formar parte del escuadrón denominado Lanceros de Vizcaya recibiendo la misión de levantar el Norte de la provincia de Burgos, participando en el proyecto de invasión de la provincia de Santander que terminaría con la derrota de la acción de Vargas. Ascendió a capitán efectivo con grado de teniente coronel el 20 de Diciembre de 1834 y a comandante de escuadrón el 24 de Enero de 1837. Se adhirió al Convenio de Ver-gara, reconociéndosele el empleo de comandante en Septiembre de 1841, con la antigüedad del convenio, pasando con licencia ilimita­da al depósito de Burgos, de donde el 10 de Octubre de 1842 pasó a supernumerario y a depender del regimiento de caballería España, pasando luego a la situación de reemplazo. El 6 de Junio de 1844 se le reconoció la graduación de teniente coronel, recibiendo licencia absoluta en 1846, año en que solicitó la secretaría de policía y segu­ridad pública de Medina del Campo (Valladolid) a donde pasó en 1847<a href="#_ftn1" name="_ftnref1">[1]</a>.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="#_ftnref1" name="_ftn1"></a>Gallego, José Antonio: El Levantamiento Carlista de Castilla La Vieja, Madrid 2002, p. 287­288; Gallego, José Antonio: Primera Guerra Carlista: La expedición de Sanz (14 a 24 de Septiembre de 1834), Aportes 87(2015), p. 159-202.</p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>http://www.ezagutuurduna.net/garviras-monroy-victor/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">5449</post-id>	</item>
		<item>
		<title>“BASCONGADOS E LATINADOS”. UNA INTERPRETACIÓN DE LA HISTORIA SOCIOLINGÜÍSTICA DEL ALTO NERVIÓN (I)</title>
		<link>http://www.ezagutuurduna.net/bascongados-e-latinados-una-interpretacion-de-la-historia-sociolinguistica-del-alto-nervion-i/</link>
					<comments>http://www.ezagutuurduna.net/bascongados-e-latinados-una-interpretacion-de-la-historia-sociolinguistica-del-alto-nervion-i/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[mitxel]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 02 Nov 2026 06:53:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cultura]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.ezagutuurduna.net/?p=4079</guid>

					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?w=1600 1600w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?resize=1080%2C810 1080w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?resize=300%2C225 300w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?resize=768%2C576 768w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?resize=1024%2C768 1024w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="1577" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/orduna-nucleo-original/p1000562/" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?fit=1600%2C1200" data-orig-size="1600,1200" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;2.8&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;DMC-FZ1&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;1286706042&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;5.5&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;200&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0.016666666666667&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;1&quot;}" data-image-title="P1000562" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?fit=1024%2C768" /></div>Introducción En 1371, Fernán Pérez de Ayala escribió el Libro del Linaje de los Señores de Ayala con el fin de vincular la ascendencia de la Casa de Ayala con la realeza aragonesa y legitimar así su posesión del Señorío. Para ello, se presentó como descendiente de un presunto infante aragonés llamado Don Vela que habría poblado [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?w=1600 1600w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?resize=1080%2C810 1080w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?resize=300%2C225 300w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?resize=768%2C576 768w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?resize=1024%2C768 1024w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="1577" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/orduna-nucleo-original/p1000562/" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?fit=1600%2C1200" data-orig-size="1600,1200" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;2.8&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;DMC-FZ1&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;1286706042&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;5.5&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;200&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0.016666666666667&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;1&quot;}" data-image-title="P1000562" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2013/11/P1000562.jpg?fit=1024%2C768" /></div><ol>
<li><strong> Introducción</strong></li>
</ol>
<p>En 1371, Fernán Pérez de Ayala escribió el <em>Libro del Linaje de los Señores de Ayala</em> con el fin de vincular la ascendencia de la Casa de Ayala con la realeza aragonesa y legitimar así su posesión del Señorío. Para ello, se presentó como descendiente de un presunto infante aragonés llamado Don Vela que habría poblado Ayala con permiso del monarca castellano y afirmaba que <em>“los que vinieron a poblar la tierra de Ayala dellos eran vascongados e dellos latinados. E los vascongados llamaban a este Don Vela Jaun Belaco e los latinados don Belaco”</em>. Esto no es más que mera fantasía pero consideramos que este pasaje concreto debe reflejar la situación lingüística que Fernán halló en la Tierra de Ayala cuando llegó a la misma sobre el año 1330. F. Barrenengoa (1988: 24) interpretó el comentario como muestra de la existencia en Ayala de dos zonas claramente definidas según la lengua hablada, zonas que delimitó en función del sustrato lingüístico dominante en la toponimia local. Es cierto que existió una zona claramente vascoparlante y otra en la que la toponimia castellana domina de forma absoluta. Sin embargo, nosotros creemos que no existió una frontera clara y duradera entre ambas lenguas sino que sus límites habrían sido difusos, permeables y cambiantes a lo largo del tiempo. Más aún, creemos que Fernán Pérez habría reflejado la coexistencia y convivencia de los dos idiomas en un mismo lugar, la Tierra de Ayala, sin que ello presuponga la existencia de dos áreas claramente diferenciadas en función de su idioma.</p>
<p>Haciendo extensible esta idea a la totalidad del Alto Nervión, nuestra hipótesis es que <strong>el panorama lingüístico de esta comarca en siglos pasados fue más complejo de lo que se ha supuesto</strong>. La historia del Alto Nervión, a pesar de su reducida extensión geográfica, se caracteriza en términos generales por una notable heterogeneidad en todos los campos debido a la existencia de notables diferencias entre sus distintos componentes; diferencias en cuanto a adscripción provincial y eclesiástica, configuración socioeconómica, distribución y conformación del hábitat, régimen jurídico, etc.. El aspecto lingüístico no tiene por qué ser una excepción, de manera que tampoco en este sentido cabe entender el Alto Nervión como una comarca homogénea. Así, <strong>el euskera habría sido lengua dominante y prácticamente única en algunos lugares, mientras el castellano lo habría sido en otros</strong>. Pero, como decimos, las fronteras serían difusas, de manera que llegó a ocurrir que <strong>personas que solo sabían euskera y otras que solo sabían castellano convivieron junto a una amplia gama de bilingües en una misma localidad</strong>. En este sentido, en el presente trabajo se mostrará que la extensión del castellano en la comarca ha sido notable al menos desde los inicios de la Edad Moderna y creemos que <strong>el bilingüismo fue un fenómeno muy extendido.</strong></p>
<p>La historia lingüística del Alto Nervión ha sido conceptuada como un proceso dilatado en el tiempo en el que la lengua nativa, el euskera, va desapareciendo ante el avance del castellano, un idioma ajeno a la mayor parte de los habitantes de la comarca excepto en las proximidades de Artziniega y en la ciudad de Urduña/Orduña. En el presente trabajo, queremos romper con esta idea. El hallazgo de nuevos datos nos ha permitido formular algunas cuestiones que giran en torno no a la pérdida de la lengua, sino a la relación entre euskera y castellano en siglos anteriores. Consideramos que la naturaleza de esta relación puede renovar la visión tradicional sobre la situación y evolución del euskera en un ámbito lingüísticamente fronterizo y de estrecho contacto con el castellano.</p>
<ol start="2">
<li><strong> Nuevos datos para la historia lingüística del Alto Nervión (1585-1638)</strong></li>
</ol>
<p>Casi todas las referencias documentales que aparecen en este apartado son inéditas y suponen un avance importante para el conocimiento de la historia lingüística de esta comarca, si bien es cierto que se centra casi exclusivamente en Amurrio y la mitad oriental de la comarca, dejándonos huérfanos de datos para la mitad occidental.</p>
<p>La primera referencia data del año 1585. El 28 de marzo se procedió a tomar testimonio a una serie de testigos presentados para el pleito que, ante el tribunal eclesiástico de Calahorra, estaban manteniendo María Sáez de Murga y su hijo Lope García de Murga con el cabildo de la iglesia de Santa María de Amurrio y sus parroquianos en general, y con Juan de Urrutia en particular, sobre el patronazgo de la susodicha parroquia. Ante los receptores enviados por el obispado, Urrutia manifestó que tenía algunos testigos “<em>que no entendian bien la lengua castellana y que para que pudiesen decir mexor la verdad de lo que supiesen era necesario que ubiese un ynterprete que entiendese entranbas las lenguas castellana e bascongada</em>”. Para tal efecto, fue nombrado el joven escribano <strong>Juan Pérez de Ulibarri</strong>, natural de Amurrio y receptor de la Audiencia Episcopal de Calahorra, quien juró que “<em>aquello que yo el dho receptor le dixese en lengua de rromance que preguntase en basquence al dho diº de aldama</em> (…) <em>y todo lo que dho diº de aldama respondiense en basquenze me lo declararía en rromanze</em>”.</p>
<p>En todo caso, a pesar de lo dicho por Urrutia, solo uno de los testigos requirió finalmente de intérprete. Como aparece en la cita anterior, se llamaba Diego de Aldama<a href="https://amerinozulueta.wordpress.com/2022/03/14/bascongados-e-latinados-una-interpretacion-de-la-historia-sociolinguistica-del-alto-nervion-i/#_ftn6">[6]</a>. Decía tener unos ochenta y seis años y era llavero de la iglesia. Eso significa que Diego había podido desempeñar este cargo, y hacer vida comunitaria, sin saber castellano, o conociéndolo de manera insuficiente. Pero <strong>que un <em>euskaldun</em> monolingüe pudiera ser un miembro activo de su comunidad en el Amurrio del siglo XVI no significa que el castellano no estuviera extendido, ya que el resto de testigos declararon en este idioma</strong>. Y no fueron pocos. Es cierto que entre ellos hubo algunos curas y personajes notables de la zona pero también otros vecinos ancianos y analfabetos y lo mismo ocurrió con los testigos presentados por la parte contraria, ninguno de los cuales necesitó de intérprete.</p>
<p>Apenas tres años después, dos vecinos de Lezama pleitearon ante el Alcalde Mayor de la Tierra de Ayala en testimonio del escribano Cristóbal de Ugarte, natural de Amurrio. Como éste era pariente de una de las partes pleiteantes, la contraria obtuvo facultad para nombrar escribano acompañado, es decir, un escribano de su confianza que asegurase que todo se ejecutaba conforme a derecho. Este papel recayó en <strong>Pedro de Menoyo</strong>, natural y vecino de Salmantón. En un momento dado, el denunciante Juan Balza de Berganzagoitia protestó que se habían presentado testigos que no sabían la lengua castellana y, dado que Menoyo no entendía <em>la lengua bascongada</em>, pidió que aquellos no fueran examinados hasta que fuese con otro escribano acompañado que sí supiera el idioma. Según parece, este papel recayó en <strong>Hernando de Ugarte</strong>, que precisamente era hijo de Cristóbal y vecino de Lezama. Nunca se aclara quiénes fueron exactamente estos testigos.</p>
<p>Además del desconocimiento del euskera por parte de Menoyo, sobre lo que volveremos más adelante, es llamativo que Balza escogiese un escribano que únicamente hablaba castellano, como si no hubiera reparado en absoluto en la cuestión idiomática. Y también hay que destacar que, aún después de esta queja, el escribano Menoyo recibió testimonio de un gran número de vecinos de Lezama, hombres y mujeres de todas las edades, sin que en ningún momento se mencione la necesidad de intérprete alguno. Puede que fuese Cristóbal de Ugarte, quien puso por escrito todas las declaraciones, quien ejerciera esta función. Puede que, simplemente, no fuera necesario. Ésta explicación nos parece la correcta porque, posteriormente, tomaron declaración a un vecino de Amurrio que sí necesitó de intérprete. Se llamaba <strong>Martín de Pardío</strong> y no sabía <em>romance</em>, mientras que Menoyo no sabía <em>basquenze</em>, por lo que nombraron por intérprete al escribano <strong>Domingo de Uriarte</strong> “<em>que sabe anbas lenguas</em>”. Hay que mencionar también que el incidente que fue objeto del pleito tuvo lugar en una romería en Lezama, mientras estaban en un baile que, según los testigos, llamaban <em>a tabolin bolinete</em> en <em>lengua bascongada</em>. Tomamos esta referencia como un indicativo de la lengua que emplearían en el día a día, en las cosas cotidianas.</p>
<p>En Amurrio tenemos también una referencia del año 1629, cuando el bachiller Pedro Martínez de Landa, natural y cura de Lezama, estaba actuando en aquel lugar como Juez de Comisión del Obispado e hizo una notificación a <strong>María Ortiz de Aldama</strong>, criada del cura Juanes de Aresqueta. Y se dice: “<em>e yo el dho escribano q presente estaua el dicho señor Juez q le dio a entender lo susodicho por ser la dicha mª ortiz bazcongada sse lo notifique la qual dijo según el dicho señor Juez me traduçio en romançe que…</em>”<a href="https://amerinozulueta.wordpress.com/2022/03/14/bascongados-e-latinados-una-interpretacion-de-la-historia-sociolinguistica-del-alto-nervion-i/#_ftn10">[10]</a>. El escribano, que por lo que se ve no sabía euskera, era <strong>Cristóbal de Menoyo Murga</strong>.</p>
<p>Continuando con los nuevos datos que hemos obtenido, en 1625 se efectuaron las probanzas necesarias para la obtención del hábito de la Orden de Santiago por Hortuño de Ugarte Iturriaga, descendiente de la torre de Jauregia en el barrio de Berganza, parroquia de Baranbio. Solo uno de los testigos necesitó intérprete, que fue a la sazón un vecino de Lemoa. El testigo vascoparlante fue un anciano de Baranbio apellidado <strong>Sagun</strong>, cuyo nombre no se aprecia con claridad en el documento. Sin embargo, no parece que lo necesitaran otros vecinos de la zona como Juan de Larrea de Vidaur, Juan de Arrategui, Pero Verde, Pedro Ortiz de Berganza, Pedro Hernando de Berganza y Juan de Berganza, por no hablar de otros más notorios y pertenecientes a la élite comarcal del momento.</p>
<p>En 1638, otros dos caballeros de la Orden de Santiago se desplazaron a Lezama para realizar las pertinentes investigaciones y comprobaciones para que el Capitán Juan de Ugarte Berganza, natural de la localidad, obtuviera el hábito. Debido a que dos de los hombres más poderosos de la zona acusaron falsamente al Capitán de ser descendiente de judíos, se tomó declaración a una cantidad inusual de testigos. Solo en Lezama se examinó a unos cuarenta hombres, la mayoría de esta localidad pero también de Amurrio, Inoso y Larrinbe, casi todos de edad avanzada. También fueron examinadas dos mujeres. De todas estas personas, solo una mujer necesitó intérprete porque “<em>no nos entendia lo que la hablabamos y preguntabamos por no saber hablar mas que bascuence</em>”. Se llamaba <strong>Francisca de Elexaga</strong>, era natural de Amurrio y vecina de Larrinbe. Su intérprete fue nada menos que <strong>Antonio de Murga Esquibel</strong>, señor de la casa de Murga. A continuación, los dos receptores de la Orden pasaron a Baranbio y Laudio/Llodio. En la primera localidad, <strong>tres de los nueve testigos</strong> examinados necesitaron intérprete. Se llamaban <strong>Martín de Aranguren, Martín de Onsoño y Sebastián de Isasi</strong>, y el traductor fue <strong>Pedro de Berganza</strong>, todos naturales y vecinos del lugar. Nuevamente, varios de los que declararon en castellano no sabían firmar. Finalmente, en Laudio/Llodio todos los testigos necesitaron intérprete salvo dos, siendo uno de ellos el propietario de la casa de Ugarte, que además era escribano.</p>
<p>Hay que señalar que idénticos interrogatorios se efectuaron en 1636 y 1639 en Lezama para la obtención del hábito de Santiago por parte de Juan de Urbina Eguiluz y Antonio de Isasi Eguiluz respectivamente. Hemos advertido que los testigos que declararon en estos casos fueron prácticamente los mismos que también lo hicieron en 1638 en el caso anteriormente citado. Nadie necesitó intérprete. ¿Cabe la posibilidad de que fueran presentados como testigos precisamente por su conocimiento del castellano? Es una opción que, a priori, parece plausible. Pero en el caso judicial de 1588 fueron muy numerosos los vecinos que declararon, hombres y mujeres, chicos y chicas, de todas las edades. Y, como hemos visto, casi nadie precisó de un intérprete.</p>
<p>Por lo tanto, podemos afirmar que, <strong>a finales del siglo XVI y principios del XVII, el castellano era una lengua muy extendida en Amurrio, Lezama y alrededores</strong>. Lo era sin duda entre los varones, no pocos de ellos capaces al menos de firmar de su puño y letra, pero la existencia de muchos hombres castellanoparlantes presuntamente analfabetos nos sugiere que <strong>el aprendizaje de esa lengua no se producía solo en la escuela</strong>, tal y como se suele suponer. Este argumento es reforzado por el hecho de que aparecen mujeres que también sabían el idioma.</p>
<p>Por el contrario, <strong>tenemos a algunas personas que solo sabían euskera</strong>. No nos sorprende que fueran más numerosos en Baranbio y mayoría en Laudio/Llodio, lugares en los que el euskera se mantuvo con vigor durante siglos. La situación, sin embargo, parece ser distinta en Amurrio, Lezama o Larrinbe. Es significativo sobre todo el caso del anciano Diego de Aldama, que en el momento de la declaración era llavero de la parroquia junto al citado Juan de Urrutia, escribano y fiel servidor de la Casa de Ayala. Además, en aquel momento se estaba procediendo a agrandar la iglesia, por lo que sin duda hubo de tratar con muchos individuos. Era un <em>euskaldun</em> monolingüe que ocupaba un cargo relevante que le obligaría a tratar con sus convecinos. No menos elocuente es la identidad de aquellos que figuran como intérpretes: Juan Pérez de Ulibarri, Hernando de Ugarte y Domingo de Uriarte eran escribanos. Sobre todo los dos últimos, fueron personajes muy relevantes y poderosos en la Tierra de Ayala, como lo fue Antonio de Murga. El sacerdote Pedro Martínez de Landa había nacido en Lezama, su madre era natural de Amurrio y pariente de Murga. <strong>El hecho de que todas estas personas, pertenecientes a la élite local y comarcal de la época, supieran euskera manifiesta su uso cotidiano incluso entre las familias más poderosas de la zona</strong>.</p>
<p>En definitiva, tenemos indicios suficientes para afirmar que el euskera era la lengua de uso habitual por la población de Amurrio y alrededores, cuanto más en Laudio/Llodio o Baranbio. Sin embargo, la gran mayoría de los vecinos, al menos los varones, también sabía castellano, independientemente de que hubieran ido a la escuela o no. No parece que estemos ante una población que solo hablase euskera en el hogar y aprendiera castellano en la escuela. Nuestra hipótesis es que, al menos en esta área del Alto Nervión, <strong>el euskera era la lengua nativa de la mayoría pero el aprendizaje del castellano seguramente también se producía en este contexto</strong>, sin que ello reste que algunos lo perfeccionaran en la escuela o en otros contextos, como puede ser sirviendo a personajes notables o en lugares generalmente castellanoparlantes como la ciudad de Urduña/Orduña.</p>
<p>Por último, tan importante es observar la identidad de quienes saben euskera como la de aquellos que lo desconocen. Hemos visto el caso del escribano Pedro de Menoyo, de Salmantón, personaje muy activo en las instituciones ayalesas y es de pensar que pudo desempeñar su oficio con normalidad sin conocer la lengua vasca. Esto no significa necesariamente que el euskera fuera desconocido en la zona occidental de la Tierra de Ayala; la toponimia de Salmantón es de clara raíz euskérica en su mayoría. Pero sin duda el conocimiento del castellano sí debía ser generalizado, de lo contrario difícilmente hubiera podido desempeñar su oficio con normalidad. Tampoco sabía euskera Cristóbal de Menoyo Murga, sin parentesco conocido con el anterior, escribano, natural y vecino de Menoio. Su padre era oriundo de esta localidad y su madre de la casa de Oribe en Soxo, y estuvo casado con Casilda Fernández de Angulo Velasco, del valle burgalés de Tudela. Como decíamos, nos hallamos ante una situación más complicada de lo supuesto, en la que no existirían fronteras lingüísticas definidas y en la que el castellano aparece con una fuerte implantación en la Tierra de Ayala, incluso en localidades en las que es manifiesto que el euskera era la lengua cotidiana, y como lengua única de algunos notables del lugar.</p>
<p>Tomado de www. https://amerinozulueta.wordpress.com/</p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>http://www.ezagutuurduna.net/bascongados-e-latinados-una-interpretacion-de-la-historia-sociolinguistica-del-alto-nervion-i/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">4079</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Documento de 1495 (Agosto)</title>
		<link>http://www.ezagutuurduna.net/documento-de-1495-agosto/</link>
					<comments>http://www.ezagutuurduna.net/documento-de-1495-agosto/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[mitxel]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 01 Nov 2026 06:10:07 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Documentación]]></category>
		<category><![CDATA[Historia]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.ezagutuurduna.net/?p=5428</guid>

					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?w=720 720w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?resize=300%2C225 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="4361" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/?attachment_id=4361" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=720%2C540" data-orig-size="720,540" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="aaa" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=720%2C540" /></div>1495 Agosto 17 Orduña Sentencia del doctor Antonio Cornejo, corregidor del Señorío de Vizcaya, sobre la construcción de los hastiales y corredores pegados al muro de la cerca vieja de la ciudad, y colgadizos que salen a la plaza. A.M.O. Caja n.º 89 &#8211; Legajo n.º 5 (Fol. 26 v.º &#8211; 30 r.º). Copia en [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?w=720 720w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?resize=300%2C225 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="4361" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/?attachment_id=4361" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=720%2C540" data-orig-size="720,540" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="aaa" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=720%2C540" /></div><p>1495 Agosto 17 Orduña</p>
<p>Sentencia del doctor Antonio Cornejo, corregidor del Señorío de Vizcaya, sobre la construcción de los hastiales y corredores pegados al muro de la cerca vieja de la ciudad, y colgadizos que salen a la plaza.</p>
<p>A.M.O. Caja n.º 89 &#8211; Legajo n.º 5 (Fol. 26 v.º &#8211; 30 r.º).</p>
<p>Copia en papel (280 x 200 mm), sacada en Orduña el 5 de noviembre de 1537 por Juan Martínez de Luyando, a petición de Lope López de Gotara, procurador. Letra procesal. Buena conservación. B. Copia sacada en Orduña el 5 de noviembre de 1537 por Juan Martínez de Luyando, en: Caja n.º 89 &#8211; Legajo n.º 5 (Fol. 33 v.º &#8211; 36 v.º).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Por mi, el dotor Antonio Cornejo, juez e corregidor en este noble/ e leal condado de Bizcaya, çiudad e billas e Tierra Llana/ con las Encartaçiones por el rei e la reyna, nuestros/ senores, visto e deligentemente hesaminado vn/ proçeso e cavsa e pesquisa e ynformaçion que a/ pendido e pende entre partes, conviene a saver:/Martin Ortis de Vrbina e Martin Lopes de Ochandiano/ e Martin Vrtis de Vrue e otros sus consortes, sennores/ de las casas que son sobrel muro e çerca vieja que sale/ a la plaça de la dicha çibdad, demandantes, de la/ vna parte; e Sancho Lopes de Luyando e Pero Martines de Mimença/ (signo)// (Fol. 27 r.º) e Pero Martines de Mimença, su sobrino, e otros sus conrreos/ oposytores, de la otra parte, sobre el azer de los astiales/ e corredores pegados al dicho muro e çerca vieja/ de las dichas casas de los dichos demandantes e colga/dizos que an de salir anzia la plaça de la dicha çib/dad; atento e mirado el dicho proçeso e cavsa/ juntamente con la probision de sus altezas/ en este caso disçernida para ber e esaminar lo tocan/te a los dichos astiales; asymismo, vien visto/ e hesaminado la grandeza de la dicha plaça/ e otros astiales e salidizos que en ella estan/ de otras casas e vezinos de la dicha çiudad, con/ mas la ynformaçion de testigos por mi avida,/ e confesion e confesiones por las dichas/partes ante mi fechas; otrosy, mirado e hesa/minado el ynterese o (tachado: e) dano que a la dicha çibdad/ e bien publico e comun della se podria seguir/ en el dicho hedefiçio, con todo lo otro que en este caso/ se debia ver e esaminar e desir e alegar por/ las vnas partes e por las otras,/</p>
<p>Fallo que en querer azer e hedeficar los dichos astiales,/ corredores e salidizos pegados a la dicha çerca/ vieja los dichos Martin Ortis e Martin Lopes de Ochan/diano e Martin Ortis de Vrue e los sennores de las/ casas de la azera de la dicha çerca vieja, segund e/ commo se modero e taso e se medio e sennalo/ por el liçençiado (tachado: Villa Nunnes) (interlineado: Vela Nunez), corregidor que fue en este dicho condado,/ que al presente ny adelante non paresçe que se puede/ (signo)// (Fol. 27 v.º) seguir nin sigue danno ni perjuizio a la dicha çiudad/ e procumun della, mas antes se prueba e consta/ e hebidentemente paresçe, segund la posesion/ e sennorio e vistas e ventanas que los sennores/ de las dichas casas de la dicha çerca e muro viejo/ tienen en ella e sobre ella azia la dicha plaça/ (tachado: questa sinado) (interlineado: que faziendo) commo quieren azer e hedeficar/ los dichos astiales e corredores e andenes a su/ propia costa, cada vno en su pertenençia,/ que dello se sigue prro e vtilidad e nobleçimiento/ a la dicha çiudad, asy en la vista e bien paresçer/de la dicha plaça, segund la grandeza della/ e patio de sartido que tiene commo porque fechos/ los dichos corredores e astiales a de quedar e queda/ al conçejo e arca de la dicha çiudad e procomun/ della lo vaxo de los dichos astiales e corredores/para azer (tachado: el dicho en ello) (interlineado: y dello y en ello) lo que la dicha çiudad, justiçia e regi/dores e ofiçiales e procomun vien visto fuere,/ asy para tiendas e voticas e feryas commo/ fuera dellas, arrendandolo (tachado: e) o cogiendolo en fialdad,/ commo bieren que mas vtile e probechoso sea; e que/ los dichos Pero Martines e Sancho Lopes e Pero Martines/ de Mimença e sus consortes no mostraron/ nin probaron razon ni cavsa legitima para/ quel fazer del dicho hedefiçio se obiese de yn/pedir; e que asy lo devo pronunçiar e pronunçio./</p>
<p>En consequençia de lo qual fallo quel paresçer/ del dicho liçençiado (tachado: Villa Nunes) (interlineado: Vela Nunez), que desta cavsa primera/mente conosçio, fue e es bueno e conforme a razon/ e al bien publico de la dicha çiudad e por tal lo devo,/(signo)// (Fol. 28 r.º) en quanto a lo tocante (tachado: a lo tocante) a los dichos astiales,/ confirmar e confirmo en la manera ya dicha, e en lo seguiente:/</p>
<p>Primeramente, que los dichos Martin Ortis de Vrbina e Martin/ Lopes de Ochandiano e Martin Hortis de Orue e los/ otros sennores de las dichas casas de la dicha azera, con titulo/ que para ello tengan del conçejo, justiçia e regidores de la/dicha çiudad, puedan azer los dichos astiales del grandor/ e anchor e medida por el dicho liçençiado (tachado: Vila Nunes) (interlineado: Vela Nunez) senna/lado e no mas ni allende, a su propia costa, quedando/ vien fecho e acavado e en toda hermosura e perfe/çion para la dicha çiudad e conçejo e bien publico della/ lo baxo de los dichos astiales e corredores, a vista del/ dicho conçejo e ofiçiales, para el dicho conçejo e arca/ del e para propio e renta del dicho conçejo de/ agora en adelante para sienpre jamas./</p>
<p>Yten, que lo debaxo de los dichos astiales desde el/ primer suelo quede tan alto e ygual e de tan/ buenas maderas e sin aspas, que sea vien claro/ e de buena altura, de forma e manera que muy/ bien la dicha çiudad se pueda aprovechar dello,/ansy para las dichas tiendas e boticas como para/ en los tienpos de agua o fortuna, syn ynpi/dimiento alguno de los vezinos de la dicha çiudad/ puedan andar e pasar por ello, lo qual primera/mente se aga a costa de los duennos de las dichas casas/quando ansy los dichos astiales querran azer./</p>
<p>Yten, por quanto paresçe que los otros vezinos moradores/ en la dicha plaça en tienpos de ferias y mercados suelen/ (signo)// (Fol. 28 v.º) acojer devaxo de algunos astiales, que dizen ser suyos/ e alquiler lo vaxo dellos, a los mercaderos e mer/çeros de todas suertes que a los dichos mercados e fe/rias vienen, paresçe que reçibirian agravio sy sus/ vezeros les quitasen o los que alli quisiesen poner/ sus tiendas por los atraer a ponerlas en los/ astiales ya dichos, que devo de mandar y mando quel/ dicho conçejo, justiçia, regidores de la dicha çiudad nin/ otro en sunonbre non puedan conpeler ni apremiar/ a los dichos mercaderes de qualquiersuerte/ que sea para que vengan a se aposentar e poner/ sus tiendas en los astialesdel dicho conçejo/ e dexen los otros, saluo que en livertad e es/cogençia de los tales mercaderes este alquilar/ e escoger en tienpo de las dichas ferias e mercados/ las tiendas que quisieren, (tachado: ser) (interlineado: quier) del dicho conçejo, quier/ de qualesquier vezinos de la dicha çiudad, y esto/ se entienda syn perjuizio de las ordenan/ças de las dichas ferias e mercados./</p>
<p>Yten, que los dichos sennores de las dichas casas fagan/ los dichos astiales en toda perfeçion desde/ el dia que el dicho conçejo les diere el dicho titulo/ para ello entres annos primeros seguientes;/ e a los que tienen dado titulo asymismo/ le agan dentro de los dichos annos,/ los quales corran desde el dia/ de Santa Maria de setienbre primera/ que biene, so pena que non lo fiziendo/ (signo)// (Fol. 29 r.º) asy queden los dichos astiales libres totalmente para el/ dicho conçejo e para azer dellos segund e commo vien/ visto les fuere syn envargo nin ynpidimiento alguno./</p>
<p>Yten, que los duennos de las dichas casas de la dicha çerca/ e muro que an de azer los dichos salidizos no puedan/ abrir puerta prinçipal ni mediana ni pequenna/ ni otra votica ni tienda alguna debaxo de los/ salidizos anzia la dicha plaça, so pena que si la/ abrieren agora, o en algund tienpo, que finque/ e quede libre el hedefiçio de los dichos salidizos/ e casas enteramente para el dicho conçejo/ desde arriba abaxo, e que para esto no se/ puedan llamar a posesion ni prescriçion/ alguno, ni aquella les valga a ellos ni a sus/ herederos e susçesores e desçendientes;/ ni menos puedan abrir devaxo de los dichos sa/lidizos e corredores luz alguna./</p>
<p>Yten, que en caso que debaxo de los dichos salidizos/ la dicha çiudad quiera por si azer algunas boti/cas o tiendas en tienpo de las dichas ferias,/ que se agan de tal forma que non ynpida ni/ enbarguen para los vezinos de la dicha çibdad por/debaxo de los dichos corredores el paso e anden/ dellos./ (Signo).//</p>
<p>(Fol. 29 v.º) Lo qual todo susodicho, segund e commo de suso/ e dicho e declarado es, debo de aclarar e declaro/ e pronunçiar e pronunçio en estos escriptos e por/ ellos. E por algunas cavsas que a ello/ me mueben no ago condenaçion de costas,/ saluo que cada vna de las dichas partes/ se ponga a las que hizo. Antonius doctor./</p>
<p>Fue dada e pronunçiada esta dicha sentençia en la dicha/ çiudad de Ordunna, a diez e siete dias/ del mes de agosto, anno del nasçimiento de nuestro/ saluador Ihesu Christo de mill (tachado: e quinientos) e quatroçientos/ e nobenta e çinco annos; la qual se/ dio e pronunçio por el honrrado Ochoa/ Saes de Orosco, alcalde en la dicha çibdad puesto/ por el (interlineado: muy) onorable e discreto senor, el dotor/Antonio Cornejo (tachado: p), corregidor por las alteças/ del rey e de la reyna, nuestros sennores,/ en este su noble e leal condado e sennorio/ de Vizcaya, çibdad e villas e de las Encar/taçiones del dicho condado; la qual el/ dicho alcalde dio e pronunçio estando asen/tado en juizio e en lugar del dicho sennor/ dotor corregidor, que en ella firmo su nonbre e en/ presençia de mi, Juan Martines de Arandia, escriuano/ del rey e de la reyna, nuestros senores,/ e su notario publico en la su corte e en todos/ los sus reynos e sennorios y escriuano del/ (signo)// (Fol. 30 r.º) numero de la dicha çiudad, e de los testigos de yuso/ escriptos, estando presentes Martin Vrtis de Orbina/ e Martin Lopes de Ochandiano, por si e en nonbre/ de sus consortes de la vna parte, e de la/ otra parte los dichos Sancho Lopes de Luyando/ e Pero Martines de Mimença, el moço, por si e en/ nonbre de Pero Martines de Mimença, el mas viejo,/ e a su pedimiento dellos.</p>
<p>Los quales todos/ ellos consentieron en la dicha sentençia e pedieron/ traslado, eçeto el dicho Sancho Lopes, que/ dixo que lo que por el fazia consentia/ e en lo que contra el fazia suplicaba; e avn/ estando vien ansi presente Martin Saes de  Ga/marrache, procurador general del conçejo, justiçia,/ regidores, escuderos hijos de algo e ommes/ buenos de la dicha çiudad, e en nonbre del/ sennor conçejo pedio traslado sinnado para/ que este en la arca del conçejo; y el dicho alcalde/ ge lo mando dar a el e a todos los otros/ que lo querran, e pedieron las partes testimonio./</p>
<p>Testigos, Pero Ferrnandes de Arbieto e Pero Lopes de/ Aguinnaga e Pero Lopes de Aguinnaga,/ su primo, e Ochoa Vrtis de Ripa e Diego/ de Buyana, vezinos de la dicha çibdad, e otros.//que ally/ pasaren e non sea cosa o non aya dificultad en/ los buscar e allar, lo qual el dicho escrivano fiel/ aya de escreuir o escriva dentro de otros se/senta dias despues que los dichos alcalde, procurador/ o qualquier dellos le entregaren el dicho libro/ e ellos le trayan e se les presente en el ter/mino que dicho es de suso, so pena a los dichos alcalde/ e procurador e al dicho escrivano fiel de cada çin/co mill maravedis para la camara e fisco de su al/teza, en los quales, lo contrario haziendo, desde/agora les condenaba e condeno; e mando a mi,/ el dicho escrivano, que se lo noteficasen.<br />
E fe/cho e traidos el dicho libro e escrito en el lo que/ dicho es, que mandaba e mando que pasado este// (Fol. 54 v.º) anno de los ofiçiales que agora son de la dicha/ çibdad, el dicho escriuano fiel los entregue al/ escriuano fiel del anno benidero e ansy/ ande de escrivano fiel en escrivano fiel commo/ suçedieren los dichos annos; e mandaba e mando/ a mi, el dicho escrivano, que con las otras cosas/ por el en los annos pasados lo asentase en el pa/dron e al pie de las hordenanças del conçejo/ de la dicha çibdad. Todo lo qual sobredicho/ yo, el dicho Juan Picarte, escrivano, notefique/ e fize saber, leyendoles en sus personas,/ a Pero Martines de Mimença, alcalde, e Diego Lopez/ de Ochandiano, procurador, e Martin Peres de Val/maseda, regidor de la dicha çiudad. A lo/ qual fueron presentes por testigos, rogados e lla/mados, Rodrigo de Carate (sic), prestamero del/ dicho condado, e Fernando de Salazar, apo/sentador de su alteza, e el bachiller Aze/uedo./<br />
El licençiado Vela Nunnes, Juan Picarte.// (Fol. 55 r.º) (Al margen: Los cortadores no/ tengan la carne/ dentro en las boticas)./ En la çibdad de Hordunna, a dies dias del/ mes de setienbre de mill e quinientos e diez/ annos, en presençia de mi, el dicho Juan Picarte,/ escrivano, e testigos de yuso escritos, el dicho sennor/ liçençiado Rodrigo Bela Nunnes de Avila, corregi/dor de Viscaya, dyxo que mandaba e mando a/ los cortadores de la carne que toda la carne/ que tovieren desollada e despachada la pongan/ de fuera, en el tablero e en los clonquis publicamente, e non lo tengan metido dentro en las voticas des/pues que el carneçero oviere pesgado el cortador,/ so pena que la carne que asy le tomaren en las dichas/ boticas lo aya perdido e los fieles de la dicha çibdad/ lo<br />
repartan a los ospitales de la dicha çibdad;/ e asymismo, mandaba e mando que deste/ mes en adelante no pesguen cabeças de/ carneros, so las penas que les es ya puestas./<br />
Testigos que (tachado: estavan) (interlineado: fueron) presentes, Rodrigo de Çarate,/ prestamero del dicho condado e senorio de Viscaya,/ e Juan de Ripa, escriuano. Juan Picarte.//</p>
<p>(Fol. 55 v.º) En la çibdad de Hordunna, a syete dias/ del mes de dezienbre de mill e quinientos e/ treze annos, en presençia de mi, Juan Martines de Yruxeta (sic),/ escrivano de su alteza e de la avdiençia/ del corregidor de Viscaya, e testigos de yuso/ escritos, el sennor liçençiado Diego Ruiz de Lugo,/ corregidor de Viscaya, visitando la dicha/ çibdad dixo que por el vistas estas horde/nanças desta otra parte contenidas el avia/ probeido e anadido algunas mas segund/ esta en presençia de mi, el dicho escrivano,/ las quales avian mandado ynserir al pie/ destas, por ende que, vistas e hesamina/das, dixo que el las loaba e confirmaba e/ aproba (sic) e loo e aprobo en todo e por todo commo/ en ella se contenia. Testigos que fueron presentes,/ Fernando de Salazar, aposentador, y/ el vachiller Azeuedo y el bachiller de/ Olarte, vezinos de la dicha çibdad./<br />
Sancho Martines.// (Fol. 56 r.º) En la çibdad de Ordunna, a veinte e/ tres dias del mes de setienbre, anno del nasçi/miento del nuestro saluador Ihesu Christo de/ mill e quinientos e diez e ocho annos, a/viendo venido a la dicha çibdad el mui/ noble sennor liçençiado Diego Ramires/ de Villaescusa, corregidor e vedor en el/ noble e leal condado e sennorio de Viscaya,/ villas e çiudad del con las Encartaçiones,/ en presençia de nos, Juan de Gastituaga (sic) e/ Sancho Martines de Vnda, escriuanos de la reyna/ e del rey don Carlos, su hijo, nuestros sennores,/ e sus escriuanos e notarios publicos en la/ su corte y en todos los sus reinos e sennoryos/ e de la avdiençia del corregimiento de Viscaya,/ e testigos de yuso escritos, para entender/ en la visytaçion de la dicha çiudad e en las/otras cosas tocantes a la vtilidad e pro/comun de la republica della, porque allo que/ avia çierta diferençia entre los ofiçiales/ del conçejo e vezinos de la dicha çibdad sobre/ la manera que se devia tener e guardar en la// (Fol. 56 v.º) eleçion del alcalde e regidores e fieles e merinos/ e escriuano fiel del regimiento de la dicha çibdad,/ e por dar orden en ello, e por quitar enojos/ e diferençias, e por poner a la dicha çib/dad en paz e en tranquilidad porque fuese/ vien regida e governada e çesasen/ pasiones, fizo repicar la canpana a/ conçejo para que los ofiçiales del dicho regi/miento e otras qualesquier personas de la dicha/ çibdad, vezinos e moradores della, se juntasen/ al dicho conçejo.</p>
<p>E asy repicada la dicha can/pana, el dicho sennor corregidor con el alcalde e otros/ ofiçiales del dicho conçejo subio a la casa del/ regimiento donde se suelen ajuntar los dicho (sic) o/fiçiales en su conçejo e ajuntamiento, que es la casa/ de la carçel donde bibe Rodrigo de Tovalina, carçe/lero, e asy venieron al dicho conçejo e ajuntamiento/ las personas seguientes,/ conbiene a saber: el bachiller Pero Ferrnandes de Aruieto,/ alcalde que ha seydo en la dicha çiudad este presente/ anno, que ha estado haziendo resydençia el// (Fol. 57 r.º) liçençiado Luys de Arriaga e el bachiller de Aze/uedo e Martin Saes de Orosco e Diego Lopez de Paul/ e Lope Lopez de Ochandiano, regidores deste dicho/ anno, e Martin de Vidaurre, syndico procurador, e Her/nando Vrtiz de Orue, escriuano de la camara/ del dicho conçejo, e Pero de Çanqueta, merino de la/ dicha çibdad, e el bachyller de Arançeta, alcalde/ que al presente es en la dicha çiudad, e el bachiller/ Juan Ferrnandes de Olarte e Fernando de Salazar, apo/sentador, e el doctor Françisco de Varron e el/ bachiller Pero de Sojo e Martin Fernandes de Aruie/to e Diego Fernandes de Vgarte e Pero Fernan/des de Arvieto e Juan de Losa e Juan de Murga e/ Juan de Luyaondo, el viejo, e Juan de Luyando (sic), el mo/ço, e Martin Saes de Gauna e Diego de Lendonno/ e Martin de Aguinnaga, contino de su alteza, e/ Diego Lopez de Ochandiano e Lope Fernandes/ de Aruieto e Sancho Martines de Aravbe e Sancho/ de Aruieto e Alonso de Mendeguren e Sancho/ de Aguinnaga, pannero, e Lope de Aguinnaga/ e Pedro de Mariaca e Juan de Ripa, escrivanos,/ todos vezinos de la çibdad, e ansy estando/ todos juntos en el conçejo, commo dicho es,// (Fol. 57 v.º) el dicho sennor corregidor les dixo commo el avia/ venido a ententender (sic) en la dicha visitaçion/ e a dar horden en la manera de la ele/çion del alcaldya y ofiçiçiales (sic)/ del dicho regimiento, porque çesasen las/ dichas diferençias de sobre ello; e por/que en ello se feziese asy e no naçie/sen las dichas diferençias dixo que les mandaba/ e mando a todos que (sic) general e a cada vno dellos/ en particular que en las cosas que quisyesen dezir/ e pedir hablasen con su merçed buenamente/ e syn furia nin de manera escandalosa e que/ no atrabesasen vnos con otros palabras/ algunas de ynjuriar nin de enojo, e que/ commo onbres acuerdos e de honrra, commo/ lo heran, dixiesen que pediesen lo que quisyesen/ e que fuese sobre cosas tocantes al vien e pro/comun de la dicha çibdad e republica della, porque/ faziendolo ansy los oyrya e probeyria lo que/ fuese justiçia, lo qual fiziesen e cunpliesen,/ so pena de cada dies mill maravedis para la camara/ de sus altezas, e demas dello los enbiaria/ ante sus altezas para que sus altezas probeyesen// (Fol. 58 r.º) e mandasen lo que fuese su seruiçio.</p>
<p>E ansy/ probeydo e mandado lo susodicho, el dicho/ sennor corregidor fizo traer las prouisyones de/ sus altezas que la dicha çiudad tiene para que/ (al margen: el alcalde que sea/ vezino y natural de la çiudad y/ no de otra manera) sea alcalde vezino e natural della, las/ quales e çiertas hordenanças que ablan co/mmo e (tachado: que) de que manera an de ser helegidos el/ alcalde e regidores e ofiçiales del conçejo e regi/miento de la dicha çiudad se leyeron en el dicho/ conçejo e ayuntamiento publicamente.</p>
<p>E por/que con ellas el dicho liçençiado de Arriaga, commo/ regidor de la dicha çiudad, le querian hazer/ requerimiento para que mandase en la eleçion que/ se oviese de hazer de los dichos ofiçiales del/ dicho conçejo e regimiento se fiziese e se ovie/se de hazer a ellas e a çierto preuillejo/ escrito en pargamino, que ende mostraron,/ les dixo a todos los susodichos e nonbra/dos que juntos estavan que pues le querian re/querir con las dichas prouisiones e preuillejo que/ fiziesen el dicho requirimiento en forma e/ pidiesen lo que quisyesen porque su merçed to/maria treslado dello e haria su respuesta/ e probeyrya lo que fuese justiçia.<br />
E luego, el// (Fol. 58 v.º) dicho bachiller Azeuedo, regidor asymismo/ de la dicha çibdad que presente estaba, en non/bre e commo regidor de la dicha çiudad dixo/ que non le queria hazer requirimiento alguno al/ dicho sennor corregidor con las dichas probisyones/ e preuilejo, porque creya que su merçed les mandaria/ goardar sus prouisyones e preuilejos e hor/denanças e mandar que se feziese la dicha e/leçion conforme a ellas, segund que asta aqui/ se avia fecho e commo los otros corregidores lo/ avian fecho, e asy pedian e suplicaban a su/ merçed lo feziese e probeyese, porque la dicha/ çibdad e vezinos della reçibirian mucha merçed/ en ello, allende que haria seruiçio a Dios e a sus/ altezas, e cunpliria lo contenido en sus/ prouisyones e preuillejos e hordenanças, e/ seria en onrra de la dicha çibdad e de la republi/ca della, e con esto que no queria hazerle otro/ requirimiento alguno. E el dicho sennor corregidor/ dixo que pues que asy lo querian, que probeeria en ello/ por manera que ellos fuesen contentos, e la dicha/ çiudad se quitase de las<br />
dichas diferençias e eno/jos. E asy luego, encontinente, se leyeron// (Fol. 59 r.º) en el dicho conçejo e ayuntamientos çiertos/ capitulos de la manera que se debia tener e guar/dar en las eleçiones que se oviesen de hazer en la/ dicha çiudad de alcalde e regidores e fieles e/ procurador e escriuanos e merinos, los quales dichos/ capitulos son los seguientes:/ Capitulo./<br />
(Al margen: Aqui entra la eleçion./ El alcalde que se non/brare que sea vezino/ y no se admita de/ otra manera/ y que si morie/re el prinçipal/ despues de los cinco/meses, pueda en/trar el segundo/ alcalde en el segun/do anno)./ Lo primero, que açerca de la eleçion de los alcaldes/ se tenga nueba forma e que commo son si (sic)/siete eletores para los ofiçios publicos,/ vn alcalde e seis regidores, que cada vnodellos,/ segund Dios e su buena conçyençia, nonbre/ vn vezino desta çiudad por alcalde para el anno/ que se comiença el dia de la eleçion, por ma/nera que los elegidos e nonbrados para alcalde sean/ syete, e non puedan ser menos, e que paraestos/ syete nonbrados se hagan syete çedulas, para/ cada vno la suya en que se contenga su nonbre/ en las çedulas, sean yguales cogidas e ple/gadas e plegadas (sic) por vna forma, e que todas/ se echen en vn cantaro e se rebuelban e sacudan,/ e llamen vn ninno que meta la mano en el cantaro,// (Fol. 59 v.º) e la primera çedula que sacare se (sic) alcalde cuyo nonbre/ estoviere escrito en ella, e que torne otra vez/ a meter la mano e saque otra çedula y el/ nonbrado e escrito en en (sic) ella sea alcalde en av/sençia del otro; e ninguno dellos pueda tener/ otro ofiçio en conçejo que se haga commo se contiene/ en el capitulo, pero que sy moriere el prinçipal/ alcalde dentro de çinco meses despues de la ele/çion quede el otro por alcalde e no entre adelante/ en suerte por el termino limitado, que sy moriere/ despues de los çinco quede por alcalde e entre en/ suerte el anno venidero, que sy morieren amos,/ que se debuelba la eleçion al regimiento para que elija a/ otro alcalde./</p>
<p>Lo segundo, que en la eleçion de los merinos se ten/ga la misma forma que en la eleçion de los alcaldes,/ nonbrados cada vn alcalde e regidor el suyo/ de manera que sean syete los nonbrados, e los/ dos cuyas çedulas, vna en pos de otra, primero sa/lieren del cantaro por mano del dicho ninno sean/ merinos, e los otros dos cuyas çedulas despues sa/lieren sean merinos en avsençia de los otros,// (Fol. 60 r.º) el primero que salio la segunda vez en el lugar/ del primero que salio en las primeras suertes, e el segundo/ en el logar (tachado: de) del segundo (interlineado: que) se<br />
guarde commo/ se contiene en el capitulo./</p>
<p>Lo terçero, que los regidores para el anno seguiente/ que comiença el dia de la eleçion se elijan en esta/ manera: que los sennores alcalde e regidores, que son sy/ete, vn alcalde e seys regidores, que elijan e nonbren/ cada vno dellos dos regidores, por (tachado: que) manera que los ele/gidos e nonbrados ayan de ser catorze en cada vn/ anno, e se escriban en quatorze çedulas e cada vno/ en la suya, e se echen cogidas e plegadas ygual/mente e de vn tamanno en el cantaro, e se saquen/ por mano de aquel ninno vna çedula en cada vez,/ e los que estovieren e salieren en la (sic) seys çedulas/ primeras sean regidores por ese anno./</p>
<p>Lo quarto, que en la eleçion de los fieles nonbren/ los sennores alcalde e regidores cada vno su fiel, e/ los nonbres destos sean escritos en syete/ çedulas, cada vno en la suya, por manera que los ele/gidos e nonbrados en vn anno por fieles sean sye/te, e las dichas suertes se echen en el cantaro, e/ se saquen segund que las de arriba, e las dos primeras/ suertes que salieren, vna en pos de otra, sean/ fieles por todo el anno los que estovieren escritos// (Fol. 60 v.º) en ellas, e por avsençia o ynpedimiento de los/ dos fieles seanlo en su logar los dos que salieren/ en las segundas çedulas, el primero en lugar del/ primero, e el segundo en el logar del segundo./<br />
Lo quinto, que el procurador se elija commo arriba/ se contiene: que los sennores alcalde e regidores/ elijan e nonbres (sic) syete personas que segund/ Dios e sus conçiençias les parescan que sean/ sufiçientes e abonados para el dicho ofiçio,/ e que en syete çedulas se escriban sus nonbres,/ e las echen en el cantaro segund que arriba se/ contiene, la primera que saliere cuyo nonbre/ estoviere escrito sea procurador, e a defeto/ deste, sea el que saliere en la segunda çedula./Que en lo del procurador se elija desta manera: que/ elyjan los seys regidores tres e el alcalde vno,/ e sean quatro los eletos, e el primero el primero (sic) sea/ procurador e elijan los regydores de dos en dos/ vno, e sy los dos no se conçertaren entre el alcalde/ con ellos a botar./</p>
<p>Lo sesto, en lo que toca al escrivano de camara/ non aya eleçion, saluo que entre en conçejo e/ sean escrivanos de camara por la horden// (Fol. 61 r.º) (al margen: escriuanos de camara) e fama que lo fueron e son del numero desta/ çiudad, de suerte que el mas antiguo/ sea primero e despues asy subçesybamen/te, vno en pos de otro, asta que lo ayan seido/ todos, e que despues tornen a serlo e a ser/uir del dicho ofiçio por la misma horden;/ e sy alguno de los tales escrivanos fa/llesçiere o se avsentare, que subçeda en/ su lugar el que fue reçeuido por escrivano del/ numero despues del. Que se cunpla este ar/ticulo commo se contiene./</p>
<p>Lo setimo, que ninguno pueda ser nonbra/do nin elegydo en vn anno mas de para vn ofi/çio, nin pueda seruir nin gozar syno de/ aquel se guorda (sic)./</p>
<p>Lo otabo, que el que vn anno fuere elegido/ e nonbrado para los ofiçiossusodichos e cada/ vno dellos e le cayeren la suerte e fuere/ tal ofiçial publico, que en los (tachado: seis) tres annos/ seguientes no pueda ser mas alegido (sic)/ ninnonbrado para ningund ofiçio de conçejo/ nin le pueda açetar nin tener e este ba/co que non entre en el regimiento por los/ tres annos primeros e al quarto entren;/ e sy non oviere aviles al terçer anno, se/ pueda tomar de los del primer anno.//<br />
(Fol. 61 v.º).</p>
<p>Lo nobeno, que al tienpo de echar las suertes en el/ cantaro porque se echen e cayan syn sos/pecha alguna e se sepa que entraron todas syn/ fraude, que sacadas las çedulas que son ne/çesarias para los ofiçios, las otras que queda/ren en el cantaro se saquen vna a vna, e/ en sacandolas, se vean e lean publica/mente para que todo el pueblo sepa que las ele/çiones ban vien hechas, syn fraude nin enga/nno alguno, que sacadas las çedulas de los/ ofiçios las que quedaren las saque el escrivano/ que syn las ler las metan en vn copo de es/topa e las quemen syn que las vean nin vea/ ninguno en presençia de los que estovieren alli./</p>
<p>Lo dezimo, que no puedan juntamente en vn/ anno entrar en conçejo nin tener ofiçios pu/blicos de los susodichos padre e hijo, suegro/ e yerno, nin dos hermanos./</p>
<p>Lo onzeno, que sy al tienpo de la eleçion algund/ regidor o regidores faltare o faltaren del/ regimiento o estovieren avsentes por manera/ que non puedan elegir, queen tal caso los que se// (Fol. 62 r.º) hallaren presentes elijan en esta manera:/ por quitar profias e diferençias entre ellos,/ que cada vno de los presentes nonbre vn o/fiçial publico de los susodichos que fueren neçe/sarios para el anno por venir, e que alli luego/ entren estos nonbrados e echen suertes,/ e la primera suerte que saliere para alcalde o/ regidor e las dos primeras que salieren para/ regidores, fieles o merinos entren en el can/taro en vno con los otros nonbrados para/ los ofiçios de aquel anno, por manera que syenpre/ en el cantaro se echen tantas suertes/ quantas arriba estan espaçificadas e nonbra/das e tantas çedulas con diversos nonbres/ e personas./</p>
<p>Lo dozeno, que se pide por merçed e suplica/ a los sennores alcalde e regidores que sy, allende/ de lo susodicho, otra cosa mas les paresçiere/ que se debe de anadir que sea en fabor de la re/publica, se aga e asyente./</p>
<p>Lo trezeno, que para confirmaçion de todo lo/ susodicho se de vna petiçion por parte/ de toda la çibdad en que se suplique a sus/ altezas manden aprobar, confirmar e guar/dar ynviolablemente lo susodicho.//<br />
(Fol. 62 v.º) Otrosy, se manda que sy caso fuere que al/ al (sic) terçer anno no se allaren personas su/fiçientes para alcalde e procurador e regidores/ se tomen de los otros que estan bacos de los/ del primer anno e que los fueron el anno pa/sado puedan entrar en la eleçion por esta/ vez e non adelante./<br />
E asy leydos los sobredichos capitulos/ de suso encorporados e sobre aver ablado/ e platicado en el dicho conçejo sobre lo conte/nido en ellos e de las dubdas  que dellos e de ca/da vno dellos redundaban e podian suçeder,/ e porque mejor oviese efeto lo que en esta ra/zon se acordase e fuese probeido, el dicho/ sennor corregidor tomo e resçeuio juramento/ en forma devida de derecho sobre la sennal/ de la cruz que en la vara que su merçed tenia/ estaba e les fecho la confesyon del dicho/ juramento a todos los sobredichos alcalde e re/gidores e otras personas que en el dicho conçejo/ estaban, que de suso estan nonbrados e/ declarados, e asy reçeuido el el (sic)dicho juramento/ les dixo e pregunto que dixiesen e declarasen/ sy los dichos capitulos de suso encorpora/dos que ende se avian leydo heran buenos e// (Fol. 63 r.º) se devian guardar la forma e horden/ que en ellos se contenia sobre las dichas eleçio/nes de los dichos alcalde e regidores e ofi/çiales que de aqui adelante oviesen de hazer e/ elegir en la dicha çiudad, e los que quisyesen/ desir otra cosa que lo dixiesen porque se probe/yese sobre ello, porque el dicho sennor corregidor/ dixo que en cargo de su conçiençia le pares/çia que los dichos capitulos con lo que en ellos/ se avia anadydo e puesto heran buenos/ e tales que cunplian a la dicha çiudad para/ se<br />
quitar de diferençias e enojos.</p>
<p>Los quales/ dichos alcalde e regidores e ofiçiales e las/ otras personas que en el dicho conçejo e ayun/tamiento estavan de suso nonbrados dixie/ron que consentian e consentieron en todo ello/ todos en general e cada vno en particular/ que los dichos capitulos se guardasen e cunp/liesen e que, conforme a ellos e a lo que en ellos/ e encada vno dellos se contenia, se fiziesen/ e se oviesen de hazer las dichas eleçiones de los/ dichos alcaldes e regidores, procurador e ofiçiales/ del dicho conçejo; e que para las dichas eleçiones se/ tuviese e guardase de aqui adelante la/ manera e forma contenida en los dichos capi/tulos e en cada vno dellos; e que asy lo// (Fol. 63 v.º)<br />
dezian e pedian al dicho sennor corregidor e/ para el juramento que avian fecho que les pares/çia vien e se devian goardar. E luego, el dicho/ sennor corregidor, visto e synado (sic) lo susodicho,/ mando a nos, los dichos escrivanos, que lo asen/tasemos todo de la manera que pasaba; el qual/ despues de lo susodicho, probeyo e mando/ lo seguiente: en que dixo que por quitar a la/ dicha çiudad e vezinos della de las dichas di/ferençias e enojos, mandaba e mando/ (al margen: forma de azer/ las eleçiones) que de aqui adelante se feziesen las/ eleçiones de los alcaldes e regidores, procu/rador e fieles del dicho conçejo de la dicha çib/dad conforme a los dichos capitulos de/ suso encorporados, e para ello se atubiese/ e se guardase la forma e orden que en los/ dichos capitulos e en cada vno dellos se con/tiene, e esto que dicho es, espeçialmen/te en quanto a la eleçion de los dichos alcaldes, dixo/ el dicho sennor corregidor que mandaba e mando que/ se guardase segund arriba esta dicho, syn/ perjuyzio del derecho que los corregidores tienen/ por poner alcaldes en la dicha çiudad, confor/me a las prouisyones e carta e sobrecarta/ que sus altezas tienen dadas a la dicha/ çiudad e a las otras villas deste condado,/ por las quales mandan que los corregidores que por// (Fol. 64 r.º) tiempo (tachado: hazen) fueren pongan pongan (sic) alcaldes/ en la dicha çiudad e villas de los vezinos dellas/ mismas, conforme a los preuillejos que cada vna/ dellas tienen.</p>
<p>E porque mejor sean guardados/ los dichos capitulos e hornenanças (sic) çerca de la/ dicha eleçion, mandaba e mando que las lleva/sen a su alteza e a los del su mui alto con/çejo dentro de sesenta dias primeros seguien/tes para que los confirmasen o fiziesen dellos lo/ que mas fuese a su seruiçio; e entre tanto, sy/ no se confirmasen,mandaba e mando que ninguna/ nin alguna persona que los eletores que han/ de elegir sean osados de yr e contravenir/ nin perbertir a los dichos capitulos e ordenan/ças o alguna dellas, e que todas fuesen guar/dadas commo esta dicho, so pena que el que lo con/trario feziere o tentare hazer sea yna/vile para ofiçio ninguno de los de arriba conbra (sic)/ nonbrados de la dicha çiudad por veynte annos,/ e mas aya e yncura eso fato (sic) en pena de dies (al margen: pena de diez/ mill maravedis)/ mill maravedis, la meytad para la camara e fisco de/ sus altezas e la otra meytad para las obras pu/blicas desta dicha çiudad.</p>
<p>Testigos que fueron pre/sentes a lo susodicho, el vachiller de Arançeta,/ alcalde, e el doctor Fee, medico, e Rodrigo de Tobalina.// (Fol. 64 v.º) E despues de lo susodicho, en el dicho conçejo e/ ayuntamiento, este dicho dia e mes e anno susodichos,/ el dicho sennor liçençiado Diego Ramires,<br />
corregidor,/ en presençia de nos, los dichos escrivanos,/ e testigos de yuso escritos, dixo a los que en el dicho/ conçejo e ayuntamiento estaban que commo ellos bien/ sabian estaua tomada la resydençia/ al dicho bachiller Pero Ferrnandes de Aruieto, alcalde,/ por el bachiller Arançeta, su teniente, e alcalde/ que al presente es en la dicha çibdad, e segund/ estaua ynformado estaua fecha declara/çion, e porque algunos vezinos de la dicha/ çibdad querian desir que non estaua fecha la/ dicha resydençia nin echa aclaraçion de la/ manera que se devia hazer, por ende que sy al/gunos avia que quisyesen dezir o pedir/ algo sobre e en razon de la dicha resy/dençia o contra el dicho vachiller Aruieto que le/ dixiesen e pediesen, e que el probeyria sobre/ ello lo que fuese<br />
justiçia.<br />
E luego, todos los de/ suso nonbrados en general e cada vno en/ partycular que sy estaba tomada e resçe/uida la dicha resydençia e hecha declara/çion e dado sentençia e que non querian dezir nin pedir/ contra el dicho vachiller nin sobre la dicha resy/dençia cosa alguna, e que la daban e dieron/ por hecha e acabada la dicha resydençia.//(Fol. 65 r.º)</p>
<p>E asymismo, Juan de Ripa, escribano que en el dicho/ conçejo estaua, dixo que el avia seydo procurador/ e acusador contra el dicho bachiller de Aruieto en la/ dicha residençia, e pues que estava fecha e fenes/çida e fecha declaraçion e dado sentençia, quel no/ queria mas seguir nin pedir en la dicha resy/dençia al dicho bachiller, e que desde agora se/ apartaba e aparto dello e de cada cosa dello./</p>
<p>Otrosy, todos los susodichos arriba nonbrados que/ en el dicho conçejo estavan pedieron e supli/caron al dicho sennor corregidor que pues la resyden/çia del dicho vachiller de Aruieto estaba fecha/ e acabada, que su merçed mandase tornar/ e entergar la vara la vara (sic) de la alcaldia/ de la dicha çiudad al dicho vachiller Aruieto/ para que vsase del dicho ofiçio de alcaldia asta/ acabar el anno para que fue elegido.</p>
<p>E luego, el/ dicho sennor corregidor dixo que el estaba çierto/ e presto de hazer todo lo que con derecho e justi/çia deviese. Testigos, los susodichos.</p>
<p>Ba tes/tado o diz obra e o diz en ello, todos los/ susodichos dixieron que consentian e conse/ntieron. Ramires liçençiatus.// (Fol. 65 v.º) E yo, el sobredicho Juan de Gastetuga (sic), escriuano de/ sus altezas e su notario publico susodicho, presente/ fuy a lo que susodicho es en vno con (tachado: los) el dicho Sancho/ Martines de Vnda, escrivano, e con los dichos testigos, e a pedi/miento del dicho Martin de Vidaurre, syndico procura/dor de la dicha çibdad, fise escreuir e sacar la/ sobredicha escritura de sobre la dicha eleçion/ e avtos de suso encorporados en estas dies/ fojas de papel de pliego entero, e por ende/ fiz aqui este mio syno en testimonio de verdad./ Juan de Gastetuga./</p>
<p>E yo, el dicho Sancho Martines de Vnda, escriva/no de la reyna e del rey don Carlos, su hijo, nuestros/ senores, en vno con los dichos testigos, fuy presentejunta/mente con el dicho Juan de Gastetuaga, escriuano, e/ todo lo que de nos se haze mençion, e de pedimiento/ del dicho Martin de Vidaurre, procurador syndico de la dicha/ çibdad, por mandado del sennor corregidor, escrevi e sa/que del oreginal quequeda en nuestro poder en estas/ dies ojas de papel, e por ende fiz aquieste/ mio sygno en testymonio de verdad./ Sancho Martines.//</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>http://www.ezagutuurduna.net/documento-de-1495-agosto/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">5428</post-id>	</item>
		<item>
		<title>GARCÍA, Jacinto de.</title>
		<link>http://www.ezagutuurduna.net/garcia-jacinto-de/</link>
					<comments>http://www.ezagutuurduna.net/garcia-jacinto-de/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[mitxel]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 30 Oct 2026 06:21:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Celebridades]]></category>
		<category><![CDATA[Popular]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.ezagutuurduna.net/?p=5444</guid>

					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2023/04/aaaa-1.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2023/04/aaaa-1.jpg?w=900 900w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2023/04/aaaa-1.jpg?resize=300%2C225 300w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2023/04/aaaa-1.jpg?resize=768%2C576 768w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="4018" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/aaaa-19/" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2023/04/aaaa-1.jpg?fit=900%2C675" data-orig-size="900,675" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="aaaa" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2023/04/aaaa-1.jpg?fit=900%2C675" /></div>GARCÍA, Jacinto de. Natural de Orduña. Afincado en La Guaira, Venezuela. Sargento de Milicianos Artilleros Blancos. Tomó parte en la conspiración del 18 de julio de 1797. Esta conspiración fue llevada a cabo por José María España y Manuel Gual, secundados por un grupo de hombres y mujeres comprometidos en un proceso que habría tenido [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2023/04/aaaa-1.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2023/04/aaaa-1.jpg?w=900 900w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2023/04/aaaa-1.jpg?resize=300%2C225 300w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2023/04/aaaa-1.jpg?resize=768%2C576 768w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="4018" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/aaaa-19/" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2023/04/aaaa-1.jpg?fit=900%2C675" data-orig-size="900,675" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="aaaa" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2023/04/aaaa-1.jpg?fit=900%2C675" /></div><p>GARCÍA, Jacinto de.</p>
<p>Natural de Orduña. Afincado en La Guaira, Venezuela. Sargento de Milicianos Artilleros Blancos. Tomó parte en la conspiración del 18 de julio de 1797. Esta conspiración fue llevada a cabo por José María España y Manuel Gual, secundados por un grupo de hombres y mujeres comprometidos en un proceso que habría tenido como desenlace la sustitución del gobierno español por una república, in­dependiente de la metrópoli. Fracasada la rebelión fue condenado a presidio, destierro, trabajos forzados, confiscación de bienes y otras penas accesorias.<a href="#_ftn1" name="_ftnref1">[1]</a></p>
<p><sup> </sup></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="#_ftnref1" name="_ftn1">[1]</a> López, Casto Fulgencio: Juan Bautista Picornell y la Conspiración de Gual y España, 1955, p. 85; López, Casto Fulgencio: La Guaira: Causa y matriz de la independencia hispanoamericana, 1967, p. 44; Fajardo, José Manuel: La Epopeya de los locos, 1990, p. 223; Amézaga Aresti, Vicente lde: El elemento vasco en el siglo XVIII venezolano, Bilbao 1979, p. 172</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>http://www.ezagutuurduna.net/garcia-jacinto-de/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">5444</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Topónimos de Delika-Delica</title>
		<link>http://www.ezagutuurduna.net/toponimos-de-delika-delica/</link>
					<comments>http://www.ezagutuurduna.net/toponimos-de-delika-delica/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[mitxel]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 29 Oct 2026 06:43:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Aldeas]]></category>
		<category><![CDATA[Toponimia]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.ezagutuurduna.net/es/?p=1709</guid>

					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="222" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?fit=300%2C222" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?w=770 770w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?resize=300%2C222 300w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?resize=768%2C569 768w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="1710" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/toponimos-de-delika-delica/attachment/0001592/" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?fit=770%2C570" data-orig-size="770,570" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="0001592" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?fit=770%2C570" /></div>(Ordenados alfabéticamente) ALBIANA ALBIARíN: Barrio del pueblo de Délica ANDUBIA : Fuente ARANDO-ARAONDO : Pico en Sierra Salvada . ARANGUREN ARBINA: arroyo ARRIAGA ARRONSO ARTEGUI ARZA ARZABRO BARDAL BERRACARAN: Barrio de la aldea. CAMINO de ARBIN BENTA CAMINO de BALATUTA CAMINO de ARRIAGA CAMINO de MADARGURI CAMINO de SOBRESPE: A partir de la Venta Arbin [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="222" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?fit=300%2C222" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?w=770 770w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?resize=300%2C222 300w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?resize=768%2C569 768w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="1710" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/toponimos-de-delika-delica/attachment/0001592/" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?fit=770%2C570" data-orig-size="770,570" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="0001592" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?fit=770%2C570" /></div><p><a href="http://www.ezagutuurduna.net/es/2014/08/toponimos-de-delika-delica/attachment/0001592/" rel="attachment wp-att-1710"><img data-recalc-dims="1" loading="lazy" decoding="async" data-attachment-id="1710" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/toponimos-de-delika-delica/attachment/0001592/" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?fit=770%2C570" data-orig-size="770,570" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="0001592" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?fit=770%2C570" class="alignleft wp-image-1710" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/es/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?resize=250%2C185" alt="0001592" width="250" height="185" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?w=770 770w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?resize=300%2C222 300w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2014/06/0001592.jpg?resize=768%2C569 768w" sizes="(max-width: 250px) 100vw, 250px" /></a>(Ordenados alfabéticamente)</p>
<p>ALBIANA<br />
ALBIARíN: Barrio del pueblo de Délica<br />
ANDUBIA : Fuente<br />
ARANDO-ARAONDO : Pico en Sierra Salvada .<br />
ARANGUREN<br />
ARBINA: arroyo<br />
ARRIAGA<br />
ARRONSO<br />
ARTEGUI<br />
ARZA<br />
ARZABRO<br />
BARDAL<br />
BERRACARAN: Barrio de la aldea.<br />
CAMINO de ARBIN BENTA<br />
CAMINO de BALATUTA<br />
CAMINO de ARRIAGA<br />
CAMINO de MADARGURI<br />
CAMINO de SOBRESPE: A partir de la Venta Arbin hacia Paul<br />
DELICA: es el núcleo principal de población de los pueblos que conforman el Valle de Arrastaria.-Consiguió el reconocimiento del señorí­o de su casa sobre las aldeas de Arrastaria el 19-4-1380. Aparece citado como Odelica en documento de 1257, reproducido en la «Revista de Archivos» en los años 1907 a 1909.<br />
EL CUBO<br />
EL CUETO, Alto<br />
EL MONTE<br />
EL PERAL<br />
EL ROTURON<br />
EL SOMO<br />
ELANA, Arroyo de<br />
ELBIRDO<br />
ENCINAL<br />
ERRIPABE<br />
ERRIPATXO<br />
ERROZABAL<br />
ESCOTA<br />
ESTALLA<br />
ESTOKONOBIA<br />
ETXABE<br />
GUINEA o RIPACHO, torre de los: en Délica, es posterior a la que levantó en 1391 el Canciller Ayala. (1)<br />
GULPIRRI<br />
Ií‘ORREGA<br />
ITURRITA<br />
ITXOLO<br />
IZARZA<br />
KARRIOJA<br />
LA RASA<br />
LA RASA<br />
LARRIETA<br />
LARRINBE<br />
LAS CUEVAS<br />
LEZABRO<br />
LUGARRE : Arroyo.<br />
MADARGURI<br />
MARONDINA<br />
MEDIO: Barrio de la aldea.<br />
MEDIO: Barrio de la aldea.<br />
MIRADOR de ESKINA RUBEN<br />
MIRADOR del CAí‘ON del NERVION<br />
ODELICA: Nombre antiguo de la aldea.<br />
ODIA, Arroyo<br />
ODIA<br />
OJAMIL<br />
OJO de LEZEA<br />
ORDUÑA, Puerto de<br />
ORIBE<br />
OZAGARZA<br />
PAíšL: Barrio del pueblo de Délica.<br />
PAUL, Carretera de<br />
PEí‘AS NERVINAS<br />
PETERRA :<br />
PRADO<br />
PRADO TXIKI<br />
PUTXITA<br />
RIPACHO: Barrio de la aldea.<br />
SALTO del AGUA<br />
SAN ANDRES<br />
SANTA AGUEDA: Monte de Délica en el que acamparon en el año de 1808 las tropas francesas en su invasión de la pení­nsula.<br />
SAN BARTOLOME : Puerto.<br />
SANTA LUCIA: En el lí­mite con Délica ,encima del bº de Paul .<br />
SANTA LUCIA<br />
SANTO TOMAS<br />
SENDEJA<br />
SOBRESPE<br />
SOLOGUREN<br />
SOMO de BARRUETA<br />
TORRE de ORUE: Situada en Délica, así­ «como la casa mayor» de este apellido. Posteriormente esta «torre «fue de la familia GUINEA.<br />
Torre de PEDRO Lí“PEZ de AYALA: Hubo una torre en Délica que la erigió sobre el año 1391 . ¿Era la torre que los Bardeci poseyeron en Délica?<br />
TORTALETA<br />
TXAKON<br />
TXAKONERA<br />
URETA<br />
URIONDO: En este «campo de Uriondo «o «campo de Arrastaria» (según otras versiones) es en el que se celebraban en ocasiones las Juntas de Arrastaria, desde el cual posteriormente sus integrantes acudí­an a la parroquia del pueblo de Délica .<br />
URRUNU: Aldea de la junta de Arrastaria ¿dónde estaba ubicada o era un barrio de alguno de sus pueblos?, año 1391.<br />
URRUTI: Barrio de la aldea.<br />
VENTA de ARBíN : Antigua venta situada en el camino de Orduña a Berberana en la falda de la Peña Vieja de San Bartolomé.<br />
ZAMARRO: Barrio perteneciente al pueblo de Délica, que en 1391 figuraba como una de las aldeas que pertenecí­an a Arrastaria.<br />
ZALDUARTEME<br />
ZALDUBITXI</p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>http://www.ezagutuurduna.net/toponimos-de-delika-delica/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">1709</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Documento de 1495</title>
		<link>http://www.ezagutuurduna.net/documento-de-1495/</link>
					<comments>http://www.ezagutuurduna.net/documento-de-1495/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[mitxel]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 28 Oct 2026 06:07:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Documentación]]></category>
		<category><![CDATA[Historia]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.ezagutuurduna.net/?p=5426</guid>

					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?w=720 720w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?resize=300%2C225 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="4361" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/?attachment_id=4361" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=720%2C540" data-orig-size="720,540" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="aaa" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=720%2C540" /></div>ORDUÑA (Documento de 1495) 1495, diciembre, 30. San Mateo. Seguro a Diego de Gamarrache, vecino de Orduña, sobre su vida y las rentas de un beneficio que le pertenece en San Juan de Berbikiz, en Gordexola. (Exposición y data) // (Fol. 1 rº) Don Fernando e doña Ysabel, etçétera. Por fazer vyen e merçed a [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?w=720 720w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?resize=300%2C225 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="4361" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/?attachment_id=4361" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=720%2C540" data-orig-size="720,540" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="aaa" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2024/05/aaa.jpg?fit=720%2C540" /></div><p>ORDUÑA (Documento de 1495)</p>
<p>1495, diciembre, 30. San Mateo.</p>
<p>Seguro a Diego de Gamarrache, vecino de Orduña, sobre su vida y las rentas de un beneficio que le pertenece en San Juan de Berbikiz, en Gordexola.</p>
<p>(Exposición y data)</p>
<p>// (Fol. 1 rº) Don Fernando e doña Ysabel, etçétera. Por fazer vyen e merçed a bos, Lope Fernandes de Sata Maryna, veçino del conçejo de Gueñes, ques en el valle de Salsedo, acatando vuestra sufiçiençia e abylidad, e algunos buenos serbyçios que nos abedes fecho, es nuestra voluntad que agora e de aquy adelante para en toda vuestra vyda, seades nuestro escriuano del número del dicho conçejo de Guenes, en logar e por bacaçión de Lope de Saracho, nuestro escriuano del número que fue del dicho conçejo, por quanto es falesçido e pasado desta presente byda [&#8230;]</p>
<p>[&#8230;] // (Fol. 1 vº) Dada en la vylla de San Mateo, a treinta dyas del mes de desienbre, año del nuestro señor Ihuxpo de myl e quatroçientos e nobenta e seys años.</p>
<p>// (Fol. 2 rº) Yo el rey, yo la reyna. E yo, Juan de la Parra, secretario del rey e de la reyna, nuestros señores, la fys escribyr por su mandado. Don Aluaro, en forma. Rodericus doctor, Filipus doctor.</p>
<p><a href="https://www.enkarterrimuseoa.eus">https://www.enkarterrimuseoa.eus</a></p>
<p>ENCARTACIONES</p>
<p>Goio Bañales García</p>
<p>DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA (Y DE LAS CASAS SOLARES DE AIARA, VELASCO, SALAZAR Y BAÑALES) 1297-1821</p>
<p>Archivo General de Simancas.</p>
<p>RGS,LEG, 1493-12-9</p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>http://www.ezagutuurduna.net/documento-de-1495/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">5426</post-id>	</item>
		<item>
		<title>ARTÓMAÑA (en datos históricos)</title>
		<link>http://www.ezagutuurduna.net/artomana-en-datos-historicos/</link>
					<comments>http://www.ezagutuurduna.net/artomana-en-datos-historicos/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[mitxel]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 27 Oct 2026 06:48:40 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Aldeas]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.ezagutuurduna.net/?p=4077</guid>

					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2020/04/Art%C3%B3ma%C3%B1a-4.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" data-attachment-id="3603" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/artomana-2/artomana-4/" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2020/04/Art%C3%B3ma%C3%B1a-4.jpg?fit=1200%2C900" data-orig-size="1200,900" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="Artómaña 4" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2020/04/Art%C3%B3ma%C3%B1a-4.jpg?fit=1024%2C768" /></div>1380 (14 Junio): en este año Orduña tiene posesión de las aldeas de Délica, Artómaña, Tertanga, Aloria y Arbieto. Pleito por las aldeas anteriores del luego fray Fdo. Pérez de Ayala, padre del Canciller de Castilla. Ganó el pleito en la Cancillería de Valladolid contra la villa de Orduña, el 14 -6-1380. 1539: con el [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2020/04/Art%C3%B3ma%C3%B1a-4.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" data-attachment-id="3603" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/artomana-2/artomana-4/" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2020/04/Art%C3%B3ma%C3%B1a-4.jpg?fit=1200%2C900" data-orig-size="1200,900" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="Artómaña 4" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2020/04/Art%C3%B3ma%C3%B1a-4.jpg?fit=1024%2C768" /></div><p><strong>1380</strong> (14 Junio): en este año Orduña tiene posesión de las aldeas de Délica, Artómaña, Tertanga, Aloria y Arbieto. Pleito por las aldeas anteriores del luego fray Fdo. Pérez de Ayala, padre del Canciller de Castilla. Ganó el pleito en la Cancillería de Valladolid contra la villa de Orduña, el 14 -6-1380.</p>
<p><strong>1539:</strong> con el Adelantado, Pascual de Andagoya, con destino a su Adelantamiento del Río de San Juan, se embarcaron algunos vecinos de Arrastaria, como Juan de Ugarte, natural de Artomaña, e Íñigo de Varte y Francisco de Lespe, vecinos de Delika.</p>
<p><strong>1588</strong> (15 de diciembre): aparece, como vecino, Pedro Ibáñez de Murga. (18 de diciembre): Copia de la escritura de venta de una huerta, sita en el término de La Fuente de la Paul otorgada por Pedro Ibañez de Murga, vecino de Artómaña, a favor de Juan de Tertanga, vecino de Orduña.</p>
<p><strong>1639: </strong>aparece, como vecino, Diego García de Murga, vecino de Artomaña. Solicitó al ayuntamiento de Arrastaria el voto del mismo para acudir en procesión el día 9 de Mayo al Santuario de La Antigua.</p>
<p><strong>1684</strong> (3 de febrero): Escritura de venta de una heredad, sita en el término de El Pozo de Uquerria de Orduña, otorgada por Juan Antonio de Urbina, vecino de Artómaña, a favor de Pedro de la Cantera Salazar, vecino de Orduña. (30 de junio): Inventario y tasación de bienes sitos en Artómaña y Orduña a petición de Francisco Borja de Varona.</p>
<p><strong>1690</strong> (10 de febrero): Venta de una heredad en Belandica término de Artómaña, otorgada por Benito de Orúe en favor de Domingo de Mioño.</p>
<p><strong>1693</strong> (12 de marzo): Venta de una viña en un término de Artómaña, otorgada por Antonio de Murga y su mujer, en favor de Domingo de Mioño.</p>
<p><strong>1695 </strong>(26 de mayo): expediente incoado ante los litigios frecuentes entre los pueblos de Lezama, Uzquiano, Unzá, Aloria y Artómaña, en razón de la cerradura de los montes. Este expediente durará hasta el 17 de mayo de 1862.</p>
<p><strong>1695</strong>(23 de mayo): Venta de tres heredades en términos de Artómaña otorgada por Diego de Salazar y su mujer, en favor de Domingo de Mioño.(7 de septiembre): se cita el término de “Los Majuelos”. (13 de noviembre): se cita el término de “Vidaurquijo”. (13 de noviembre): Venta de una heredad en Vidaurquijo término de Artomaña, otorgada por Ambrosio de Echávarri en favor de Domingo de Mioño.</p>
<p><strong>1696</strong> (3 de junio): Venta de una heredad en Mediolaria término de Artómaña, otorgada por Antonio de Perea y Gorbea en favor de Domingo de Mioño<em>. </em>(22 de noviembre): Escritura de venta de una heredad, sita en el término de Zalduendo de Orduña, otorgada por Juan Antonio de Urbina, vecino de Artomaña, a favor de Diego de Urbina, caballero de la Orden de Calatrava y vecino de Orduña<em>. </em>(27 de diciembre): Venta de dos heredades en Vidaurquijo término de Artómaña, otorgada por Gregorio de Orúe y su mujer, en favor de Domingo de Mioño</p>
<p><strong>1898 </strong>(6 de junio): el Gobernador Civil de Álava comunica el envío, para informe, del expediente promovido por Baldomero Sojo, vecino de Artomaña, contra acuerdo del ayuntamiento de Arrastaria, que le obligó a derribar una pared construida en terreno del común. La Comisión informa que, procede desestimar el recurso.</p>
<p><strong>1699 </strong>(10 de febrero): se cita el término de Belándica.</p>
<p><strong>1701 </strong>(12 de julio): se cita el término “Río de las Salses”.</p>
<p><strong>1702 </strong>(26 de marzo): venta de una heredad en Villorquijo término de Artómaña, otorgada por Juan Ruiz de Vallejo y su mujer, en favor de Domingo de Mioño. (14 de mayo): escritura de arrendamiento de una heredad en el término de Zalduendo, de Artómaña, otorgada por el señor de Villanañe (Rodrigo Agustín Varona), a favor de Jorge de Bardeci, de Artómaña. (30 de agosto): venta de una heredad en Villa Urquijo término de Artómaña, otorgada por Francisca de Orzález en favor de Domingo de Mioño. (1 de octubre): aparecen como vecinos los esposos Diego de Sojo y Ángela de Velasco. Se citan los términos de Las Arenas y Zalduendo, términos de Artomaña. Escritura privada de arrendamiento de una heredad, sita en los términos de Las Arenas y Zalduendo, jurisdicción de <strong>Artómaña</strong>, otorgada por Diego de Urbina, vecino de Orduña y caballero de la Orden de Calatrava, a favor de Diego de Sojo y Ángela de Velasco, esposos y vecinos de Artomaña.</p>
<p><strong>1730</strong> (14 de mayo): escritura de arrendamiento de una heredad sita en el término de Zalduendo, jurisdicción de Artómaña, otorgada por Rodrigo Agustín Varona, señor de Villanañe, a favor de Jorge de Bardeci, vecino de Artomaña.</p>
<p><strong>1744</strong>: Manuel Silvestre Balza Orúe, natural de Délica, casó con María Antonia Sologuren Echevarri, siendo vecinos de Artómaña, en el siglo XVIII.</p>
<p><strong>1763</strong>. Francisco de Larrea, beneficiado de Artómaña, vecino de Cuenca. (9 de diciembre): Escritura privada de arrendamiento de una heredad, sita en el término de «Arrestaria», jurisdicción de Artomaña, otorgada por Rodrigo Agustín Varona, señor de Villanañe, a favor de Marcos de Pinedo, vecino de Orduña.</p>
<p><strong>1777: </strong>aparece Ambrosio Ochoa de Mugaburu, beneficiado de Artomaña.</p>
<p><strong>1790:</strong> Juana de Ulizar, natural de Artómaña, aparece prestando 7.000 reales para las obras del cementerio y del pórtico de Santa María de Orduña.</p>
<p><strong>1809:</strong> aparece Cecilio Balza Larrea, natural de Artómaña, casado con Petra Basarrate, residentes en Artómaña.</p>
<p><strong>1842</strong>: los regidores de los pueblos de Aloria, Artómaña  y Tertanga, revocan las elecciones de concejales que se han llevado a cabo. en el ayuntamiento de Délica, debido a numerosas irregularidades.</p>
<p><strong>1850:</strong> se dice que Pedro de Varona que poseía muchas propiedades en los pueblos de Délica, Artómaña, Aloria y Orduña.</p>
<p><strong>1859 </strong>(17 de diciembre): Manuel José de Velasco era propietario de varias heredades por las que debía pasar el ferrocarril Bilbao- Tudela, en la zona de Artomaña. Cuenta de la medición y tasación de las heredades sitas en Artómaña propias de Manuel José de Velasco por las que debía pasar la vía férrea de Tudela a Bilbao.</p>
<p><strong>1862:</strong> Expediente incoado ante los litigios frecuentes entre los pueblos de: Lezama, Uzquiano, Unzá, Aloria y Artómaña en razón de las cerraduras de los montes.</p>
<p><strong>1863 </strong>(4 de mayo): expediente sobre la pretensión del pueblo de Artómaña, de la Hermandad de Arrastaria, para la construcción de una fuente de agua potable, como indispensable, para el servicio del vecindario.</p>
<p><strong>1864 </strong>(30 de junio): inventario y tasación de bienes sitos en Orduña y Artómaña, a petición de Francisco Borja de Varona.</p>
<p><strong>1867 </strong>(15 de noviembre): copia simple de la reclamación dirigida al obispo de Vitoria por los vecinos de Artómaña, entre otros pueblos de la provincia, referente al testamento de Manuel María de Ocharan.</p>
<p><strong>1869 </strong>(20 de abril): moción presentada por varios procuradores, solicitando se salven los inconvenientes que, anteriormente, paralizaron las obras de construcción del trozo de camino de Berbita hasta la cima de la cordillera, que da vista a Orduña, y se repare el camino llamado de la Peña Corta, que va desde Unzá hasta Artómaña.</p>
<p><strong>1870</strong> (14 de diciembre): Cuentas y recibos formados por varios administradores de los bienes pertenecientes a Manuel José de Velasco en Orduña, Aloria y Artómaña, desde 1837 a 1870.</p>
<p><strong>1871 </strong>(26 de mayo): instancia de tres vecinos de Artomaña, solicitando información acerca de si, en el primer nombramiento de la “Comisión de agravios”, se han observado las normas que prescriben los párrafos tercero y cuarto del acuerdo de la Junta General del 25-11-1868.</p>
<p><strong>1896 </strong>(19 de abril): repartos para pago del culto y clero de: Artómaña, entre potras poblaciones de Álava.</p>
<p><strong>1897 </strong>(7 de febrero): instancia elevada a la Junta General ordinaria sobre que se reponga el camino de la peña de Unza o Artómaña.</p>
<p><strong>1898 </strong>(6 de junio): el Gobernador Civil de Álava comunica el envío, para informe, del expediente promovido por Baldomero Sojo, vecino de Artómaña, contra acuerdo del ayuntamiento de Arrastaria, que le obligó a derribar una pared construida en terreno del común. La Comisión informa que, procede desestimar el recurso.</p>
<p><strong>1906 </strong>(14 de marzo): el alcalde de barrio de Artómaña, informa que dicho pueblo, ha cortado varios árboles del monte común, para reponer un puente, en el término de “Río los Alces”. <strong>(18 de abril):</strong> el alcalde barrio de Artomaña informa que dicho pueblo ha cortado varios árboles del monte común, para reponer un puente, en el término de “Río de los Alces”.</p>
<p><strong>1907 </strong>(11 de enero): el sobreguarda de montes, Bonifacio Larrauri, remite diligencias instruidas, a consecuencia, de una corta abusiva de árboles, en el monte común de Artómaña, término de “El Llano”. (12 de febrero): el vecindario de Artómaña solicita prórroga para la corta y amontonamiento de las suertes foguerales.</p>
<p><strong>1908 </strong>(25 de mayo): el alcalde de barrio de Artómaña, solicita, se le deje extraer del monte común, la maleza necesaria para cocer tejas.</p>
<p><strong>1909 </strong>(20 de marzo): el alcalde del barrio de Artómaña, solicita recursos forestales del monte común, término de “Santa Cruz”, para con sus productos colocar piedras y rodetes en el molino harinero de su pueblo<strong>. (5 de julio): </strong>diligencias instruidas, por el sobreguarda forestal, con motivo de una limpieza de maleza, sin autorización, en el monte común de Artómaña, término de “El Bardal”. <strong>(15 de noviembre):</strong> expediente relativo  al ingreso de una persona,  huérfana y vecina de Artómaña, en el asilo provincial de Santa María de las Nieves, de Vitoria.</p>
<p><strong>1910 </strong>(31 de diciembre): relación de la riqueza rústica, urbana y pecuaria existente en Aloria, <em>Délica</em>, Artómaña y Tertanga.</p>
<p><strong>1911 </strong>(20 de mayo): expediente de demencia y pobreza de una vecina, natural y vecina de Artómaña. (28 de octubre): el alcalde barrio de Artómaña solicita, recursos forestales del monte común, término de Santa Cruz, para con su producto, colocar piedras y rodetes en el molino harinero de dicho pueblo.</p>
<p><strong>1914 </strong>(21 de septiembre): el alcalde de Artómaña solicita permiso a la Diputación para extraer malezas del monte común, para alimentar un horno de cocer tejas. Se concede.  Esta petición se extiende hasta el 29 de julio de 1916.</p>
<p><strong>1916 </strong>(19 de abril): cese del maestro de la escuela nacional de Artómaña, Cristóbal Manuel Santaolalla. (29 de julio): el alcalde barrio de Artómaña solicita, autorización para extraer malezas del monte común, con el fin de alimentar un horno de cocer teja. Se accede a lo solicitado. (16 de noviembre): un vecino de Artómaña solicita, se le reintegre la cantidad que pagó en concepto de “déficit del presupuesto” del ayuntamiento de Cuartango, para el año 1915.</p>
<p><strong>1918</strong>: los presidentes de las juntas administrativas de Aloria y Artómaña, solicitan se obligue al ayuntamiento de Arrastaria a construir una escuela y casa para el maestro. Petición denegada. (6 de marzo): un vecino de Artómaña solicita, malezas del monte común, para alimentar una calera. (10 de abril): el presidente de la Junta administrativa de Artomaña solicita, se le concedan malezas del monte común, para alimentar un horno de cocer tejas y cal. (20 de abril): los presidentes de las Juntas administrativas de Aloria y Artómaña solicitan, se obligue al ayuntamiento de Arrastaria, a construir una escuela y casa para el maestro. Petición denegada.</p>
<p><strong>1919 </strong>(22 de noviembre): la Junta administrativa de Artómaña, solicita recursos forestales del monte común, para con su producto, construir una escuela y reparar la casa del maestro.</p>
<p><strong>1920 </strong>(21 de febrero): el alcalde de Artómaña, informa del incendio ocurrido en el monte común, término de “Las Campas” o “Zarracia”. De nuevo se hace el 3 de marzo.</p>
<p><strong>1921 </strong>(9 de septiembre): el alcalde de la Junta administrativa de Aloria, solicita recursos forestales del monte común, a fin de contribuir a los gastos de reparación de la escuela nacional de Artómaña.</p>
<p><strong>1922 </strong>(2 de febrero): los maestros de Délica, Artómaña y Tertanga solicitan plantones de los viveros provinciales para la celebración de la denominada “fiesta del árbol”. Se deniega lo solicitado por haberlos destinado a “carreteras”. (29 de noviembre): un vecino de Delika, solicita a la Diputación, el auxilio a los padres de un soldado fallecido en la “campaña de África”. Se le conceden 150 pts. (14 de diciembre): la Junta administrativa de Artómaña solicita recursos forestales del monte común para, con su producto, construir una escuela y reparar la casa del maestro.</p>
<p><strong>1923 </strong>(31 de enero): la Junta administrativa de Artómaña solicita autorización, para que sus vecinos, puedan extraer las leñas foguerales del monte común, fuera de los plazos vigentes. Se accede a lo solicitado.</p>
<p><strong>1924 </strong>(11 de abril): el alcalde de barrio de Artómaña, solicita autorización, para gravar con 25 pts. cada una de las suertes foguerales, para con su producto, construir un cementerio nuevo. Se accede a lo solicitado.</p>
<p><strong>1927 </strong>(8 de marzo): a tres vecinos de Artómaña se les abre un expediente por el alcalde de barrio, por su negativa al abono de cantidades del reparto por el pago de las obras hechas en la escuela y casa del maestro. (18 de marzo): los alumnos de la escuela de Artómaña, solicitan a la Diputación, dinero para fundar una biblioteca, y se les contesta, que se les concederá una serie de libros para la misma, del Archivo provincial.</p>
<p>(13 de abril): expediente relativo a la reclamación efectuada por el alcalde barrio de Artómaña en virtud de la negativa de algunos vecinos del lugar al abono de lo que les ha correspondido en el reparto para el pago de las obras realizadas en el local de la escuela y casa para el maestro.</p>
<p><strong>1928 </strong>(10 de febrero): los alumnos de la escuela de Artómaña-Aloria solicitan alguna cantidad para fundar una biblioteca. Se les comunica que no existiendo ninguna consignación para ello en el presupuesto, se les concederán una serie de libros que se encuentran repetidos en el Archivo provincial.</p>
<p><strong>1930 </strong>(25 de octubre): la Junta vecinal de Artómaña solicita autorización para la venta de chopos, sitos en el común, y su producto dedicarlo a la reparación de la casa del maestro.</p>
<p><strong>1931 </strong>(10 de julio): una vecina de Artómaña solicita permiso para extraer del monte común su suerte fogueral.</p>
<p><strong>1932 </strong>(3 de mayo): varios vecinos de Artómaña y Tertanga, junto a otros de otros pueblos, solicitan: materiales de maderamen, cultivo de terrenos comunales y leñas foguerales, respectivamente. Peticiones denegadas. (12 de mayo): Pablo Acha, propietario de la Eléctrica del Gorbea, solicita permiso para suministrar fluido eléctrico a los pueblos de Gujuli, Oyardo, Uzquiano y Artomaña, por medio de derivaciones aéreas de la línea de Orduña y Amurrio.</p>
<p><strong>1933 </strong>(7 de abril): un vecino de Artómaña solicita autorización para cultivar un terreno en el monte común, término de “Aranguti”. Se accede a lo solicitado.</p>
<p><strong>1935 </strong>(26 de agosto): la Junta administrativa de Artómaña solicita autorización, para poder disponer de las 254 pts., importe de la renta anual establecida, como impuesto por el cultivo de terrenos concedidos, a varios vecinos, para amortizar un préstamo que hizo al pueblo, un vecino del mismo.</p>
<p><strong>1936</strong> (5 de marzo): expediente relativo a la construcción de la carretera que, partiendo de la carretera provincial de Amézaga a Orduña, termine en el pueblo de Artómaña<em>. (5 de junio): Expediente relativo a la construcción de la carretera que, partiendo de la carretera provincial de Amézaga a Orduña, termine en el pueblo de Artómaña</em>. (12 de junio): la Junta administrativa de Artómaña solicita, permiso para la venta de leña del monte común, con el fin de pagar un préstamo concedido, para las obras del cementerio. Petición denegada. (26 de noviembre): el ayuntamiento de Urcabustaiz solicita permiso, para el cultivo de terrenos, con el fin de aliviar la situación de varias familias de refugiados, de Artómaña, llegados al municipio.</p>
<p><strong>1938 </strong>(13 de febrero): un vecino de Artómaña, solicita permiso para roturar un terreno del monte comunal. (1 de agosto): expediente de las denuncias formuladas contra un vecino de Artómaña y otro de Izarra, por pasturación abusiva en los montes del común, de Artómaña y Abecia.</p>
<p><strong>1939 </strong>(19-26 de octubre): un vecino de Artómaña solicita permiso a la Diputación, para el aprovechamiento de arbolado de su propiedad, en las jurisdicciones de Artómaña y Delika, con el fin de reedificar una casa que tiene en Delika. Se repite el 4 de abril.</p>
<p><strong>1941 </strong>(25 de septiembre): notificación de denuncia e imposición de una multa a un vecino de Artómaña, por el transporte hacia Orduña (Vizcaya) de un carro de leña de roble, de su propiedad, sin la guía correspondiente.</p>
<p><strong>1942 </strong>(18 de junio): la Junta administrativa de Artómaña solicita permiso para la venta de leñas sobrantes, de las suertes foguerales, a fin de amolrtkizar una deuda. (15 de octubre): el ingeniero de Obras Públicas de Navarra y Álava, comunica el envío del proyecto de línea eléctrica de alta tensión, entre Artómaña y Délica, para su aprobación, solicitado por el dueño de la empresa contratista.</p>
<p><strong>1943 </strong>(21 de agosto): diligencias instruidas con motivo del incendio ocurrido en el monte común de Artómaña, término de “Salto del gato”, el 20-8-1943. (23 de octubre): un vecino de Artómaña solicita permiso, para el aprovechamiento de arbolado de su propiedad, derribado por un vendaval, radicado en jurisdicción de Délica.</p>
<p><strong>1944 </strong>(15 de diciembre): un vecino de Artómaña solicita permiso, para el aprovechamiento de malezas y espinos, del monte común.</p>
<p><strong>1945 </strong>(11 de enero): la Junta administrativa de Artómaña solicita, se señale “leña muerta”, con destino a la foguera del cura ecónomo de la parroquia de dicho pueblo. (28 de febrero): diligencias instruidas con motivo de la denuncia formulada contra diecisiete vecinos de Artómaña por la corta abusiva de productos forestales del monte común y su venta a una panadería de Orduña (Vizcaya). Recurso de un vecino de Artómaña, en nombre de los vecinos interesados, contra el acuerdo de la Comisión Provincial. Solicitud de la Junta administrativa de Artómaña de la concesión de la tercera parte del importe de las multas para atender los gastos de reparación del cementerio. (13 de julio): un vecino de Artómaña solicita, permiso para extraer piedra del monte común del pueblo, con el objeto de reparar una casa de su propiedad. (10 de agosto): el ayuntamiento de Arrastaria remite el expediente de juicio administrativo, incoado por el rematante de consumos de dicho municipio, contra dos vecinos de Artómaña y uno de Izarra, por supuesta defraudación en el impuesto de consumos.</p>
<p><strong>1947 </strong>(20 de febrero): un vecino de Artómaña solicita permiso para cortar arbolado propio. (15 de octubre): Casimiro Llano, vecino de Orduña (Vizcaya) solicita permiso para el corte de arbolado, roble, de su propiedad, sito en la jurisdicción de Artómaña. Se produjo un choque de dos convoyes de mercancías entre las estaciones de Artómaña y Lezama, en el que se descarrilaron 31 vagones. Hubo dos muertos, dos desaparecidos y cinco heridos. Las pérdidas materiales se calcularon en 2 millones de pts.</p>
<p><strong>1948 </strong>(20 de marzo): diligencias instruidas con motivo del incendio ocurrido en el monte de Artómaña, término de “Salto del Gato”, el 20-8-1943.</p>
<p><strong>1949 </strong>(29 de enero): un vecino de Artómaña, solicita permiso para el aprovechamiento de una cantera.</p>
<p><strong>1950 </strong>(17 de enero): la “comandancia de miñones” remite la denuncia y multa impuesta a un vecino de Artómaña, por introducción fraudulenta de vino corriente. (4 de mayo): responsabilidades administrativas exigidas a una vecina de Artómaña, ante la denuncia presentada por un “miñón” de Amurrio, por introducción fraudulenta de vino y anís. Lo mismo, pero a un vecino del mismo pueblo, por introducción fraudulenta de “vino fino embotellado”. (23 de noviembre): la junta administrativa de Artómaña, del ayuntamiento de Arrastaria, solicita autorización para establecer un impuesto de 50 pts, por cada suerte fogueral que se conceda, a los vecinos del lugar.</p>
<p>1951 (4 de abril): un vecino de Artómaña, solicita permiso para el corte de arbolado de roble, de su propiedad. (30 de agosto): un contratista de obras, vecino de Trepuentes, solicita permiso para extraer piedras, para reparar el camino vecinal de acceso al pueblo de Artómaña.</p>
<p><strong>1952 </strong>(6 de marzo): un vecino de Artómaña, solicita permiso para cerrar una finca propia, con alambre, sita en el acceso al pueblo. (8 de mayo): una vecina de Artómaña es denunciada por transportar, 2 litros de licor, sin la guía de tránsito correspondiente. También es denunciada, por el mismo motivo, otra vecina del mismo pueblo, por transportar un litro de licor.</p>
<p><strong>1953 </strong>(26 de febrero): la Junta administrativa de Artómaña, remite expediente único de aprovechamientos forestales, correspondiente al ejercicio 1951-52.</p>
<p><strong>1954 </strong>(4 de febrero): un vecino de Artómaña, solicita permiso, para la recogida de “leñas muertas”, para su consumo.</p>
<p><strong>1955 </strong>(enero): descarrila un tren en Artomaña, falleciendo un operario de Orduña<em>. </em>(14 de enero): la Junta administrativa de Artómaña, solicita permiso, para extraer recursos forestales, para atender los gastos de la construcción de un quitanieves. (10 de febrero): la junta administrativa de Artómaña, solicita la cesión de una máquina apisonadora, por parte de la Diputación, para el arreglo del camino de dicho pueblo. (24 de febrero): un vecino de Artómaña, solicita permiso, para extraer piedra del monte Barramarán y Guciura. (1 de abril y 5 de mayo): unos vecinos de Artómaña, tres, solicitan permiso para cerrar unas fincas de su propiedad, con alambre, sitas en el camino VC-116, de acceso al pueblo.</p>
<p><strong>1957 </strong>(24 de julio): expediente relativo a la construcción del camino vecinal, n.º 116, desde el confín de la provincia de Álava hasta la localidad de Artómaña. (17 de octubre): abono de una subvención, a la Junta administrativa de Artómaña, por la reparación de la iglesia. (24 de febrero): diligencias instruidas, con motivo del incendio ocurrido, en el monte “Bardal y San Pelayo”, jurisdicción de Artómaña, el día 11-9-1958. (8 de marzo): expediente de subvención al ayuntamiento de Arrastaria con destino para subvencionar obras de los pueblos de Aloria, Artómaña, Délica y Tertanga. (11 de septiembre): las Juntas administrativas de Aloria, Artomaña, Délica y Tertanga, remiten expediente único de aprovechamientos forestales, para el ejercicio 1958-59.</p>
<p><strong>1960 </strong>(11 de diciembre): un vecino de Artómaña, solicita permiso para circular con su camión por el camino vecinal CV-94, de ramal al pueblo de Unzá. (31 de diciembre): fragmento del retablo mayor de la iglesia de San Jorge, de Artómaña. (155-2)</p>
<p><strong>1961 </strong>(30 de marzo): tres vecinos de Artómaña, solicitan prórroga para sus cultivos (fincas de roturas). (24 de mayo): diligencias instruidas, con motivo del incendio ocurrido, el 31-5-1961, en el monte común, del pueblo de Artómaña. (2 de junio): un vecino de Délica, contratista, solicita a la Diputación, la cesión de una máquina apisonadora, para la reparación de los caminos de servicios a particulares, de Orduña y Artómaña. (31 de agosto): tres vecinos de Artómaña, solicitan la baja de roturaciones, en el término de “Zarracia”.</p>
<p><strong>1962 </strong>(17 de septiembre): varios vecinos de Artómaña, solicitan permiso para quema de malezas.</p>
<p><strong>1963 </strong>(23 de marzo): la Junta administrativa de Artómaña, solicita permiso, para la quema de malezas.</p>
<p><strong>1964 </strong>(20 de marzo): la Junta administrativa de Artómaña, solicita una subvención, para efectuar obras de reparación, en la iglesia de la localidad. (8 de octubre): un vecino de Artómaña, solicita una subvención a la Diputación, y un anticipo al Instituto Nacional de Colonización, para construir un “gallinero”.</p>
<p><strong>1966 </strong>(1 de febrero): proyecto de abastecimiento de aguas, del pueblo de Artómaña. (6 de mayo): expediente relativo al “embreado” del camino vecinal, n.º 116, desde el confín de la provincia de Álava hasta la localidad de Artómaña.</p>
<p><strong>1967 </strong>(21 de marzo): informe económico emitido por el organismo jurídico-administrativo, a petición del negociado de entidades locales, relativo a la solicitud presentada por la Junta administrativa de Artómaña, para concertar con la Caja de Ahorros Provincial de Álava, un préstamo de 220.000 pts, para llevar a cabo las obras de abastecimiento de aguas. (30 de octubre): informe del arquitecto de Álava, sobre la iglesia parroquial de Artómaña, para su posible reparación.</p>
<p><strong>1968 </strong>(15 de febrero): expediente de concesión de una subvención estatal para las obras de abastecimiento de aguas, promovida por la junta administrativa de Artómaña, y adjudicadas a un contratista (subvención incluida en el “plan Provincial de obras y servicios del año 1967). (26 de febrero): el cura párroco de Artómaña, solicita una subvención, para la reparación de la iglesia parroquial. (31 de marzo): escrito del Gobierno Civil de Álava al presidente de la Junta administrativa de Artómaña, aconsejando el asesoramiento del organismo jurídico-administrativo de la provincia, sobre diferencias de valoración entre el contratista y los técnicos de la Diputación, por una obra de traída de aguas. (19 de abril): la Junta administrativa de Artómaña, solicita una subvención, para el abastecimiento de aguas potables, a dicha localidad. (31 de octubre): la Junta administrativa de Artómaña, solicita permiso para instalar una cañería de agua, por la cuneta, en el CV-116, de acceso a Artómaña.</p>
<p><strong>1971 </strong>(1 de enero y 31 de diciembre): expediente de relación de proyectos de líneas eléctricas que afectan a distintos puntos de las carreteras de la provincia: línea eléctrica a 13,2 kv. A los CT. De Aloria, Artómaña y Délica. (4 de febrero): un vecino de Artómaña, solicita una subvención a la Diputación, y un anticipo al Instituto Nacional de Colonización, para construir un “estercolero”. (27 de noviembre): un vecino de Artómaña, solicita una subvención, para la reforma de un establo y un estercolero, acogiéndose a las ayudas para obras de interés agro-social.</p>
<p><strong>1972 </strong>(26 de junio): un vecino de Artómaña solicita una subvención, por parte de la Diputación, acogiéndose a las ayudas establecidas para obras de interés agro-social, para la reforma de una cuadra. (18 de diciembre): diligencias instruidas, con motivo de denuncia, contra un vecino de Orduña, por cazar en época de veda, en la localidad de Artómaña.</p>
<p><strong>1973 (28 de febrero):</strong>  un vecino de Artómaña solicita una subvención, por parte de la Diputación, acogiéndose a las ayudas establecidas para obras de interés agro-social, para las obras de un estercolero.</p>
<p><strong>1975 </strong>(7 de mayo): un vecino de Artómaña solicita una subvención, por parte de la Diputación, acogiéndose a las ayudas establecidas para obras de interés agro-social, para las obras de reforma de una cuadra. (18 de septiembre): el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agraria (IRYDA), remite la petición de auxilio económico, formulada por un vecino de Artómaña, para la construcción de un “silo, tipo trinchera”, la reforma de un establo, la construcción de un almacén para maquinaria y la pavimentación de una era.</p>
<p><strong>1978 </strong>(13 de septiembre): la Junta administrativa de Artómaña, solicita una subvención, para obras de pavimentación de las calles.</p>
<p><strong>1980 </strong>(31 de mayo) la Comisión de fiestas de Artómaña, solicita una subvención para sufragar los gastos de las fiestas patronales, el día de San Jorge. Esta petición se repite el 5  de mayo de 1982 y el 18 de diciembre de 1986.</p>
<p><strong>1984 </strong>(28 de febrero): proyecto de reforma y adaptación de un edificio para sala de concejo, botiquín y biblioteca en la localidad de Artómaña. Incluye documentación varia: memoria, pliego de condiciones, presupuesto y proyecto del arquitecto provincial.</p>
<p><strong><u> </u></strong></p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>http://www.ezagutuurduna.net/artomana-en-datos-historicos/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">4077</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Virgen de Orduña: ¿de qué hablamos?</title>
		<link>http://www.ezagutuurduna.net/virgen-de-orduna-de-que-hablamos/</link>
					<comments>http://www.ezagutuurduna.net/virgen-de-orduna-de-que-hablamos/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[mitxel]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 Oct 2026 06:22:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cultura]]></category>
		<category><![CDATA[Historia]]></category>
		<category><![CDATA[Popular]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.ezagutuurduna.net/?p=5446</guid>

					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="200" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2022/10/aaaa.webp?fit=300%2C200" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2022/10/aaaa.webp?w=600 600w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2022/10/aaaa.webp?resize=300%2C200 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="3905" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/aaaa-16/" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2022/10/aaaa.webp?fit=600%2C400" data-orig-size="600,400" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="aaaa" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2022/10/aaaa.webp?fit=600%2C400" /></div>Virgen de Orduña: ¿de qué hablamos? La Virgen de Orduña o de Antigua es una advocación de la propia virgen María, venerada en decenas de pueblos y ciudades por toda la península y Latinoamérica. De hecho, se encuentra hasta en la Catedral de Sevilla y es patrona de Panamá. Sí, el país entero. Se suele [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="200" src="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2022/10/aaaa.webp?fit=300%2C200" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2022/10/aaaa.webp?w=600 600w, https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2022/10/aaaa.webp?resize=300%2C200 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="3905" data-permalink="http://www.ezagutuurduna.net/aaaa-16/" data-orig-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2022/10/aaaa.webp?fit=600%2C400" data-orig-size="600,400" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="aaaa" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/www.ezagutuurduna.net/wp-content/uploads/2022/10/aaaa.webp?fit=600%2C400" /></div><p>Virgen de Orduña: ¿de qué hablamos?</p>
<p>La Virgen de Orduña o de Antigua es una advocación de la propia virgen María, venerada en decenas de pueblos y ciudades por toda la península y Latinoamérica. De hecho, se encuentra hasta en la Catedral de Sevilla y es patrona de Panamá. Sí, el país entero.</p>
<p>Se suele mostrar junto al niño Jesús y una rosa blanca. ¿Por qué también la encontramos en Bizkaia? Aunque no hay certeza al 100%, la teoría más compartida es que es una Virgen de origen castellano-leonés y medieval.</p>
<p>Por eso, Orduña tiene una estatua del siglo XIV dedicada a este icono. Es de madera de tilo y policromada y se ubica dentro del Santuario de la Antigua, a las afueras de la ciudad. Es un visita más que obligatoria antes de subir al Txarlazo.</p>
<p>Curiosidad?: la virgen fue maltratada durante años por un exceso de devoción. Incluso se llegó a intentar ponerle ojos de cristal y brazos articulados. Hoy está restaurada parcialmente.</p>
<p>La leyenda cuenta que un pastor se encontró por casualidad con la imagen de la Virgen enredada en una morera a los pies del propio monte Txarlazo. A nivel histórico ya hay reseñas de que en el siglo X existía un monasterio dedicado a Santa María en ese lugar.</p>
<p>En el siglo XIII se la conocía como «la Vieja» o «la Antigua» en contraposición a la nueva parroquia construida en el centro de la ciudad en torno al 1229.</p>
<p><strong>Virgen de Orduña o de la Antigua (monumento)</strong></p>
<p>Y ahora sí, hablemos de por lo que seguramente estás en este artículo. El 16 de octubre de 1903 se levantó en lo más alto del Txarlazo —uno de los picos de Sierra Salvada—, la que hoy conocemos como Virgen de Orduña, Virgen de la Antigua o incluso Virgen del Txarlazo.</p>
<p>Datos clave &#x2795;: el arquitecto de la obra fue Claudio Durán y Ventosa. La construcción costó 150.000 pesetas de la época, que consiguieron reunir los Padres Jesuitas de Orduña, y movilizó a 14 obreros, 10 toneladas de hierro, 50 de cemento belga y cal de Zumaia.</p>
<p>Se trata de un monumento conmemorativo al momento que comenzó a promulgarse el dogma de la Inmaculada en la localidad. ¿Por qué es tan famoso? Hay dos motivos principales: desde ella se tienen unas vistas increíbles, y posee una forma bastante «peculiar».</p>
<p>Hablamos de una estatua con forma de árbol de 25 metros de altura que incorpora una réplica de la imagen de la virgen del santuario, esculpida en su punto más elevado. Está construida con cemento armado y en su interior hay una escalera de 2 metros y medio de ancho para subir a la copa.</p>
<p>Dentro hay una sala de unos 10 metros de diámetro con otra escalera que sube hasta los pies de la virgen. En este espacio hay una balcón para 30 personas, aproximadamente, desde el que se llegan a ver más de 40 pueblos de cinco provincias diferentes. ¿Increíble o no?</p>
<p>Visitar la Virgen de Orduña</p>
<p>Hay que aclarar que actualmente no se puede entrar dentro del árbol. En 1956 y, de nuevo, dos décadas después, se realizaron diferentes restauraciones del monumento. Pero los años no perdonan y actualmente se encuentra en muy mal estado.</p>
<p>Por eso en abril de 2022 el Gobierno Vasco aprobó una partida de 500.000 euros para rehabilitar la zona, que se sumarán a los que destine el Gobierno de Castilla y León (recordemos que el monumento pertenece a la provincia de Burgos). Las obras comienzan en 2023 y no se sabe cuándo terminarán.</p>
<p>Ahora bien, lo que sí puedes hacer es verla desde fuera y, sobre todo, subir hasta ella andando desde Orduña. ¡Veamos!</p>
<p>Ruta del Txarlazo hasta la Virgen de Orduña</p>
<p>Lo primero es llegar hasta Orduña. Desde Bilbao o Vitoria no se tardan más de 30 minutos en llegar. Y si prefieres el tren, tienes viajes cada 30-50 minutos desde la misma Bilbao que te dejan directamente allí. Desde Vitoria también hay buses directos.</p>
<p>Te das una vuelta por el casco viejo de la localidad, visitas la Iglesia Sagrada familia, los palacios de Ortés de Velasco y de Olaso, Foru Plaza, La Aduana, la Iglesia de Santa María y sí, el Santuario de la Antigua a las afueras. Hecho eso ya puedes colgarte la motxila y comenzar el ascenso.</p>
<p>Deja a la izquierda el edificio y sigue la carretera hasta desviarte por un camino en campo abierto. Si al final ves una puerta de madera es que vas bien. Irás subiendo y haciendo curvas entre Hayas hasta toparte con una torre de alta tensión. Ahí gira hacia la izquierda de camino directo de la cima.</p>
<p>Pasa la Fuente de Goldetxo y ya te encontrarás con la Virgen de Orduña en todo su esplendor. Es un viaje de 1 hora y 45 minutos, 2 horas (aproximadamente) que merece muchísimo la pena. Sus 4 kilómetros se te pasarán volando.</p>
<p>Tomado de www.https://blog.guuk.com</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>http://www.ezagutuurduna.net/virgen-de-orduna-de-que-hablamos/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">5446</post-id>	</item>
	</channel>
</rss>
